Copias sin limite
El juez competente para conocer del procedimiento monitorio: cuestiones prácticas
El procedimiento monitorio se concibe en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil como un procedimiento de tutela privilegiada de determinados créditos. Sin embargo, estos postulados se contradicen con los problemas que, en la práctica forense, se han suscitado, en muchos casos, por la determinación de la competencia del órgano que debe conocer del procedimiento. En el presente estudio, se analizan las principales cuestiones que se han suscitado en relación con la determinación de la competencia objetiva y territorial en el procedimiento monitorio, con un repaso crítico de las distintas soluciones doctrinales aportadas, y una revisión de la última doctrina jurisprudencial en la materia.
I. Introducción.
II. La competencia objetiva para conocer del procedimiento monitorio.
III. la competencia territorial en el proceso monitorio.
1. Criterios de atribución de competencia territorial.
1.1. Domicilio y residencia como fueros preferentes.
1.2. Fuero subsidiario.
1.3. Reclamaciones de deudas por gastos comunes de Comunidades de Propietarios.
1.4. Fuero legal especial para acciones derivadas del contrato de seguro.
1.5. Fuero territorial privilegiado para los Organismos Públicos.
2. Tratamiento procesal de las normas sobre competencia territorial en el procedimiento monitorio.
2.1. Control de oficio. El papel del Secretario Judicial.
2.2. Planteamiento de la declinatoria.
3. Algunas cuestiones que suscita la aplicación práctica del artículo 813 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
3.1. Los supuestos de pluralidad de demandados.
3.2. Los cambios de domicilio del deudor.
3.3. La competencia para conocer del juicio declarativo subsiguiente a un proceso monitorio con oposición del deudor.
- Formato: PDF
- Tamaño: 184 Kb.
El procedimiento monitorio se concibe en la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil como un procedimiento de tutela privilegiada de determinados créditos. Sin embargo, estos postulados se contradicen con los problemas que, en la práctica forense, se han suscitado, en muchos casos, por la determinación de la competencia del órgano que debe conocer del procedimiento. En el presente estudio, se analizan las principales cuestiones que se han suscitado en relación con la determinación de la competencia objetiva y territorial en el procedimiento monitorio, con un repaso crítico de las distintas soluciones doctrinales aportadas, y una revisión de la última doctrina jurisprudencial en la materia.
I. Introducción.
II. La competencia objetiva para conocer del procedimiento monitorio.
III. la competencia territorial en el proceso monitorio.
1. Criterios de atribución de competencia territorial.
1.1. Domicilio y residencia como fueros preferentes.
1.2. Fuero subsidiario.
1.3. Reclamaciones de deudas por gastos comunes de Comunidades de Propietarios.
1.4. Fuero legal especial para acciones derivadas del contrato de seguro.
1.5. Fuero territorial privilegiado para los Organismos Públicos.
2. Tratamiento procesal de las normas sobre competencia territorial en el procedimiento monitorio.
2.1. Control de oficio. El papel del Secretario Judicial.
2.2. Planteamiento de la declinatoria.
3. Algunas cuestiones que suscita la aplicación práctica del artículo 813 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
3.1. Los supuestos de pluralidad de demandados.
3.2. Los cambios de domicilio del deudor.
3.3. La competencia para conocer del juicio declarativo subsiguiente a un proceso monitorio con oposición del deudor.