Diccionario panhispánico del español jurídico

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Derechos humanos y pluralismo cultural

por Elósegui Itxaso, María

Libro
ISBN: 9788498900583
Madrid Iustel 2009
Serie: Monografías

Esta obra, galardonada con el Premio Luis Portero de Derechos Humanos 2008, otorgado por la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada, analiza el modelo jurídico intercultural español. Se enriquece esta discusión con datos sobre la realidad jurídica, social y jurisprudencial de varios países del entorno europeo, con una mayor trayectoria en el tratamiento legal de la diversidad.
El ordenamiento español establece una legislación permanente de respeto a la diversidad autóctona (diversidad regional, lingüística y de derecho foral en materias civiles) y permite el desarrollo legislativo de leyes especiales protectoras de ciertas minorías, como las minorías religiosas.
Por otra parte, marca a través de los Derechos Fundamentales de la Constitución y de los Tratados Internacionales de Naciones Unidas los límites de diversidad admisible.
En el orden interno se permite el pluralismo cultural siempre dentro del marco de la Constitución y de las materias transferidas a las Comunidades Autónomas, y con la exigencia del respeto a las libertades individuales de los demás.
Se plantea, desde la perspectiva de la Filosofía del Derecho, el uso positivo y negativo de la noción de orden público en relación con el ejercicio de la libertad cultural en el marco de los derechos fundamentales, como límite y como protección del ejercicio individual o grupal del derecho a la propia cultura, como una de las manifestaciones de los valores superiores de libertad y pluralismo político presentes en la Constitución de 1978.
El orden público es una de las categorías que se utiliza para defender los valores comunes exigibles a todos, y como barrera para excluir el derecho extranjero contrario a los valores constitucionales.
Partiendo del derecho español vigente se elabora una construcción iusfilosófica y crítica decantándose por un modelo intercultural de justicia en las relaciones entre derecho y culturas, partiendo del análisis de situaciones concretas como por ejemplo la escolarización de los inmigrantes, el pluralismo lingüístico, o la libertad cultural de los propios funcionarios del Estado.

Tabla de Contenidos

Introducción.
CUESTIONARIO DEL COLOQUIO FRANCQUI FOUNDATION, ORGANIZADO POR LA PROFESORA FOBLETS: EL DERECHO FRENTE A LA EXPRESIÓN DE LA PLURICULTURALIDAD.
CAPÍTULO I. UNA TEORÍA CONSTITUCIONAL DEL ORDEN PÚBLICO.
1. Una teoría constitucional del orden público.
2. Una nueva visión de la noción de orden público que supera la visión estatalista.
3. La jurisprudencia. El papel de los tribunales.
4. Orden público: uniformidad y diversidad.
5. Orden público: lo permanente.
6. Orden público: lo cambiante.
7. Límites y limitaciones.
8. Orden público como limitación al ejercicio de los derechos humanos. Lo excluido, lo no protegible.
9. Orden público como protección positiva de los derechos humanos (límite positivo).
10. Una breve referencia a la cláusula de la excepción del orden público en el Código Civil español en relación con el Derecho Internacional Privado.
11. Orden público y valores compartidos.
12. Actuaciones ilegales del Estado.
CAPÍTULO II. ORDEN PÚBLICO, DERECHO Y DIVERSIDAD CULTURAL EN ESPAÑA.
1. Introducción. Identificación de la realidad social.
1.1. Origen del sistema jurídico español.
1.2. Contexto y con qué motivo se han reencontrado las (distintas culturas).
El conocimiento sobre la materia de Derecho y diversidad cultural.
3. Régimen constitucional, influencia del Derecho internacional y la Administración de justicia.
4. Técnicas jurídicas particulares. Las leyes especiales para minorías religiosas.
4.1. Algunas cuestiones relevantes para la educación intercultural en España: las distintas confesiones y el diálogo entre religiones.
4.2. Las leyes especiales para minorías religiosas. El régimen de acuerdos.
5. El acuerdo de cooperación del Estado español con la Comisión islámica de España .
6. La ausencia de absentismo escolar en los niños musulmanes del municipio de Zaragoza.
7. Proceso judicial en casos de absentismo.
8. La ausencia de polémica sobre el uso del velo o foulard en los Centros Escolares de Aragón.
9. El Consejo Superior de musulmanes en Bélgica.
CAPÍTULO III. ORDEN PÚBLICO EN LA ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNOS INMIGRANTES DE ORIGEN MUSULMÁN EN LOS CENTROS ESCOLARES DE ZARAGOZA.
1. Introducción.
2. La escolarización de niños inmigrantes musulmanes en la provincia de Zaragoza y Zaragoza capital.
3. Europa e Islam.
4. La inmigración en Aragón.
5. La cohabitación armónica del alumnado islámico en los centros escolares de Zaragoza.
6. La ausencia de absentismo escolar en los niños musulmanes del municipio de Zaragoza.
7. Proceso judicial en casos de absentismo.
8. La ausencia de polémica sobre el uso del velo o foulard en los Centros Escolares de Aragón.
9. El Consejo Superior de musulmanes en Bélgica
CAPÍTULO IV. LA NACIONALIZACIÓN DE LOS INMIGRANTES. EL DEBER DE CONOCER EL ESPAÑOL.
1. Introducción.
2. La exigencia de jurar o prometer obediencia a la Constitución.
3. La obligación de conocer el español.
4. El deber y Derecho constitucional aplicado a los nuevos españoles.
5. La inconstitucionalidad de utilizar las lenguas regionales como criterio jurídico de identidad.
6. El plurilingüismo cosmopolita.
CAPÍTULO V. ORDEN PÚBLICO Y LA LIBERTAD CULTURAL DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA EN UN ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO Y UNA SOCIEDAD PLURAL: EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.
1. Introducción.
2. El principio de igualdad en el acceso a la función pública. La no discriminación por ideología, religión o creencias. Marco constitucional.
3. Los deberes exigibles a los funcionarios. La fidelidad a la Constitución.
4. Ámbitos de actuación ética en el ejercicio de la función pública. Ámbito de la objeción de conciencia. Funcionarios antidemócratas.
5. Código ético en la actuación de los funcionarios y objeción de conciencia.
6. El primer supuesto. Los deberes éticos en la actuación del funcionario en la realidad social española.
7. Segundo supuesto. El conflicto entre la norma vigente y la conciencia del funcionario. El derecho a la objeción de conciencia.
8. Los delitos de los funcionarios públicos penados en el Código Penal español. El caso de los funcionarios antidemócratas o antisistema.
8.1. Los delitos de los funcionarios públicos en el Código Penal español.
8.2. El caso de los funcionarios antidemócratas o antisistema.
9. El caso Maestri contra Italia y la pertenencia de los funcionarios a sociedades secretas.
9.1. El caso Maestri y la Logia Masónica P2.
9.2. Aplicación al caso español del voto particular de la sentencia Maestri.
Bibliografía.
Primer capítulo.
Segundo y tercer capítulo.
Cuarto capítulo.
Quinto capítulo.
Anexo estadístico.
1. Alumnos musulmanes escolarizados en Zaragoza.
2. Datos estadísticos sobre la escolarización de inmigrantes en Aragón.
3. Datos del total de inmigrantes escolarizados en el curso 2005/2006 en la provincia de Zaragoza y capital.
4. Datos sobre la elección de la enseñanza de religión en la Comunidad Autónoma de Aragón en el curso escolar 2005/2006.


