Diccionario panhispánico del español jurídico

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Impuestos cedidos: ¿es posible su modificación sin el concurso de las comunidades autónomas?

por Huelin Martínez de Velasco, Joaquín

Artículo
ISSN: 1885-009X
Ver otros artículos del mismo número: 96

La autonomía política necesita de la autonomía financiera. Al servicio de esta última, nuestra Constitución permite que el Estado ceda total o parcialmente algunos de sus impuestos a las Comunidades Autónomas. Esta cesión, tal y como ha sido articulada a través de la LOFCA y de la Ley 22/2009, comporta también la entrega de algunas potestades normativas en relación con los impuestos estatales cedidos. Si el ejercicio de esas competencias normativas de forma desigual por parte de las Comunidades Autónomas trae como consecuencia una competencia entre ellas que pudiera entenderse como “dumping” fiscal, la respuesta adecuada no consiste en cambiar las reglas de juego por la “puerta de atrás”, sino en profundizar en la coordinación y la armonización fiscal.

Political autonomy requires financial autonomy. To enable the latter, the Spanish Constitution allows the State to totally or partially transfer some of its taxes to the Autonomous Communities. This transfer, in the form it is articulated in the Constitutional Law on Funding for the Autonomous Regions and Law 22/2009, also entails the transfer of some regulatory powers in relation to the transferred state taxes. If the exercise of these regulatory powers by the Autonomous Communities on an unequal basis leads to competition between them that could be considered fiscal "dumping", the correct response is not to change the rules of the game through the back door, but instead to enhance fiscal coordination and harmonisation.


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La autonomía política necesita de la autonomía financiera. Al servicio de esta última, nuestra Constitución permite que el Estado ceda total o parcialmente algunos de sus impuestos a las Comunidades Autónomas. Esta cesión, tal y como ha sido articulada a través de la LOFCA y de la Ley 22/2009, comporta también la entrega de algunas potestades normativas en relación con los impuestos estatales cedidos. Si el ejercicio de esas competencias normativas de forma desigual por parte de las Comunidades Autónomas trae como consecuencia una competencia entre ellas que pudiera entenderse como “dumping” fiscal, la respuesta adecuada no consiste en cambiar las reglas de juego por la “puerta de atrás”, sino en profundizar en la coordinación y la armonización fiscal.

Political autonomy requires financial autonomy. To enable the latter, the Spanish Constitution allows the State to totally or partially transfer some of its taxes to the Autonomous Communities. This transfer, in the form it is articulated in the Constitutional Law on Funding for the Autonomous Regions and Law 22/2009, also entails the transfer of some regulatory powers in relation to the transferred state taxes. If the exercise of these regulatory powers by the Autonomous Communities on an unequal basis leads to competition between them that could be considered fiscal "dumping", the correct response is not to change the rules of the game through the back door, but instead to enhance fiscal coordination and harmonisation.


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