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Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública Conozca los aspectos generales de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Como se refleja en el siguiente E-book el apdo. 2 del Art. 106 de la Constitución Española establece que los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Partiendo de lo anterior, el llamado principio de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (recogido con anterioridad tanto en la Ley 30/1992, de 29 de noviembre, como en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo) se regula en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
2. Los principios de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
3. La responsabilidad patrimonial concurrente entre Administraciones Públicas y su regulación por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
4. La indemnización por la responsabilidad patrimonial de la Administración y su regulación por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
5. Régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas según la Ley 39/2015, de 1 de octubre
6. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas y su regulación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
- Formato: PDF
- Número de páginas: 25
- Tamaño: 716 Kb.
Como se refleja en el siguiente E-book el apdo. 2 del Art. 106 de la Constitución Española establece que los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos. Partiendo de lo anterior, el llamado principio de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas (recogido con anterioridad tanto en la Ley 30/1992, de 29 de noviembre, como en el Real Decreto 429/1993, de 26 de marzo) se regula en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1. Responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas
2. Los principios de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
3. La responsabilidad patrimonial concurrente entre Administraciones Públicas y su regulación por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
4. La indemnización por la responsabilidad patrimonial de la Administración y su regulación por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
5. Régimen jurídico de la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas según la Ley 39/2015, de 1 de octubre
6. La responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las administraciones públicas y su regulación en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público
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