Diccionario panhispánico del español jurídico

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“Justicia predictiva", interpretación matemática de las normas, sentencias robóticas y la vieja historia del "Justizklavier

por Oliva Santos, Andrés de la

Artículo
ISSN: 1889-0016
Madrid Iustel 2019
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Es bien sabido que el mero procedimentalismo está ya muy lejos del Derecho procesal de nuestros días. En la tarea del Derecho procesal ya no tienen preferencia los trámites, los plazos y las denominadas technicalities. Empero, los procesalistas (al menos en mi escuela) no ocultamos, sino que nos enorgullece, el carácter siempre ancilar, instrumental, del Derecho procesal. Por eso procuramos saber algo de aquello a lo que el proceso debe servir: el Derecho a secas, el Derecho sustantivo. Y, en todo caso, consideramos de capital importancia poseer una sólida formación jurídica general o básica, a la que atribuimos mucho más valor y utilidad que al exhaustivo conocimiento de cambios y pormenores. Así pues, siempre back to basics, siempre en búsqueda humilde del saber jurídico esencial, sin desdeñar nada especial, pero sin creer en compartimentos estancos, ni incurrir en una especialización que, como advertía Baroja, tiende a favorecer la miopía intelectual1.Este preliminar recordatorio me facilita explicar por qué he elegido este tema. Siempre es interesante informarse e informar de algo nuevo y moderno, pero el interés sube de punto cuando, íntimamente implica-dos en lo nuevo, aparecen varios asuntos añejos, clásicos y, sin duda, básicos. Estos asuntos son, primero, la interpretación normativa y, segundo, la realidad y valor de las sentencias, de la jurisprudencia, en el sentido, no de Ciencia del Derecho, de Jurisprudenz, sino en el de conjunto de sentencias (la Rechtsprechung alemana y austríaca). El tercer asunto implicado en la novedad es nada menos que el principio de legalidad y el valor de la Constitución. Por último, es decisivo en nuestros tiempos combatir el cientifismo, la crédula beatería ante lo que se presenta falsa o erróneamente como científico y así se dota de una fuerza tal que llega a inhibir la racionalidad, el sentido común, la más elemental cultura y la libertad de pensamiento. Esto sentado, entro en materia. […]

Tabla de Contenidos

I. PRELIMINARES
II. “JUSTICIA PREDICTIVA”, ROBÓTICA Y LA VIEJA HISTORIA DEL “JUSTIZKLAVIER”
III. SOBRE LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
IV. UNA TRISTE REALIDAD ESPAÑOLA, ILEGAL E INCONSTITUCIONAL, PARA HACER “JUSTICIA PREDICTIVA”: LOS “ACUERDOS DE LOS PLENOS NO JURISDICCIONALES”


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Es bien sabido que el mero procedimentalismo está ya muy lejos del Derecho procesal de nuestros días. En la tarea del Derecho procesal ya no tienen preferencia los trámites, los plazos y las denominadas technicalities. Empero, los procesalistas (al menos en mi escuela) no ocultamos, sino que nos enorgullece, el carácter siempre ancilar, instrumental, del Derecho procesal. Por eso procuramos saber algo de aquello a lo que el proceso debe servir: el Derecho a secas, el Derecho sustantivo. Y, en todo caso, consideramos de capital importancia poseer una sólida formación jurídica general o básica, a la que atribuimos mucho más valor y utilidad que al exhaustivo conocimiento de cambios y pormenores. Así pues, siempre back to basics, siempre en búsqueda humilde del saber jurídico esencial, sin desdeñar nada especial, pero sin creer en compartimentos estancos, ni incurrir en una especialización que, como advertía Baroja, tiende a favorecer la miopía intelectual1.Este preliminar recordatorio me facilita explicar por qué he elegido este tema. Siempre es interesante informarse e informar de algo nuevo y moderno, pero el interés sube de punto cuando, íntimamente implica-dos en lo nuevo, aparecen varios asuntos añejos, clásicos y, sin duda, básicos. Estos asuntos son, primero, la interpretación normativa y, segundo, la realidad y valor de las sentencias, de la jurisprudencia, en el sentido, no de Ciencia del Derecho, de Jurisprudenz, sino en el de conjunto de sentencias (la Rechtsprechung alemana y austríaca). El tercer asunto implicado en la novedad es nada menos que el principio de legalidad y el valor de la Constitución. Por último, es decisivo en nuestros tiempos combatir el cientifismo, la crédula beatería ante lo que se presenta falsa o erróneamente como científico y así se dota de una fuerza tal que llega a inhibir la racionalidad, el sentido común, la más elemental cultura y la libertad de pensamiento. Esto sentado, entro en materia. […]

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I. PRELIMINARES
II. “JUSTICIA PREDICTIVA”, ROBÓTICA Y LA VIEJA HISTORIA DEL “JUSTIZKLAVIER”
III. SOBRE LA INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
IV. UNA TRISTE REALIDAD ESPAÑOLA, ILEGAL E INCONSTITUCIONAL, PARA HACER “JUSTICIA PREDICTIVA”: LOS “ACUERDOS DE LOS PLENOS NO JURISDICCIONALES”


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