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El derecho de manifestación virtual, Netstrike o cibermanifestación. Un análisis jurídico
Se analiza la problemática jurídica que se deriva del ejercicio del derecho de reunión y manifestación cuando se mezcla con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) de forma que, la denominada “realidad virtual” de la mano del desarrollo tecnológico llega al derecho con los derechos fundamentales y libertades públicas. La denominada “manifestación virtual”, “netstrike” o “ciber-manifestación” está transformando el contenido y el ejercicio del derecho de reunión y manifestación, en dos ámbitos especialmente claros: El primero mediante la evidente tendencia por parte de grupos y movimiento sociales de equiparar el espacio público al mundo virtual, y por otro, al uso de las redes sociales e internet en la preparación, desarrollo y difusión de las convocatorias que se realizan sobre la base del derecho de reunión y manifestación. El legislador, nunca pensó que el espacio público fuera un “espacio virtual” y como ocurre en muchas ocasiones en el ámbito jurídico, se tiene que atender una realidad social que la normativa no ha previsto. Se dan soluciones y se aportan directrices para el acomodo del ámbito virtual en el derecho de reunión y manifestación.
I. Introducción: tipologías
I. Supuestos reales. Situación consolidada
III. La libertad de expresión desde el derecho de reunión y manifestación: contenido jurídico básico en este contexto
IV. Derecho de reunión y manifestación, contenido jurídico
V. Regulación penal
VI. Directrices para su acomodo razonable en el ordenamiento jurídico
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Se analiza la problemática jurídica que se deriva del ejercicio del derecho de reunión y manifestación cuando se mezcla con las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) de forma que, la denominada “realidad virtual” de la mano del desarrollo tecnológico llega al derecho con los derechos fundamentales y libertades públicas. La denominada “manifestación virtual”, “netstrike” o “ciber-manifestación” está transformando el contenido y el ejercicio del derecho de reunión y manifestación, en dos ámbitos especialmente claros: El primero mediante la evidente tendencia por parte de grupos y movimiento sociales de equiparar el espacio público al mundo virtual, y por otro, al uso de las redes sociales e internet en la preparación, desarrollo y difusión de las convocatorias que se realizan sobre la base del derecho de reunión y manifestación. El legislador, nunca pensó que el espacio público fuera un “espacio virtual” y como ocurre en muchas ocasiones en el ámbito jurídico, se tiene que atender una realidad social que la normativa no ha previsto. Se dan soluciones y se aportan directrices para el acomodo del ámbito virtual en el derecho de reunión y manifestación.
I. Introducción: tipologías
I. Supuestos reales. Situación consolidada
III. La libertad de expresión desde el derecho de reunión y manifestación: contenido jurídico básico en este contexto
IV. Derecho de reunión y manifestación, contenido jurídico
V. Regulación penal
VI. Directrices para su acomodo razonable en el ordenamiento jurídico