Diccionario panhispánico del español jurídico

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El informe sobre las implicaciones de la independencia de Escocia y su adhesión a la Unión Europea

por Coello Martín, Carlos

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número especial 99-100. Mayo-Diciembre 2014

El Gobierno británico ha publicado un documento de análisis sobre las implicaciones que conllevaría una Escocia independiente. Como anexo a dicho documento se encuentra el estudio de dos profesores (James Crawford y Alan Boyle de la Universidad de Edimburgo) que analizan los aspectos jurídicos del referéndum sobre la independencia de Escocia. En ese estudio se concluye que si Escocia llega a ser independiente, se considerará como un nuevo Estado desde el punto de vista del Derecho internacional y el resto del actual Estado sucederá al actual Reino Unido, conservando sus instituciones, rechazándose la idea de que aparezcan dos nuevos Estados. Por ello el resto del Reino Unido continuaría como miembro de las organizaciones internacionales de las que es actualmente miembro, mientras que Escocia tendría que solicitar su adhesión como un nuevo Estado. Este sería el caso de la Unión Europea.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. La cuestión de la adhesión a la UE.
II.1. La convención de Viena sobre la sucesión de Estados con respecto a los Tratados.
II.2. Sobre la existencia de un precedente al caso escocés en la UE.
II.3. El art.49 del TUE.
II.4. La posición de las instituciones y órganos comunitarios.
II.5. El art.50 del TUE.
II.6. El argumento basado en la ciudadanía europea: el caso Rottman.
III. Epílogo.


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El Gobierno británico ha publicado un documento de análisis sobre las implicaciones que conllevaría una Escocia independiente. Como anexo a dicho documento se encuentra el estudio de dos profesores (James Crawford y Alan Boyle de la Universidad de Edimburgo) que analizan los aspectos jurídicos del referéndum sobre la independencia de Escocia. En ese estudio se concluye que si Escocia llega a ser independiente, se considerará como un nuevo Estado desde el punto de vista del Derecho internacional y el resto del actual Estado sucederá al actual Reino Unido, conservando sus instituciones, rechazándose la idea de que aparezcan dos nuevos Estados. Por ello el resto del Reino Unido continuaría como miembro de las organizaciones internacionales de las que es actualmente miembro, mientras que Escocia tendría que solicitar su adhesión como un nuevo Estado. Este sería el caso de la Unión Europea.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. La cuestión de la adhesión a la UE.
II.1. La convención de Viena sobre la sucesión de Estados con respecto a los Tratados.
II.2. Sobre la existencia de un precedente al caso escocés en la UE.
II.3. El art.49 del TUE.
II.4. La posición de las instituciones y órganos comunitarios.
II.5. El art.50 del TUE.
II.6. El argumento basado en la ciudadanía europea: el caso Rottman.
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