Diccionario panhispánico del español jurídico

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Evolución de la exigencia de licencia urbanística. Atención especial al cambio de uso

por Galán Díaz, Rafael

Artículo
ISSN: 1885-009X
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A pesar de la complicación para establecer reglas generales en una materia como la urbanística, en la que las directrices estatales y comunitarias coexisten con diecisiete legislaciones autonómicas y miles de ordenanzas municipales, se observa desde hace años una clara tendencia desde la tradicional exigencia de licencia previa para actuaciones urbanísticas, a la moderna sustitución de éstas en cada vez más casos por meras “declaraciones responsables” o “comunicaciones previas”; a salvo el derecho -algunos opinan que obligación- de la Administración a una posterior inspección. Destaca especialmente la situación en los cambios de uso y la primera ocupación. La tendencia entraña riesgos, pero supone un soplo de aire fresco en la maraña burocrática de la Administración Pública.

Despite the complications involved in establishing general rules for an area like urban planning, in which Spanish and European guidelines exist side- by-side with 17 autonomous regional legislations and thousands of municipal ordinances, there has been a clear tendency for years involving a shift from the traditional requirement for urban development projects to have a a prior license to their replacement in an increasing number of cases by mere 'statements of compliance' or 'prior notifications'. This is notwithstanding the administration's right - some would argue its obligation - to carry out a subsequent inspection. This applies particularly to situations involving changes of use and first occupancy. The trend has some risks, but it is also a breath of fresh air in the bureaucratic tangle of Spain's Public Administration.


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A pesar de la complicación para establecer reglas generales en una materia como la urbanística, en la que las directrices estatales y comunitarias coexisten con diecisiete legislaciones autonómicas y miles de ordenanzas municipales, se observa desde hace años una clara tendencia desde la tradicional exigencia de licencia previa para actuaciones urbanísticas, a la moderna sustitución de éstas en cada vez más casos por meras “declaraciones responsables” o “comunicaciones previas”; a salvo el derecho -algunos opinan que obligación- de la Administración a una posterior inspección. Destaca especialmente la situación en los cambios de uso y la primera ocupación. La tendencia entraña riesgos, pero supone un soplo de aire fresco en la maraña burocrática de la Administración Pública.

Despite the complications involved in establishing general rules for an area like urban planning, in which Spanish and European guidelines exist side- by-side with 17 autonomous regional legislations and thousands of municipal ordinances, there has been a clear tendency for years involving a shift from the traditional requirement for urban development projects to have a a prior license to their replacement in an increasing number of cases by mere 'statements of compliance' or 'prior notifications'. This is notwithstanding the administration's right - some would argue its obligation - to carry out a subsequent inspection. This applies particularly to situations involving changes of use and first occupancy. The trend has some risks, but it is also a breath of fresh air in the bureaucratic tangle of Spain's Public Administration.


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