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La responsabilidad patrimonial del legislador derivada de las prohibiciones de explotaciones extractivas en espacios naturales protegidos. A propósito de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de marzo de 2015 (Rec. N.º 455/2012)
Este trabajo comenta la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de marzo de 2015 (Rec. N.º 455/2012), en la que se analiza una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado legislador formulada por una empresa dedicada a las actividades mineras ante perjuicios patrimoniales derivados de una prohibición absoluta incorporada a la Ley vasca de conservación de los Espacios Naturales Protegidos. Se lleva a cabo una revisión de la doctrina jurisprudencial en esta cuestión y se repara en la constitucionalidad de las prohibiciones generales de actividades extractivas para la protección del medio ambiente.
I. Justificación.
II. Contextualización del conflicto.
II. 1. La prevalencia de los Espacios Naturales Protegidos (ENP) frente a las canteras.
II.2. Una aproximación a la naturaleza de los ENP y del territorio incluido.
III. La responsabilidad patrimonial derivada de actos legislativos: el caso concreto de las canteras en los ENP.
III.1. La responsabilidad derivada de actos legislativos.
III.2. Actos legislativos de naturaleza no expropiatoria.
III.3. Cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos.
III.4. Que no tengan el deber jurídico de soportar: privación singular versus delimitación general de las facultades patrimoniales.
IV. El caso concreto sometido al TSJPV de 4 de marzo de 2015: indemnizaciones a canteras por restricciones derivadas de ENP.
IV.1. Casos de solicitudes estimadas por la jurisprudencia.
IV.2. Casos de solicitudes desestimadas por la jurisprudencia.
IV.3. La cuantificación de la indemnización.
V. La constitucionalidad de las prohibiciones generales de actividades extractivas. El caso del fracking.
VI. Valoración y conclusiones.
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Este trabajo comenta la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 4 de marzo de 2015 (Rec. N.º 455/2012), en la que se analiza una reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado legislador formulada por una empresa dedicada a las actividades mineras ante perjuicios patrimoniales derivados de una prohibición absoluta incorporada a la Ley vasca de conservación de los Espacios Naturales Protegidos. Se lleva a cabo una revisión de la doctrina jurisprudencial en esta cuestión y se repara en la constitucionalidad de las prohibiciones generales de actividades extractivas para la protección del medio ambiente.
I. Justificación.
II. Contextualización del conflicto.
II. 1. La prevalencia de los Espacios Naturales Protegidos (ENP) frente a las canteras.
II.2. Una aproximación a la naturaleza de los ENP y del territorio incluido.
III. La responsabilidad patrimonial derivada de actos legislativos: el caso concreto de las canteras en los ENP.
III.1. La responsabilidad derivada de actos legislativos.
III.2. Actos legislativos de naturaleza no expropiatoria.
III.3. Cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos.
III.4. Que no tengan el deber jurídico de soportar: privación singular versus delimitación general de las facultades patrimoniales.
IV. El caso concreto sometido al TSJPV de 4 de marzo de 2015: indemnizaciones a canteras por restricciones derivadas de ENP.
IV.1. Casos de solicitudes estimadas por la jurisprudencia.
IV.2. Casos de solicitudes desestimadas por la jurisprudencia.
IV.3. La cuantificación de la indemnización.
V. La constitucionalidad de las prohibiciones generales de actividades extractivas. El caso del fracking.
VI. Valoración y conclusiones.