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Consideraciones sobre la incidencia de las Leyes 39 y 40/2015 en la Ley 2/1998, de la potestad sancionadora de las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco
Este trabajo analiza la incidencia de las Leyes 39 y 40/2015 sobre la Ley 2/1998, de la potestad sancionadora de las Administraciones públicas vascas. Para ello, se examinan los principios de esta potestad y aquellos otros aspectos que tienen que ver con el procedimiento sancionador. Todas estas modificaciones se enmarcan en la división entre aspectos de régimen jurídico y procedimiento que dificultan una comprensión unitaria de esta potestad. A pesar de que las modificaciones operadas por ambas leyes no resulten sustanciales sobre la Ley 2/1998, sí plantean diversos cambios que será preciso tener en cuenta a la hora de su aplicación y, en su caso, eventual modificación.
I. Introducción.
II. Los principios de la potestad sancionadora.
1. Ámbito subjetivo.
2. Irretroactividad.
3. Responsabilidad.
4. Proporcionalidad.
5. Prescripción.
6. Concurrencia de sanciones.
III. Cuestiones procedimentales.
1. Aplicación del procedimiento «simplificado» para el ejercicio de la potestad sancionadora.
2. La posición del denunciante.
2.1. Posición general.
2.2. Denunciante colaborador con la Administración.
3. Inicio del procedimiento sancionador.
4. Medios de prueba.
5. Reconocimiento de responsabilidad.
6. Pago voluntario.
7. Propuesta de resolución.
8. Actuaciones complementarias.
9. Resolución del procedimiento sancionador, ejecutividad de la resolución y suspensión.
10. Procedimientos complementarios.
IV. Comentarios conclusivos
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Este trabajo analiza la incidencia de las Leyes 39 y 40/2015 sobre la Ley 2/1998, de la potestad sancionadora de las Administraciones públicas vascas. Para ello, se examinan los principios de esta potestad y aquellos otros aspectos que tienen que ver con el procedimiento sancionador. Todas estas modificaciones se enmarcan en la división entre aspectos de régimen jurídico y procedimiento que dificultan una comprensión unitaria de esta potestad. A pesar de que las modificaciones operadas por ambas leyes no resulten sustanciales sobre la Ley 2/1998, sí plantean diversos cambios que será preciso tener en cuenta a la hora de su aplicación y, en su caso, eventual modificación.
I. Introducción.
II. Los principios de la potestad sancionadora.
1. Ámbito subjetivo.
2. Irretroactividad.
3. Responsabilidad.
4. Proporcionalidad.
5. Prescripción.
6. Concurrencia de sanciones.
III. Cuestiones procedimentales.
1. Aplicación del procedimiento «simplificado» para el ejercicio de la potestad sancionadora.
2. La posición del denunciante.
2.1. Posición general.
2.2. Denunciante colaborador con la Administración.
3. Inicio del procedimiento sancionador.
4. Medios de prueba.
5. Reconocimiento de responsabilidad.
6. Pago voluntario.
7. Propuesta de resolución.
8. Actuaciones complementarias.
9. Resolución del procedimiento sancionador, ejecutividad de la resolución y suspensión.
10. Procedimientos complementarios.
IV. Comentarios conclusivos