Diccionario panhispánico del español jurídico

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Venezuela: el debate sobre la legitimidad constitucional de la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente realizada por el presidente Nicolás Maduro el 1 de mayo de 2017

por Compains Silva, Eneko

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 111. Mayo-Agosto 2018

El pasado día 1 de mayo de 2017, ante la situación de grave crisis política y económica que vivía el país, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, convocó una Asamblea Nacional Constituyente al amparo de los artículos 347 y 348 de la Constitución. La convocatoria, sin embargo, generó una fuerte polémica en la doctrina, que ha venido defendiendo de forma mayoritaria que tal convocatoria sólo la puede hacer el pueblo vía referéndum. El presente trabajo pretende analizar las distintas posiciones en este rico debate jurídico y obtener conclusiones sobre la legitimidad constitucional de la convocatoria presidencial.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. Planteamiento del problema.
III. ¿Qué dice exactamente la Constitución?
IV. La interpretación de los arts. 347 y 348 CRBV.
1. La interpretación literal de los arts. 347 y 348 CRBV.
2. La interpretación teleológica de los arts. 347 y 348 de la CRBV.
2.1. El debate en primera discusión.
2.2. El debate en segunda discusión.
3. La interpretación en base a normas análogas: el proceso constituyente de 1999.
4. Principios generales del derecho: la democracia participativa y protagónica.
V. La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela.
VI. Conclusiones.


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El pasado día 1 de mayo de 2017, ante la situación de grave crisis política y económica que vivía el país, el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, convocó una Asamblea Nacional Constituyente al amparo de los artículos 347 y 348 de la Constitución. La convocatoria, sin embargo, generó una fuerte polémica en la doctrina, que ha venido defendiendo de forma mayoritaria que tal convocatoria sólo la puede hacer el pueblo vía referéndum. El presente trabajo pretende analizar las distintas posiciones en este rico debate jurídico y obtener conclusiones sobre la legitimidad constitucional de la convocatoria presidencial.

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I. Introducción.
II. Planteamiento del problema.
III. ¿Qué dice exactamente la Constitución?
IV. La interpretación de los arts. 347 y 348 CRBV.
1. La interpretación literal de los arts. 347 y 348 CRBV.
2. La interpretación teleológica de los arts. 347 y 348 de la CRBV.
2.1. El debate en primera discusión.
2.2. El debate en segunda discusión.
3. La interpretación en base a normas análogas: el proceso constituyente de 1999.
4. Principios generales del derecho: la democracia participativa y protagónica.
V. La sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela.
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