Diccionario panhispánico del español jurídico

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Derecho al secreto de las comunicaciones

por Elvira Perales, Ascensión

Libro
ISBN: 9788496717510
Madrid Iustel 2007

La sociedad de las comunicaciones exige unos ágiles servicios en este campo, a la vez que impone la exigencia de unas garantías que eviten o que castiguen los accesos y el conocimiento de los diversos tipos de comunicación por parte de terceros.
El art. 18.3 de la Constitución española garantiza el secreto de comunicaciones, salvo resolución judicial. Este clásico derecho ha adquirido una especial relevancia en la última época ante el auge de las nuevas comunicaciones (en particular, telefonía móvil y correo electrónico). El desarrollo del derecho se ha llevado a cabo de manera significativa a través de la jurisprudencia ante las deficiencias legislativas, dos veces objeto de condena a España por parte del TEDH (asuntos Valenzuela Contreras y Prado Bugallo).
El desarrollo de las comunicaciones en un mundo interrelacionado, a la vez que la incidencia de delitos a gran escala y el terrorismo que se apoyan en las comunicaciones hacen necesaria la creación de un marco legislativo común en la Unión Europea. La puesta en marcha de medidas para luchar contra estos delitos, implica que cobre protagonismo el siempre difícil equilibrio entre las garantías individuales y la seguridad pública, en definitiva el respeto al Estado de Derecho.

Tabla de Contenidos

PRIMERA PARTE.
ESTUDIO DOCTRINAL.
1. CONCEPTO.
2. TITULARIDAD Y EFICACIA DEL DERECHO.
3. REGULACIÓN DE LA INTERVENCIÓN:
3.1 Comunicaciones postales.
3.2. Comunicaciones telegráficas.
3.3. Comunicaciones telefónicas.
3.3.1. Caracteres generales.
3.3.2. Aspectos de carácter procesal.
3.4. Correo electrónico.
4. CASOS ESPECIALES:
4.1. Limitaciones específicas de los privados de libertad.
4.2. Control en el trabajo.
4.3. Estados excepcionales.
4.4. Suspensión individual de derechos.
4.5. Intervenciones por los servicios de inteligencia.
5. INTERCEPTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES Y PRUEBA.
6. Conclusiones.
SEGUNDA PARTE.
COMENTARIOS Y RESÚMENES DE SENTENCIAS.
1. STC 49/1999, de 5 de abril, FJ 3-15.
2. STC 188/1999, de 4 de octubre, FJ5y8.
3. STC 299/2000, de 11 de diciembre, FJ 5.
4. STC 14/2001, de 29 de enero, FJ 3 .
5. STC 106/2001, de 23 de abril, FJ 6-9
6. STC 70/2002, de 3 de abril, FJ 9 y 10.
7. STC 123/2002, de 20 de mayo, FJ 6.
8. STC 184/2003, de 23 de octubre, FJ 3-14.
9. STC 205/2005, de 18 de julio, FJ3y5.
10. STC 26/2006, de 30 de enero, FJ 5,7y8.
11. STC 104/2006, de 3 de abril, FJ 2-5.
12. STC 150/2006, de 22 de mayo, FJ 6.
13. STC 281/2006, de 9 de octubre, FJ3y4.
14. STS 2.a 367/2001, de 22 de marzo de 2001, FJ 8-17 .
15. STEDH de 30 de julio de 1998, caso Valenzuela Contreras.
16. STEDH de 18 de febrero de 2003, asunto Prado Bugallo.
TERCERA PARTE.
LEGISLACIÓN.
1. Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978 (art. 18).
2. Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948 (art. 12).
3. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966 (art. 17).
4. Convenio de Roma para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950 (art. 8).
5. Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, sobre los estados de alarma, excepción y sitio (art. 18).
6. Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria (art. 51).
7. Ley Orgánica 8/2003, de 9 de julio, para la reforma concursal, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (art. 1).
8. Ley Orgánica 2/2002, de 6 de mayo, reguladora del control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia.
9. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal (arts. 579 a 588).
10. Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario (art. 47).
11. Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales (arts. 5 a 7, 12).
12. Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios (arts. 61 a 101).
13. Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (art. 7).
14. Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).
15. Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones y por la que se modifica la Directiva 2002/58/CE.
16. Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio (arts. 1 a 11, 22 a 28).