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Esta obra, galardonada con el Premio Luis Portero de Derechos Humanos 2008, otorgado por la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de Granada, analiza el modelo jurídico intercultural español. Se enriquece esta discusión con datos sobre la realidad jurídica, social y jurisprudencial de varios países del entorno europeo, con una mayor trayectoria en el tratamiento legal de la diversidad.
El ordenamiento español establece una legislación permanente de respeto a la diversidad autóctona (diversidad regional, lingüística y de derecho foral en materias civiles) y permite el desarrollo legislativo de leyes especiales protectoras de ciertas minorías, como las minorías religiosas.
Por otra parte, marca a través de los Derechos Fundamentales de la Constitución y de los Tratados Internacionales de Naciones Unidas los límites de diversidad admisible.
En el orden interno se permite el pluralismo cultural siempre dentro del marco de la Constitución y de las materias transferidas a las Comunidades Autónomas, y con la exigencia del respeto a las libertades individuales de los demás.
Se plantea, desde la perspectiva de la Filosofía del Derecho, el uso positivo y negativo de la noción de orden público en relación con el ejercicio de la libertad cultural en el marco de los derechos fundamentales, como límite y como protección del ejercicio individual o grupal del derecho a la propia cultura, como una de las manifestaciones de los valores superiores de libertad y pluralismo político presentes en la Constitución de 1978.
El orden público es una de las categorías que se utiliza para defender los valores comunes exigibles a todos, y como barrera para excluir el derecho extranjero contrario a los valores constitucionales.
Partiendo del derecho español vigente se elabora una construcción iusfilosófica y crítica decantándose por un modelo intercultural de justicia en las relaciones entre derecho y culturas, partiendo del análisis de situaciones concretas como por ejemplo la escolarización de los inmigrantes, el pluralismo lingüístico, o la libertad cultural de los propios funcionarios del Estado.

