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Partición y registro de la propiedad
La necesidad de dividir la herencia cuando sean varios los llamados a la sucesión, constituye un requisito casi siempre ineludible para el acceso al Registro de la Propiedad de las titularidades que traigan causa en el previo fallecimiento de quien figura como titular registral. Tanto la Ley Hipotecaria como su Reglamento determinan la forma en la que se ha de practicar dicha inscripción, teniendo en cuenta que en nuestro Ordenamiento Jurídico los actos particionales pueden revestir diferentes formas. En esta obra se analiza la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado dictada con ocasión del acceso al Registro de la Propiedad de aquellas titularidades que devengan de adjudicaciones mortis causa, cuando se exige la previa partición de la herencia para su inscripción. Al hilo de esta doctrina, la Dirección General de los Registros y del Notariado se pronuncia sobre importantes cuestiones de derecho sucesorio, por lo que su análisis y compresión resulta esencial para un conocimiento más específico de esta rama del Derecho. Dicho análisis se realiza en concordancia con la doctrina que el Tribunal Supremo ha venido estableciendo en sus Sentencias sobre cada una de las específicas cuestiones tratadas. El lector encontrará en ella un instrumento útil en la búsqueda de soluciones a los diferentes problemas que pueden plantearse en la práctica, al momento de instar la inscripción registral de las titularidades adquiridas mortis causa.
I. Precisiones iniciales a modo de introducción.
II. La partición realizada por el propio testador.
III. Partición practicada por contador-partidor designado por el testador.
IV. La partición realizada por los coherederos.
V. La inscripción de la partición en los casos de división judicial de la herencia.
Anexos
Anexo I. Tribunal Supremo
- ITS (Sala de lo Civil) Sentencia de 21 julio 1986.
- IITS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 415/2011 de 8 junio.
- IIITS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 30/2012 de 26 enero.
- IVTS (Sala de lo Civil, Sección Unica) Sentencia núm. 715/2003 de 10 julio.
- VTS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 325/2010 de 31 mayo.
- VITS (Sala de lo Civil, Sección Pleno) Sentencia núm. 539/2011 de 11 septiembre.
Anexo II. Dirección General de los Registros y del Notariado
- IDGRN (Propiedad) Resolución núm. 12449 de 1 agosto.
- IIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 8805/2017 de 29 junio.
- IIIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 14548/2018 de 5 octubre.
- IVDGRN (Propiedad) Resolución núm. 7180/2018 de 16 mayo.
- VDGRN (Propiedad) Resolución núm. 8561/2016 de 18 julio.
- VIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 4280/2017 de 4 abril.
- VIIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 13148/2017 de 23 octubre.
- VIIIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 11848/2017 de 22 septiembre.
- IXDGRN (Propiedad) Resolución núm. 14163/2018 de 28 septiembre.
- Formato: DIGITAl
La necesidad de dividir la herencia cuando sean varios los llamados a la sucesión, constituye un requisito casi siempre ineludible para el acceso al Registro de la Propiedad de las titularidades que traigan causa en el previo fallecimiento de quien figura como titular registral. Tanto la Ley Hipotecaria como su Reglamento determinan la forma en la que se ha de practicar dicha inscripción, teniendo en cuenta que en nuestro Ordenamiento Jurídico los actos particionales pueden revestir diferentes formas. En esta obra se analiza la doctrina de la Dirección General de los Registros y del Notariado dictada con ocasión del acceso al Registro de la Propiedad de aquellas titularidades que devengan de adjudicaciones mortis causa, cuando se exige la previa partición de la herencia para su inscripción. Al hilo de esta doctrina, la Dirección General de los Registros y del Notariado se pronuncia sobre importantes cuestiones de derecho sucesorio, por lo que su análisis y compresión resulta esencial para un conocimiento más específico de esta rama del Derecho. Dicho análisis se realiza en concordancia con la doctrina que el Tribunal Supremo ha venido estableciendo en sus Sentencias sobre cada una de las específicas cuestiones tratadas. El lector encontrará en ella un instrumento útil en la búsqueda de soluciones a los diferentes problemas que pueden plantearse en la práctica, al momento de instar la inscripción registral de las titularidades adquiridas mortis causa.
I. Precisiones iniciales a modo de introducción.
II. La partición realizada por el propio testador.
III. Partición practicada por contador-partidor designado por el testador.
IV. La partición realizada por los coherederos.
V. La inscripción de la partición en los casos de división judicial de la herencia.
Anexos
Anexo I. Tribunal Supremo
- ITS (Sala de lo Civil) Sentencia de 21 julio 1986.
- IITS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 415/2011 de 8 junio.
- IIITS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 30/2012 de 26 enero.
- IVTS (Sala de lo Civil, Sección Unica) Sentencia núm. 715/2003 de 10 julio.
- VTS (Sala de lo Civil, Sección 1ª) Sentencia núm. 325/2010 de 31 mayo.
- VITS (Sala de lo Civil, Sección Pleno) Sentencia núm. 539/2011 de 11 septiembre.
Anexo II. Dirección General de los Registros y del Notariado
- IDGRN (Propiedad) Resolución núm. 12449 de 1 agosto.
- IIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 8805/2017 de 29 junio.
- IIIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 14548/2018 de 5 octubre.
- IVDGRN (Propiedad) Resolución núm. 7180/2018 de 16 mayo.
- VDGRN (Propiedad) Resolución núm. 8561/2016 de 18 julio.
- VIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 4280/2017 de 4 abril.
- VIIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 13148/2017 de 23 octubre.
- VIIIDGRN (Propiedad) Resolución núm. 11848/2017 de 22 septiembre.
- IXDGRN (Propiedad) Resolución núm. 14163/2018 de 28 septiembre.