Diccionario panhispánico del español jurídico

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Nuevo pronunciamiento del TJUE sobre la consideración como «órgano jurisdiccional» de los Tribunales Económico-Administrativos

por Merino Jara, Isaac

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 116. Enero-Abril 2020

La Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de marzo de 2000, Gabalfrisa, asuntos acumulados C-110/98 a C-147/98, consideró que los Tribunales económico-administrativos cumplen con los requisitos para ser considerados «órganos jurisdiccionales» a los efectos de poder plantear cuestiones prejudiciales, desoyendo las Conclusiones del Abogado General Saggio, quien negaba el carácter contradictorio del procedimiento y, asimismo, su independencia. En cambio, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 21 de enero de 2020, Banco de Santander, C-274/14, rechaza considerar al Tribunal Económico Administrativo de órgano jurisdiccional, dado que no es independiente. La modificación producida se explica por los cambios tanto a nivel de la Unión Europea como a nivel del derecho interno español, y, asimismo, por la evolución jurisprudencial producida, que ha sido resumida por el Tribunal de Justicia en su sentencia de 27 de febrero de 2018, Associação Sindical dos Juízes portugueses, C‑64/16.


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La Sentencia del Tribunal de Justicia de 21 de marzo de 2000, Gabalfrisa, asuntos acumulados C-110/98 a C-147/98, consideró que los Tribunales económico-administrativos cumplen con los requisitos para ser considerados «órganos jurisdiccionales» a los efectos de poder plantear cuestiones prejudiciales, desoyendo las Conclusiones del Abogado General Saggio, quien negaba el carácter contradictorio del procedimiento y, asimismo, su independencia. En cambio, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia (Gran Sala) de 21 de enero de 2020, Banco de Santander, C-274/14, rechaza considerar al Tribunal Económico Administrativo de órgano jurisdiccional, dado que no es independiente. La modificación producida se explica por los cambios tanto a nivel de la Unión Europea como a nivel del derecho interno español, y, asimismo, por la evolución jurisprudencial producida, que ha sido resumida por el Tribunal de Justicia en su sentencia de 27 de febrero de 2018, Associação Sindical dos Juízes portugueses, C‑64/16.


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