Tabla de Contenidos

Introducción.
CUESTIONARIO DEL COLOQUIO FRANCQUI FOUNDATION, ORGANIZADO POR LA PROFESORA FOBLETS: EL DERECHO FRENTE A LA EXPRESIÓN DE LA PLURICULTURALIDAD.
CAPÍTULO I. UNA TEORÍA CONSTITUCIONAL DEL ORDEN PÚBLICO.
1. Una teoría constitucional del orden público.
2. Una nueva visión de la noción de orden público que supera la visión estatalista.
3. La jurisprudencia. El papel de los tribunales.
4. Orden público: uniformidad y diversidad.
5. Orden público: lo permanente.
6. Orden público: lo cambiante.
7. Límites y limitaciones.
8. Orden público como limitación al ejercicio de los derechos humanos. Lo excluido, lo no protegible.
9. Orden público como protección positiva de los derechos humanos (límite positivo).
10. Una breve referencia a la cláusula de la excepción del orden público en el Código Civil español en relación con el Derecho Internacional Privado.
11. Orden público y valores compartidos.
12. Actuaciones ilegales del Estado.
CAPÍTULO II. ORDEN PÚBLICO, DERECHO Y DIVERSIDAD CULTURAL EN ESPAÑA.
1. Introducción. Identificación de la realidad social.
1.1. Origen del sistema jurídico español.
1.2. Contexto y con qué motivo se han reencontrado las (distintas culturas).
El conocimiento sobre la materia de Derecho y diversidad cultural.
3. Régimen constitucional, influencia del Derecho internacional y la Administración de justicia.
4. Técnicas jurídicas particulares. Las leyes especiales para minorías religiosas.
4.1. Algunas cuestiones relevantes para la educación intercultural en España: las distintas confesiones y el diálogo entre religiones.
4.2. Las leyes especiales para minorías religiosas. El régimen de acuerdos.
5. El acuerdo de cooperación del Estado español con la Comisión islámica de España .
6. La ausencia de absentismo escolar en los niños musulmanes del municipio de Zaragoza.
7. Proceso judicial en casos de absentismo.
8. La ausencia de polémica sobre el uso del velo o foulard en los Centros Escolares de Aragón.
9. El Consejo Superior de musulmanes en Bélgica.
CAPÍTULO III. ORDEN PÚBLICO EN LA ESCOLARIZACIÓN DE ALUMNOS INMIGRANTES DE ORIGEN MUSULMÁN EN LOS CENTROS ESCOLARES DE ZARAGOZA.
1. Introducción.
2. La escolarización de niños inmigrantes musulmanes en la provincia de Zaragoza y Zaragoza capital.
3. Europa e Islam.
4. La inmigración en Aragón.
5. La cohabitación armónica del alumnado islámico en los centros escolares de Zaragoza.
6. La ausencia de absentismo escolar en los niños musulmanes del municipio de Zaragoza.
7. Proceso judicial en casos de absentismo.
8. La ausencia de polémica sobre el uso del velo o foulard en los Centros Escolares de Aragón.
9. El Consejo Superior de musulmanes en Bélgica
CAPÍTULO IV. LA NACIONALIZACIÓN DE LOS INMIGRANTES. EL DEBER DE CONOCER EL ESPAÑOL.
1. Introducción.
2. La exigencia de jurar o prometer obediencia a la Constitución.
3. La obligación de conocer el español.
4. El deber y Derecho constitucional aplicado a los nuevos españoles.
5. La inconstitucionalidad de utilizar las lenguas regionales como criterio jurídico de identidad.
6. El plurilingüismo cosmopolita.
CAPÍTULO V. ORDEN PÚBLICO Y LA LIBERTAD CULTURAL DE LOS FUNCIONARIOS DE CARRERA EN UN ESTADO DEMOCRÁTICO DE DERECHO Y UNA SOCIEDAD PLURAL: EL PRINCIPIO DE IGUALDAD EN EL ACCESO A LA FUNCIÓN PÚBLICA.
1. Introducción.
2. El principio de igualdad en el acceso a la función pública. La no discriminación por ideología, religión o creencias. Marco constitucional.
3. Los deberes exigibles a los funcionarios. La fidelidad a la Constitución.
4. Ámbitos de actuación ética en el ejercicio de la función pública. Ámbito de la objeción de conciencia. Funcionarios antidemócratas.
5. Código ético en la actuación de los funcionarios y objeción de conciencia.
6. El primer supuesto. Los deberes éticos en la actuación del funcionario en la realidad social española.
7. Segundo supuesto. El conflicto entre la norma vigente y la conciencia del funcionario. El derecho a la objeción de conciencia.
8. Los delitos de los funcionarios públicos penados en el Código Penal español. El caso de los funcionarios antidemócratas o antisistema.
8.1. Los delitos de los funcionarios públicos en el Código Penal español.
8.2. El caso de los funcionarios antidemócratas o antisistema.
9. El caso Maestri contra Italia y la pertenencia de los funcionarios a sociedades secretas.
9.1. El caso Maestri y la Logia Masónica P2.
9.2. Aplicación al caso español del voto particular de la sentencia Maestri.
Bibliografía.
Primer capítulo.
Segundo y tercer capítulo.
Cuarto capítulo.
Quinto capítulo.
Anexo estadístico.
1. Alumnos musulmanes escolarizados en Zaragoza.
2. Datos estadísticos sobre la escolarización de inmigrantes en Aragón.
3. Datos del total de inmigrantes escolarizados en el curso 2005/2006 en la provincia de Zaragoza y capital.
4. Datos sobre la elección de la enseñanza de religión en la Comunidad Autónoma de Aragón en el curso escolar 2005/2006.


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