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La sociedad de las comunicaciones exige unos ágiles servicios en este campo, a la vez que impone la exigencia de unas garantías que eviten o que castiguen los accesos y el conocimiento de los diversos tipos de comunicación por parte de terceros.
El art. 18.3 de la Constitución española garantiza el secreto de comunicaciones, salvo resolución judicial. Este clásico derecho ha adquirido una especial relevancia en la última época ante el auge de las nuevas comunicaciones (en particular, telefonía móvil y correo electrónico). El desarrollo del derecho se ha llevado a cabo de manera significativa a través de la jurisprudencia ante las deficiencias legislativas, dos veces objeto de condena a España por parte del TEDH (asuntos Valenzuela Contreras y Prado Bugallo).
El desarrollo de las comunicaciones en un mundo interrelacionado, a la vez que la incidencia de delitos a gran escala y el terrorismo que se apoyan en las comunicaciones hacen necesaria la creación de un marco legislativo común en la Unión Europea. La puesta en marcha de medidas para luchar contra estos delitos, implica que cobre protagonismo el siempre difícil equilibrio entre las garantías individuales y la seguridad pública, en definitiva el respeto al Estado de Derecho.

Tabla de Contenidos

PRIMERA PARTE.
ESTUDIO DOCTRINAL.
1. CONCEPTO.
2. TITULARIDAD Y EFICACIA DEL DERECHO.
3. REGULACIÓN DE LA INTERVENCIÓN:
3.1 Comunicaciones postales.
3.2. Comunicaciones telegráficas.
3.3. Comunicaciones telefónicas.
3.3.1. Caracteres generales.
3.3.2. Aspectos de carácter procesal.
3.4. Correo electrónico.
4. CASOS ESPECIALES:
4.1. Limitaciones específicas de los privados de libertad.
4.2. Control en el trabajo.
4.3. Estados excepcionales.
4.4. Suspensión individual de derechos.
4.5. Intervenciones por los servicios de inteligencia.
5. INTERCEPTACIÓN DE LAS COMUNICACIONES Y PRUEBA.
6. Conclusiones.
SEGUNDA PARTE.
COMENTARIOS Y RESÚMENES DE SENTENCIAS.
1. STC 49/1999, de 5 de abril, FJ 3-15.
2. STC 188/1999, de 4 de octubre, FJ5y8.
3. STC 299/2000, de 11 de diciembre, FJ 5.
4. STC 14/2001, de 29 de enero, FJ 3 .
5. STC 106/2001, de 23 de abril, FJ 6-9
6. STC 70/2002, de 3 de abril, FJ 9 y 10.
7. STC 123/2002, de 20 de mayo, FJ 6.
8. STC 184/2003, de 23 de octubre, FJ 3-14.
9. STC 205/2005, de 18 de julio, FJ3y5.
10. STC 26/2006, de 30 de enero, FJ 5,7y8.
11. STC 104/2006, de 3 de abril, FJ 2-5.
12. STC 150/2006, de 22 de mayo, FJ 6.
13. STC 281/2006, de 9 de octubre, FJ3y4.
14. STS 2.a 367/2001, de 22 de marzo de 2001, FJ 8-17 .
15. STEDH de 30 de julio de 1998, caso Valenzuela Contreras.
16. STEDH de 18 de febrero de 2003, asunto Prado Bugallo.
TERCERA PARTE.
LEGISLACIÓN.
1. Constitución Española, de 27 de diciembre de 1978 (art. 18).
2. Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948 (art. 12).
3. Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 16 de diciembre de 1966 (art. 17).
4. Convenio de Roma para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de 4 de noviembre de 1950 (art. 8).
5. Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, sobre los estados de alarma, excepción y sitio (art. 18).
6. Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria (art. 51).
7. Ley Orgánica 8/2003, de 9 de julio, para la reforma concursal, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (art. 1).
8. Ley Orgánica 2/2002, de 6 de mayo, reguladora del control judicial previo del Centro Nacional de Inteligencia.
9. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882, por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal (arts. 579 a 588).
10. Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario (art. 47).
11. Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en desarrollo de lo establecido en la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales (arts. 5 a 7, 12).
12. Real Decreto 424/2005, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas, el servicio universal y la protección de los usuarios (arts. 61 a 101).
13. Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea (art. 7).
14. Directiva 2002/58/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2002, relativa al tratamiento de los datos personales y a la protección de la intimidad en el sector de las comunicaciones electrónicas (Directiva sobre la privacidad y las comunicaciones electrónicas).
15. Directiva 2006/24/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2006, sobre la conservación de datos generados o tratados en relación con la prestación de servicios de comunicaciones electrónicas de acceso público o de redes públicas de comunicaciones y por la que se modifica la Directiva 2002/58/CE.
16. Directiva 97/67/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de diciembre de 1997 relativa a las normas comunes para el desarrollo del mercado interior de los servicios postales de la Comunidad y la mejora de la calidad del servicio (arts. 1 a 11, 22 a 28).


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