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Eficacia del gasto público y subsidiariedad de la red concertada de centros escolares. La jurisprudencia del Tribunal Supremo
El presente estudio analiza la jurisprudencia del Tribunal Supremo dictada en torno a los conflictos originados con ocasión del acceso o renovación de los conciertos educativos con los centros privados-concertados. El núcleo del problema radica en la justificación por el Tribunal Supremo de la aplicación por parte de las Administraciones Públicas del concepto de eficacia del gasto público como elemento justificador del carácter subsidiario de la red concertada respecto de la red de centros públicos educativos y, en consecuencia, la no renovación de los conciertos y la denegación del acceso a los mismos sobre aquella causa.
INTRODUCCIÓN
I. UN SISTEMA DUAL DE EDUCACIÓN EN LIBERTAD
II. LA POSTURA DEL TRIBUNAL SUPREMO ANTE LA RED DUAL DE CENTROS EDUCATIVOS. LA SENTENCIA DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2008
III. LA QUIEBRA DE LA LETRA Y EL ESPÍRITU DE LA CONSTITUCIÓN. LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD POR EL TRIBUNAL SUPREMO. LA SENTENCIA DE 7 DE FEBRERO DE 2018 Y CONCORDANTES
1. La indebida tutela de los derechos fundamentales
NOTAS
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El presente estudio analiza la jurisprudencia del Tribunal Supremo dictada en torno a los conflictos originados con ocasión del acceso o renovación de los conciertos educativos con los centros privados-concertados. El núcleo del problema radica en la justificación por el Tribunal Supremo de la aplicación por parte de las Administraciones Públicas del concepto de eficacia del gasto público como elemento justificador del carácter subsidiario de la red concertada respecto de la red de centros públicos educativos y, en consecuencia, la no renovación de los conciertos y la denegación del acceso a los mismos sobre aquella causa.
INTRODUCCIÓN
I. UN SISTEMA DUAL DE EDUCACIÓN EN LIBERTAD
II. LA POSTURA DEL TRIBUNAL SUPREMO ANTE LA RED DUAL DE CENTROS EDUCATIVOS. LA SENTENCIA DE 6 DE NOVIEMBRE DE 2008
III. LA QUIEBRA DE LA LETRA Y EL ESPÍRITU DE LA CONSTITUCIÓN. LA APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE SUBSIDIARIEDAD POR EL TRIBUNAL SUPREMO. LA SENTENCIA DE 7 DE FEBRERO DE 2018 Y CONCORDANTES
1. La indebida tutela de los derechos fundamentales
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