Diccionario panhispánico del español jurídico

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Las nuevas facultades ejecutivas del Tribunal Constitucional como sustitutivo funcional de los mecanismos de coerción estatal del artículo 155 de la Constitución

por Ridao Martín, Joan

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 106. Septiembre-Diciembre 2016

La reciente modificación de la regulación del Tribunal Constitucional (TC) hecha por la Ley Orgánica 15/2015 pretende implementar en esta jurisdicción mecanismos para asegurar la efectividad de sus sentencias. No obstante, los motivos expuestos en su defensa, el perentorio procedimiento utilizado para vehicularla, junto al hecho de que los nuevos instrumentos previstos se dirigen, singularmente, a controlar las medidas adoptadas por las Comunidades Autónomas, remiten a la voluntad deliberada de afrontar con las nuevas herramientas jurídico-constitucionales el proceso secesionista abierto en Catalunya. Se trata de una modificación legislativa ad casum que, por este camino, no sólo refuerza la vertiente judicialista del Tribunal, ajena al orden constitucional español, sino que incorpora instrumentos de orden procesal que facultan al TC, y subsidiariamente al gobierno del Estado, para alcanzar efectos análogos a los de las sanciones del orden penal o de los derivados de la ejecución forzosa del artículo 155 CE.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Dos consideraciones preliminares sobre la LO 15/2015: técnica procedimental de aprobación y naturaleza de la jurisdicción constitucional introducida:
II.1. El uso de la lectura única como técnica procedimental para su tramitación.
II.2. Naturaleza de la justicia constitucional en España y sus facultades para velar por la efectividad de sus decisiones.
III. La imposición de medidas de carácter coercitivo y sancionador por parte del TC.
IV. La ejecución sustitutoria.
V. La garantía de la efectividad de la suspensión de disposiciones y actos impugnados.
VI. Conclusiones.
Post Scriptum: primeras aplicaciones de las nuevas facultades del TC en los incidentes de ejecución constitucionales.


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La reciente modificación de la regulación del Tribunal Constitucional (TC) hecha por la Ley Orgánica 15/2015 pretende implementar en esta jurisdicción mecanismos para asegurar la efectividad de sus sentencias. No obstante, los motivos expuestos en su defensa, el perentorio procedimiento utilizado para vehicularla, junto al hecho de que los nuevos instrumentos previstos se dirigen, singularmente, a controlar las medidas adoptadas por las Comunidades Autónomas, remiten a la voluntad deliberada de afrontar con las nuevas herramientas jurídico-constitucionales el proceso secesionista abierto en Catalunya. Se trata de una modificación legislativa ad casum que, por este camino, no sólo refuerza la vertiente judicialista del Tribunal, ajena al orden constitucional español, sino que incorpora instrumentos de orden procesal que facultan al TC, y subsidiariamente al gobierno del Estado, para alcanzar efectos análogos a los de las sanciones del orden penal o de los derivados de la ejecución forzosa del artículo 155 CE.

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I. Introducción.
II. Dos consideraciones preliminares sobre la LO 15/2015: técnica procedimental de aprobación y naturaleza de la jurisdicción constitucional introducida:
II.1. El uso de la lectura única como técnica procedimental para su tramitación.
II.2. Naturaleza de la justicia constitucional en España y sus facultades para velar por la efectividad de sus decisiones.
III. La imposición de medidas de carácter coercitivo y sancionador por parte del TC.
IV. La ejecución sustitutoria.
V. La garantía de la efectividad de la suspensión de disposiciones y actos impugnados.
VI. Conclusiones.
Post Scriptum: primeras aplicaciones de las nuevas facultades del TC en los incidentes de ejecución constitucionales.


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