Diccionario panhispánico del español jurídico

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Principios que fundamentan el sistema de Seguridad Social

por Valle Iturriaga, José Manuel del

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2019
Ver otros artículos del mismo número: 53

Con la excepción de la solidaridad y la universalidad, que son la base del derecho a la seguridad social, no hay acuerdo doctrinal sobre los principios que fundamentan los diversos sistemas estatales. El debate en este punto es lógico, dadas las diferencias importantes que entre ellos existen y dado el carácter evolutivo del derecho sobre el que se sustentan. El presente artículo, cuyo punto de partida es el Derecho español, se fija concretamente en cuatro: los citados solidaridad y universalidad, y los de igualdad y unidad. De ellos se examina su origen, significado y efectos. En la medida de lo posible, se hace proyección de esos principios sobre el Derecho Internacional de Seguridad Social, a algunas de cuyas fuentes se acude.

With the exception of solidarity and universality, which are the basis of the right to social security, there is no doctrinal agreement on the principles that underlie the various state systems. The debate on this point is logical, given the important differences between them and given the evolutionary nature of the law on which they are based. This article, whose fundamental basis is Spanish law, is specifically set in four: the aforementioned solidarity and universality, and those of equality and unity. They examine their origin, meaning and effects. As far as possible, these principles are projected on International Social Security Law, some of whose sources are quoted in this paper.

Tabla de Contenidos

I. El derecho a la seguridad social
II. Solidaridad
III. Igualdad
IV. Universalidad
V. Unidad


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Con la excepción de la solidaridad y la universalidad, que son la base del derecho a la seguridad social, no hay acuerdo doctrinal sobre los principios que fundamentan los diversos sistemas estatales. El debate en este punto es lógico, dadas las diferencias importantes que entre ellos existen y dado el carácter evolutivo del derecho sobre el que se sustentan. El presente artículo, cuyo punto de partida es el Derecho español, se fija concretamente en cuatro: los citados solidaridad y universalidad, y los de igualdad y unidad. De ellos se examina su origen, significado y efectos. En la medida de lo posible, se hace proyección de esos principios sobre el Derecho Internacional de Seguridad Social, a algunas de cuyas fuentes se acude.

With the exception of solidarity and universality, which are the basis of the right to social security, there is no doctrinal agreement on the principles that underlie the various state systems. The debate on this point is logical, given the important differences between them and given the evolutionary nature of the law on which they are based. This article, whose fundamental basis is Spanish law, is specifically set in four: the aforementioned solidarity and universality, and those of equality and unity. They examine their origin, meaning and effects. As far as possible, these principles are projected on International Social Security Law, some of whose sources are quoted in this paper.

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