Diccionario panhispánico del español jurídico

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El derecho a la vivienda y la dialéctica entre descentralización y recentralización

por Quintiá Pastrana, Andrei

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 109. Volumen I. Septiembre-Diciembre 2017

Este trabajo se aproxima al impacto de la descentralización legislativa en el desarrollo del derecho a la vivienda, en concreto de su aspecto subjetivo. En esta aproximación se toma una perspectiva histórica de dicho desarrollo y se contrasta el modelo en el ámbito comparado. Se analiza, así mismo, el contenido de las normas autonómicas en materia de vivienda aprobadas en Andalucía, Canarias, Navarra, Cataluña, País Vasco, Valencia, Extremadura y el proyecto de ley balear y se contrastan con el análisis de los fundamentos de derecho de la Sentencia del Tribunal Constitucional 93/2015 de 14 de mayo que resuelve el recurso de inconstitucionalidad formulado contra la ley andaluza de vivienda. Se llega a la conclusión de que los marcos competenciales descentralizados han favorecido, hasta ahora, y podrían seguir favoreciendo en un futuro, la articulación de instrumentos que vuelven exigible el derecho a la vivienda ante la Administración Pública y los Juzgados de lo Contencioso- administrativo.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. El impacto de la descentralización en el desarrollo y subjetivación del derecho de vivienda:
1. El derecho a la vivienda como un derecho subjetivo.
2. Los legisladores estatal y autonómico ante el derecho de habitación.
3. Reino Unido y Escocia: La exigibilidad del derecho en el marco internacional.
III. Acción pública y soluciones coactivas. La respuesta del legislador autonómico a la situación de emergencia habitacional:
1. Las reformas autonómicas de 2013.
2. Asiento de la reforma autonómica: Decreto-ley 6/2013 de Andalucía, Ley 24/2013 de Navarra y Ley 2/2014 de Canarias.
3. Acción pública y grandes propietarios: Las leyes 3/2015 de Euskadi y 24/2015 de Cataluña.
4. Las reformas tras la respuesta del Tribunal Constitucional: Las leyes 10/2016 de Aragón, 2/2017 de Valencia, la ley 2/2017 de Extremadura y el proyecto de ley balear.
IV. La respuesta del Tribunal Constitucional a las soluciones autonómicas:
1. La aproximación formal: caso de extraordinaria necesidad y límites materiales del presupuesto habilitante.
1.A. El caso de extraordinaria necesidad.
1.B. Los límites materiales del presupuesto habilitante. El derecho de propiedad y el derecho de vivienda.
1.C. Carácter subjetivo del derecho a la vivienda.
2. Un nuevo reparto competencial en materia de vivienda.
2.A. La hipótesis de la distorsión del mercado hipotecario.
2.B. Existencia de legislación estatal sobre la materia.
2.C. Transgresión de las bases estatales.
3. Un paso adelante: el caso de la STC 62/2016.
V. Conclusiones


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Este trabajo se aproxima al impacto de la descentralización legislativa en el desarrollo del derecho a la vivienda, en concreto de su aspecto subjetivo. En esta aproximación se toma una perspectiva histórica de dicho desarrollo y se contrasta el modelo en el ámbito comparado. Se analiza, así mismo, el contenido de las normas autonómicas en materia de vivienda aprobadas en Andalucía, Canarias, Navarra, Cataluña, País Vasco, Valencia, Extremadura y el proyecto de ley balear y se contrastan con el análisis de los fundamentos de derecho de la Sentencia del Tribunal Constitucional 93/2015 de 14 de mayo que resuelve el recurso de inconstitucionalidad formulado contra la ley andaluza de vivienda. Se llega a la conclusión de que los marcos competenciales descentralizados han favorecido, hasta ahora, y podrían seguir favoreciendo en un futuro, la articulación de instrumentos que vuelven exigible el derecho a la vivienda ante la Administración Pública y los Juzgados de lo Contencioso- administrativo.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. El impacto de la descentralización en el desarrollo y subjetivación del derecho de vivienda:
1. El derecho a la vivienda como un derecho subjetivo.
2. Los legisladores estatal y autonómico ante el derecho de habitación.
3. Reino Unido y Escocia: La exigibilidad del derecho en el marco internacional.
III. Acción pública y soluciones coactivas. La respuesta del legislador autonómico a la situación de emergencia habitacional:
1. Las reformas autonómicas de 2013.
2. Asiento de la reforma autonómica: Decreto-ley 6/2013 de Andalucía, Ley 24/2013 de Navarra y Ley 2/2014 de Canarias.
3. Acción pública y grandes propietarios: Las leyes 3/2015 de Euskadi y 24/2015 de Cataluña.
4. Las reformas tras la respuesta del Tribunal Constitucional: Las leyes 10/2016 de Aragón, 2/2017 de Valencia, la ley 2/2017 de Extremadura y el proyecto de ley balear.
IV. La respuesta del Tribunal Constitucional a las soluciones autonómicas:
1. La aproximación formal: caso de extraordinaria necesidad y límites materiales del presupuesto habilitante.
1.A. El caso de extraordinaria necesidad.
1.B. Los límites materiales del presupuesto habilitante. El derecho de propiedad y el derecho de vivienda.
1.C. Carácter subjetivo del derecho a la vivienda.
2. Un nuevo reparto competencial en materia de vivienda.
2.A. La hipótesis de la distorsión del mercado hipotecario.
2.B. Existencia de legislación estatal sobre la materia.
2.C. Transgresión de las bases estatales.
3. Un paso adelante: el caso de la STC 62/2016.
V. Conclusiones


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