Diccionario panhispánico del español jurídico

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¿Fin del derecho a indemnización por cese del personal laboral interino al servicio de la Administración? La STS (Social) de 13 de marzo de 2019

por Cabrera Rodríguez, José

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 114. Mayo-Agosto 2019

El célebre asunto Diego Porras abrió la posibilidad de un derecho indemnizatorio automático por cese al personal laboral interino de la Administración pública. El planteamiento de una segunda cuestión prejudicial por el Tribunal Supremo y la resolución final del asunto en casación han desmentido esta posibilidad y han rectificado lo que pareció ser un malentendido inicial sobre el régimen indemnizatorio del contrato de interinidad. Sin embargo, una lectura detenida de la sentencia dictada en casación demuestra que lo más relevante del pronunciamiento no son las cuestiones jurídicas que zanja, sino las que deja abiertas. Entre ellas, las consecuencias que tendría el cese irregular de un trabajador interino y la de los derechos indemnizatorios del declarado «indefinido no fijo».

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
1. Antecedentes del caso «Diego Porras».
2. La primera sentencia del Tribunal de Justicia de la UE: Diego Porras 1.
3. La segunda sentencia del Tribunal de Justicia de la UE: Diego Porras 2.
4. La resolución en casación de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
a) Improcedencia de la indemnización prevista en el artículo 53.1.b) ET.
b) Improcedencia de la indemnización prevista en el artículo 49.1.c) ET.
5. Voto particular.
II. Cuestiones imprejuzgadas por la sentencia de casación.
1. Aspectos procesales que condicionaron el pronunciamiento.
2. Subsistencia de la doctrina sentada en la STS (Social) de 28-3-2017 y derecho indemnizatorio en relaciones temporales anómalas o irregulares.
a) Indemnización de «indefinido no fijo» y/o «interino de larga duración».
b) Indemnización por cese irregular del trabajador interino por sustitución.
3. Excusatio non petita… ¿Inconstitucionalidad del artículo 49.1.c) ET?
III. La cláusula 8 de la Directiva: prohibición de regresión.
IV. Conclusiones.


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El célebre asunto Diego Porras abrió la posibilidad de un derecho indemnizatorio automático por cese al personal laboral interino de la Administración pública. El planteamiento de una segunda cuestión prejudicial por el Tribunal Supremo y la resolución final del asunto en casación han desmentido esta posibilidad y han rectificado lo que pareció ser un malentendido inicial sobre el régimen indemnizatorio del contrato de interinidad. Sin embargo, una lectura detenida de la sentencia dictada en casación demuestra que lo más relevante del pronunciamiento no son las cuestiones jurídicas que zanja, sino las que deja abiertas. Entre ellas, las consecuencias que tendría el cese irregular de un trabajador interino y la de los derechos indemnizatorios del declarado «indefinido no fijo».

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
1. Antecedentes del caso «Diego Porras».
2. La primera sentencia del Tribunal de Justicia de la UE: Diego Porras 1.
3. La segunda sentencia del Tribunal de Justicia de la UE: Diego Porras 2.
4. La resolución en casación de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.
a) Improcedencia de la indemnización prevista en el artículo 53.1.b) ET.
b) Improcedencia de la indemnización prevista en el artículo 49.1.c) ET.
5. Voto particular.
II. Cuestiones imprejuzgadas por la sentencia de casación.
1. Aspectos procesales que condicionaron el pronunciamiento.
2. Subsistencia de la doctrina sentada en la STS (Social) de 28-3-2017 y derecho indemnizatorio en relaciones temporales anómalas o irregulares.
a) Indemnización de «indefinido no fijo» y/o «interino de larga duración».
b) Indemnización por cese irregular del trabajador interino por sustitución.
3. Excusatio non petita… ¿Inconstitucionalidad del artículo 49.1.c) ET?
III. La cláusula 8 de la Directiva: prohibición de regresión.
IV. Conclusiones.


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