Diccionario panhispánico del español jurídico

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Contratación administrativa

por Huergo Lora, Alejandro

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2020
Ver otros artículos del mismo número: 53

Crónica de jurisprudencia: Tribunal Supremo

Tabla de Contenidos

I. PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS
1. Nulidad del Real Decreto 94/2018, de 3 de marzo, por el se crea la “Comisión interministerial para la incorporación de criterios sociales en la contratación pública” por omisión del trámite de audiencia a las organizaciones sindicales
2. La Administración puede utilizar el procedimiento negociado sin publicidad para la selección del socio de una empresa mixta encargada de la gestión de un servicio público, cuando el socio elegido aporta el título concesional en cuya virtud venía prestando el servicio
3. Cuando se anula la adjudicación de un contrato y se ordena a la Administración que retrotraiga las actuaciones y dicte nueva adjudicación, el plazo del contrato comenzará a contar desde la fecha de esta nueva (y válida) adjudicación, no desde la inicial, que ha sido anulada
II. EFECTOS Y EXTINCIÓN
4. También en la legislación anterior a la LCSP 2017, en caso de resolución del contrato de gestión de servicios públicos por demora superior a seis meses por la Administración en la entrega de la contraprestación o de los medios auxiliares, el concesionario tiene derecho al abono de los daños y perjuicios, incluidos los beneficios futuros que deje de percibir
5. Incautación de la garantía en caso de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista


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Crónica de jurisprudencia: Tribunal Supremo

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I. PREPARACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS
1. Nulidad del Real Decreto 94/2018, de 3 de marzo, por el se crea la “Comisión interministerial para la incorporación de criterios sociales en la contratación pública” por omisión del trámite de audiencia a las organizaciones sindicales
2. La Administración puede utilizar el procedimiento negociado sin publicidad para la selección del socio de una empresa mixta encargada de la gestión de un servicio público, cuando el socio elegido aporta el título concesional en cuya virtud venía prestando el servicio
3. Cuando se anula la adjudicación de un contrato y se ordena a la Administración que retrotraiga las actuaciones y dicte nueva adjudicación, el plazo del contrato comenzará a contar desde la fecha de esta nueva (y válida) adjudicación, no desde la inicial, que ha sido anulada
II. EFECTOS Y EXTINCIÓN
4. También en la legislación anterior a la LCSP 2017, en caso de resolución del contrato de gestión de servicios públicos por demora superior a seis meses por la Administración en la entrega de la contraprestación o de los medios auxiliares, el concesionario tiene derecho al abono de los daños y perjuicios, incluidos los beneficios futuros que deje de percibir
5. Incautación de la garantía en caso de resolución del contrato por incumplimiento culpable del contratista


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