Diccionario panhispánico del español jurídico

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El cuento de nunca acabar o sobre la posibilidad de que los convenios colectivos puedan regular la jubilación forzosa. La nueva y quizá perecedera redacción de la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores, versión 2018

por Álvarez Cortés, Juan Carlos

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2019
Ver otros artículos del mismo número: 53

La Disposición Final Del Real Decreto-Ley 28/2018 Vínculo a legislación ha venido a permitir nuevamente que los convenios colectivos puedan establecer, bajo ciertas condiciones, cláusulas que permitan jubilar forzosamente a los trabajadores al cumplir la edad legalmente prevista. En este trabajo, tras examinar el recorrido normativo de la regulación de la jubilación forzosa en nuestro ordenamiento, nos dedicamos a examinar las interpretaciones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo respecto de esta materia además de las opiniones doctrinales sobre el papel de la negociación colectiva. Se concluye con un análisis de la interacción entre la libertad negocial y el derecho al trabajo como elementos sobre los que pivota la decisión del legislador para configurar los espacios a la negociación colectiva. Finalmente, ofrecemos nuestra aportación en la que estimamos que el legislador debería ser más restrictivo para establecer la jubilación forzosa en los convenios colectivos.

The Final Provision of Royal Decree-Law 28/2018 has once again allowed collective agreements to establish, under certain conditions, clauses that allow for forced retirement of workers when they reach the age legally established. In this paper, after examining the regulatory developments of forced retirement in our legal system, we are dedicated to analyse the interpretations of the Constitutional Court and the Supreme Court regarding this subject, in addition to the doctrinal opinions on the role of collective bargaining. It concludes with an analysis of the interaction between “bargaining freedom” and the “right to work” as elements on which the decision of the legislator pivots to configure spaces for collective bargaining. Finally, we offer our own contribution in which we suggest that the legislator should be more restrictive to establish forced retirement in collective agreements.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Breve recorrido por la evolución de la jubilación forzosa en la legislación española
III. La doctrina constitucional respecto de la jubilación forzosa: ideas básicas. El empuje de esta cuestión por el tjue
IV. La posición del tribunal supremo ante las cláusulas que establecían la jubilación forzosa en la negociación colectiva y su peculiar interpretación de la doctrina constitucional
V. El papel de la negociación colectiva en materia de jubilación forzosa
VI. Sobre la posibilidad de la negociación colectiva regular la materia de la jubilación forzosa sin necesidad de ley habilitante
VII. A modo de conclusión: la obligación de no amortizar el puesto de trabajo como única posibilidad que proponemos para usar esta figura


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La Disposición Final Del Real Decreto-Ley 28/2018 Vínculo a legislación ha venido a permitir nuevamente que los convenios colectivos puedan establecer, bajo ciertas condiciones, cláusulas que permitan jubilar forzosamente a los trabajadores al cumplir la edad legalmente prevista. En este trabajo, tras examinar el recorrido normativo de la regulación de la jubilación forzosa en nuestro ordenamiento, nos dedicamos a examinar las interpretaciones del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo respecto de esta materia además de las opiniones doctrinales sobre el papel de la negociación colectiva. Se concluye con un análisis de la interacción entre la libertad negocial y el derecho al trabajo como elementos sobre los que pivota la decisión del legislador para configurar los espacios a la negociación colectiva. Finalmente, ofrecemos nuestra aportación en la que estimamos que el legislador debería ser más restrictivo para establecer la jubilación forzosa en los convenios colectivos.

The Final Provision of Royal Decree-Law 28/2018 has once again allowed collective agreements to establish, under certain conditions, clauses that allow for forced retirement of workers when they reach the age legally established. In this paper, after examining the regulatory developments of forced retirement in our legal system, we are dedicated to analyse the interpretations of the Constitutional Court and the Supreme Court regarding this subject, in addition to the doctrinal opinions on the role of collective bargaining. It concludes with an analysis of the interaction between “bargaining freedom” and the “right to work” as elements on which the decision of the legislator pivots to configure spaces for collective bargaining. Finally, we offer our own contribution in which we suggest that the legislator should be more restrictive to establish forced retirement in collective agreements.

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I. Introducción
II. Breve recorrido por la evolución de la jubilación forzosa en la legislación española
III. La doctrina constitucional respecto de la jubilación forzosa: ideas básicas. El empuje de esta cuestión por el tjue
IV. La posición del tribunal supremo ante las cláusulas que establecían la jubilación forzosa en la negociación colectiva y su peculiar interpretación de la doctrina constitucional
V. El papel de la negociación colectiva en materia de jubilación forzosa
VI. Sobre la posibilidad de la negociación colectiva regular la materia de la jubilación forzosa sin necesidad de ley habilitante
VII. A modo de conclusión: la obligación de no amortizar el puesto de trabajo como única posibilidad que proponemos para usar esta figura


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