Diccionario panhispánico del español jurídico

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El valor de la seguridad jurídica

por García Manrique, Ricardo

Libro
ISBN: 9788498901832
Madrid Iustel 2012

En este libro se aborda la cuestión del valor que cabe atribuir a la seguridad jurídica, una de las nociones a las que se recurre de ordinario para legitimar el derecho. Con este fin, se propone primero una ilustración histórica del modo en que la seguridad se ha constituido en ideal jurídico, mediante la revisión de algunos textos clásicos de la filosofía jurídica y política modernas (de Bodino a Radbruch pasando por Hobbes, Locke y Bentham); para después analizar con detalle los argumentos en que la cultura jurídica contemporánea basa la valoración de la seguridad (con atención especial a los basados en las nociones de orden social, autonomía individual y justicia formal). Se concluye que la seguridad jurídica es sólo la expresión de la eficacia de un sistema jurídico y que no tiene valor moral sino meramente instrumental. Por eso, la dignidad del derecho y de las profesiones jurídicas no puede hacerse recaer en el valor intrínseco de la seguridad jurídica (ni en el valor de nociones análogas como las del imperio de la ley, estado de derecho o rule of law), sino, en última instancia, en la concreta disposición y capacidad de cada sistema jurídico para contribuir al establecimiento de una sociedad justa.

Tabla de Contenidos

Introducción.
1. LA PREGUNTA DE SAN AGUSTÍN.
2. SEGURIDAD JURÍDICA, LEGITIMIDAD Y OBEDIENCIA.
3. DE LO QUE AQUÍ NO SE TRATA.
4. HISTORIA Y ANÁLISIS.
PRIMERA PARTE - EL LUGAR DE LA SEGURIDAD EN LA LEGITIMACIÓN DEL DERECHO (APUNTES DE HISTORIA DE LAS IDEAS).
I. LA SEGURIDAD MATERIAL COMO FUNDAMENTO DEL ESTADO Y DEL DERECHO.
1. Remedios modernos contra la inseguridad social.
2. Juan Bodino:
-El orden ante todo y el derecho como su guardián.
-Una potestad jurídica todavía limitada.
-¿O ilimitada? La negación del derecho de resistencia y el tiranicidio.
3. Thomas Hobbes:
-El contractualismo hobbesiano.
-La función del estado.
-El alcance del poder soberano y el lugar del derecho natural.
-La relación del poder soberano con el derecho y la justicia.
-Sentido y función de la seguridad jurídica.
4. John Locke:
-Un contractualismo diferente.
-El alcance de la seguridad garantizada por el derecho.
-Limitación del estado y su derecho a la función de seguridad.
-Imperio de la ley y división de poderes como exigencias de la seguridad jurídica.
-Fortalecimiento de la idea de seguridad jurídica.
II. LA FORMALIZACIÓN DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. Las causas de la inflexión:
-De la seguridad por el derecho a la seguridad del derecho.
-Triunfo liberal y ocaso iusnaturalista.
-El ejemplo de la revolución francesa.
-El fraude liberal a la confianza ilustrada en la ley.
2. Jeremy Bentham:
-Exaltación de la seguridad.
-La idea de seguridad.
-Seguridad e igualdad.
-Cualidades del derecho que favorecen la seguridad.
-Una seguridad burguesa.
3. Gustav Radbruch:
-Idea del derecho y relativismo.
-Idea del derecho y seguridad jurídica.
-El limitado valor de la seguridad jurídica.
-El «giro iusnaturalista» y la crítica del positivismo.
-Una seguridad material después de todo.
SEGUNDA PARTE - LAS RAZONES DE LA MORALIDAD DE LA SEGURIDAD JURÍDICA. III. LA TESIS DEL VALOR MORAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. Recapitulación y avance.
2. Enunciación de la tesis.
3. Un concepto de seguridad jurídica.
4. Otros conceptos de seguridad jurídica.
5. La predecibilidad como fundamento posible de la tesis.
IV. AFINIDAD CON OTROS CONCEPTOS.
1. El sentido de la afinidad.
2. Certeza del derecho.
3. Moral interna del derecho.
4. «rule of law»:
-El modelo de Dicey
-La concepción formal.
-Las concepciones materiales.
5. Imperio de la ley.
6. Estado de derecho.
V. ARGUMENTOS EN FAVOR DE LA TESIS DEL VALOR MORAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. Justicia material:
-La seguridad jurídica forma parte de la justicia material.
-La seguridad jurídica tiene valor cuando el derecho es materialmente justo.
-La seguridad jurídica garantiza el orden social.
-El respeto de la seguridad jurídica predispone a la justicia material.
-Conclusión.
2. EL ARGUMENTO DE LA AUTONOMÍA:
-Concepto de autonomía.
-La seguridad jurídica como condición suficiente de la autonomía.
-La seguridad jurídica como condición necesaria de la autonomía.
-Conclusión.
3. JUSTICIA FORMAL:
-Concepto de justicia formal.
-Conexión entre la justicia formal y la seguridad jurídica.
-Las razones de la justicia formal.
-Análisis de las razones.
-Conclusión.
4. Automoralidad de la seguridad jurídica.
VI. NATURALEZA INSTRUMENTAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. El derecho como condición suficiente de la seguridad jurídica:
-La existencia de un sistema jurídico es condición suficiente de la existencia de la seguridad jurídica.
-Equivalencia entre derecho y sistema jurídico.
-La seguridad jurídica como eficacia del derecho en tanto sistema normativo.
-El derecho como concepto gradual.
-Acerca del valor moral de la seguridad del derecho justo.
-Seguridad jurídica y positivismo ideológico moderado.
2. Negación de la calidad moral de la seguridad jurídica.
3. Conclusión.
Bibliografía.


