Diccionario panhispánico del español jurídico

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Comunicación e impugnación judicial del despido Conozca todo lo referente a la comunicación e impugnación judicial del despido

por Editorial Colex

Libro
ISBN: 8475402648297
Coruña Colex 2019

El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos, evitando con ello la situación de indefensión del trabajador. Cada tipo de despido posee una serie de requisitos formales a tener en cuenta establecidos en los arts. 51-55 ET. Por otro lado, el trabajador/a que haya sido despedido y no esté de acuerdo con la decisión empresarial, deberá interponer la correspondiente papeleta de conciliación ante el servicio de mediación correspondiente en cada Comunidad Autónoma -en el plazo de veinte días desde la notificación del despido-; y en caso de no alcanzar un acuerdo interponer Demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda. Este E-book analiza tanto los requisitos formales a la hora de despedir, como la forma correcta para la impugnación del acto extintivo.

Tabla de Contenidos

1. PRINCIPALES CARACTERES Y MODALIDADES DE DESPIDO
2. REQUISITOS FORMALES PARA EL DESPIDO
2.1. Comunicación escrita
2.2. Hechos imputados al trabajador en la carta de despido
2.3. Negativa a la recepción por parte del trabajador de la carta de despido
2.4. Copia de la carta de despido a la representación legal de los trabajadores
2.5. Expediente contradictorio o disciplinario
3. ACTUACIÓN DEL TRABAJADOR EN CASO DE DESPIDO
4. PLAZO DEL TRABAJADOR PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE RECLAMACIÓN CONTRA DESPIDO
4.1. Suspensión del plazo de la acción contra el despido
4.2. Calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos
5. ACTOS EXTRAJUDICIALES EN MATERIA LABORAL
6. CARACTERÍSTICAS DE LA DEMANDA CONTRA EL DESPIDO
6.1. Requisitos específicos y documentación
6.2. Sujetos legitimados y designación de las partes para interponer demanda
7. RECURSO CONTRA SENTENCIA DE DESPIDO


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 71
  • Tamaño: 1.670 Kb.

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El despido deberá ser notificado por escrito al trabajador, haciendo figurar los hechos que lo motivan y la fecha en que tendrá efectos, evitando con ello la situación de indefensión del trabajador. Cada tipo de despido posee una serie de requisitos formales a tener en cuenta establecidos en los arts. 51-55 ET. Por otro lado, el trabajador/a que haya sido despedido y no esté de acuerdo con la decisión empresarial, deberá interponer la correspondiente papeleta de conciliación ante el servicio de mediación correspondiente en cada Comunidad Autónoma -en el plazo de veinte días desde la notificación del despido-; y en caso de no alcanzar un acuerdo interponer Demanda ante el Juzgado de lo Social que corresponda. Este E-book analiza tanto los requisitos formales a la hora de despedir, como la forma correcta para la impugnación del acto extintivo.

Tabla de Contenidos

1. PRINCIPALES CARACTERES Y MODALIDADES DE DESPIDO
2. REQUISITOS FORMALES PARA EL DESPIDO
2.1. Comunicación escrita
2.2. Hechos imputados al trabajador en la carta de despido
2.3. Negativa a la recepción por parte del trabajador de la carta de despido
2.4. Copia de la carta de despido a la representación legal de los trabajadores
2.5. Expediente contradictorio o disciplinario
3. ACTUACIÓN DEL TRABAJADOR EN CASO DE DESPIDO
4. PLAZO DEL TRABAJADOR PARA LA PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA DE RECLAMACIÓN CONTRA DESPIDO
4.1. Suspensión del plazo de la acción contra el despido
4.2. Calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos
5. ACTOS EXTRAJUDICIALES EN MATERIA LABORAL
6. CARACTERÍSTICAS DE LA DEMANDA CONTRA EL DESPIDO
6.1. Requisitos específicos y documentación
6.2. Sujetos legitimados y designación de las partes para interponer demanda
7. RECURSO CONTRA SENTENCIA DE DESPIDO


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