Diccionario panhispánico del español jurídico

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Régimen jurídico de los exámenes universitarios

por Moreu Carbonell, Elisa

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 86. Volumen II. Enero-Abril 2010

Uno de los ejes de la adaptación de la Universidad española al Espacio Europeo de Educación Superior lo constituye la evaluación, ya que en las nuevas enseñanzas «a la boloñesa» se evalúa el aprendizaje, las competencias, y no sólo el conocimiento. Este planteamiento obliga a encontrar nuevos enfoques en los procesos e instrumentos clásicos de evaluación, superando así el tradicional «examen» como único criterio para la calificación del estudiante universitario. Este cambio trascendental tiene innegables consecuencias jurídicas. De todas ellas se ocupa el presente estudio, analizando la normativa vigente, desde una perspectiva crítica y con propuestas de reforma.

Tabla de Contenidos

I. Breve excurso sobre la evaluación como método de aprendizaje en la Universidad y en el Espacio Europeo de Educación Superior.
II. El derecho a un control objetivo y racional de los conocimientos. Marco constitucional.
III. ¿Dónde se regulan los exámenes universitarios? La dispersión del procedimiento examinador en la normativa universitaria.
IV. Régimen jurídico-administrativo del examen universitario.
A) El examen como acto administrativo examinador.
B) El profesor (o Tribunal) examinador.
C) Los estudiantes o «examinandos». Derechos y deberes.
D) Objeto del examen. Fijación del programa y criterios de evaluación.
E) El acto del examen: disciplina académica y otros.
F) La notificación de las calificaciones académicas y el problema de la protección de datos.
G) Las actas.
V. Revisión e impugnación de los exámenes académicos.
A) Motivación del acto calificador.
B) Revisión de las calificaciones universitarias. En especial, la revisión de la evaluación continua.
C) Control judicial del examen académico.
VI. Bibliografía mínima.


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Uno de los ejes de la adaptación de la Universidad española al Espacio Europeo de Educación Superior lo constituye la evaluación, ya que en las nuevas enseñanzas «a la boloñesa» se evalúa el aprendizaje, las competencias, y no sólo el conocimiento. Este planteamiento obliga a encontrar nuevos enfoques en los procesos e instrumentos clásicos de evaluación, superando así el tradicional «examen» como único criterio para la calificación del estudiante universitario. Este cambio trascendental tiene innegables consecuencias jurídicas. De todas ellas se ocupa el presente estudio, analizando la normativa vigente, desde una perspectiva crítica y con propuestas de reforma.

Tabla de Contenidos

I. Breve excurso sobre la evaluación como método de aprendizaje en la Universidad y en el Espacio Europeo de Educación Superior.
II. El derecho a un control objetivo y racional de los conocimientos. Marco constitucional.
III. ¿Dónde se regulan los exámenes universitarios? La dispersión del procedimiento examinador en la normativa universitaria.
IV. Régimen jurídico-administrativo del examen universitario.
A) El examen como acto administrativo examinador.
B) El profesor (o Tribunal) examinador.
C) Los estudiantes o «examinandos». Derechos y deberes.
D) Objeto del examen. Fijación del programa y criterios de evaluación.
E) El acto del examen: disciplina académica y otros.
F) La notificación de las calificaciones académicas y el problema de la protección de datos.
G) Las actas.
V. Revisión e impugnación de los exámenes académicos.
A) Motivación del acto calificador.
B) Revisión de las calificaciones universitarias. En especial, la revisión de la evaluación continua.
C) Control judicial del examen académico.
VI. Bibliografía mínima.


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