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En este libro se aborda la cuestión del valor que cabe atribuir a la seguridad jurídica, una de las nociones a las que se recurre de ordinario para legitimar el derecho. Con este fin, se propone primero una ilustración histórica del modo en que la seguridad se ha constituido en ideal jurídico, mediante la revisión de algunos textos clásicos de la filosofía jurídica y política modernas (de Bodino a Radbruch pasando por Hobbes, Locke y Bentham); para después analizar con detalle los argumentos en que la cultura jurídica contemporánea basa la valoración de la seguridad (con atención especial a los basados en las nociones de orden social, autonomía individual y justicia formal). Se concluye que la seguridad jurídica es sólo la expresión de la eficacia de un sistema jurídico y que no tiene valor moral sino meramente instrumental. Por eso, la dignidad del derecho y de las profesiones jurídicas no puede hacerse recaer en el valor intrínseco de la seguridad jurídica (ni en el valor de nociones análogas como las del imperio de la ley, estado de derecho o rule of law), sino, en última instancia, en la concreta disposición y capacidad de cada sistema jurídico para contribuir al establecimiento de una sociedad justa.

Tabla de Contenidos

Introducción.
1. LA PREGUNTA DE SAN AGUSTÍN.
2. SEGURIDAD JURÍDICA, LEGITIMIDAD Y OBEDIENCIA.
3. DE LO QUE AQUÍ NO SE TRATA.
4. HISTORIA Y ANÁLISIS.
PRIMERA PARTE - EL LUGAR DE LA SEGURIDAD EN LA LEGITIMACIÓN DEL DERECHO (APUNTES DE HISTORIA DE LAS IDEAS).
I. LA SEGURIDAD MATERIAL COMO FUNDAMENTO DEL ESTADO Y DEL DERECHO.
1. Remedios modernos contra la inseguridad social.
2. Juan Bodino:
-El orden ante todo y el derecho como su guardián.
-Una potestad jurídica todavía limitada.
-¿O ilimitada? La negación del derecho de resistencia y el tiranicidio.
3. Thomas Hobbes:
-El contractualismo hobbesiano.
-La función del estado.
-El alcance del poder soberano y el lugar del derecho natural.
-La relación del poder soberano con el derecho y la justicia.
-Sentido y función de la seguridad jurídica.
4. John Locke:
-Un contractualismo diferente.
-El alcance de la seguridad garantizada por el derecho.
-Limitación del estado y su derecho a la función de seguridad.
-Imperio de la ley y división de poderes como exigencias de la seguridad jurídica.
-Fortalecimiento de la idea de seguridad jurídica.
II. LA FORMALIZACIÓN DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. Las causas de la inflexión:
-De la seguridad por el derecho a la seguridad del derecho.
-Triunfo liberal y ocaso iusnaturalista.
-El ejemplo de la revolución francesa.
-El fraude liberal a la confianza ilustrada en la ley.
2. Jeremy Bentham:
-Exaltación de la seguridad.
-La idea de seguridad.
-Seguridad e igualdad.
-Cualidades del derecho que favorecen la seguridad.
-Una seguridad burguesa.
3. Gustav Radbruch:
-Idea del derecho y relativismo.
-Idea del derecho y seguridad jurídica.
-El limitado valor de la seguridad jurídica.
-El «giro iusnaturalista» y la crítica del positivismo.
-Una seguridad material después de todo.
SEGUNDA PARTE - LAS RAZONES DE LA MORALIDAD DE LA SEGURIDAD JURÍDICA. III. LA TESIS DEL VALOR MORAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. Recapitulación y avance.
2. Enunciación de la tesis.
3. Un concepto de seguridad jurídica.
4. Otros conceptos de seguridad jurídica.
5. La predecibilidad como fundamento posible de la tesis.
IV. AFINIDAD CON OTROS CONCEPTOS.
1. El sentido de la afinidad.
2. Certeza del derecho.
3. Moral interna del derecho.
4. «rule of law»:
-El modelo de Dicey
-La concepción formal.
-Las concepciones materiales.
5. Imperio de la ley.
6. Estado de derecho.
V. ARGUMENTOS EN FAVOR DE LA TESIS DEL VALOR MORAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. Justicia material:
-La seguridad jurídica forma parte de la justicia material.
-La seguridad jurídica tiene valor cuando el derecho es materialmente justo.
-La seguridad jurídica garantiza el orden social.
-El respeto de la seguridad jurídica predispone a la justicia material.
-Conclusión.
2. EL ARGUMENTO DE LA AUTONOMÍA:
-Concepto de autonomía.
-La seguridad jurídica como condición suficiente de la autonomía.
-La seguridad jurídica como condición necesaria de la autonomía.
-Conclusión.
3. JUSTICIA FORMAL:
-Concepto de justicia formal.
-Conexión entre la justicia formal y la seguridad jurídica.
-Las razones de la justicia formal.
-Análisis de las razones.
-Conclusión.
4. Automoralidad de la seguridad jurídica.
VI. NATURALEZA INSTRUMENTAL DE LA SEGURIDAD JURÍDICA.
1. El derecho como condición suficiente de la seguridad jurídica:
-La existencia de un sistema jurídico es condición suficiente de la existencia de la seguridad jurídica.
-Equivalencia entre derecho y sistema jurídico.
-La seguridad jurídica como eficacia del derecho en tanto sistema normativo.
-El derecho como concepto gradual.
-Acerca del valor moral de la seguridad del derecho justo.
-Seguridad jurídica y positivismo ideológico moderado.
2. Negación de la calidad moral de la seguridad jurídica.
3. Conclusión.
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