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La política de ordenación y desarrollo del País Vasco norte
El contexto actual está marcado, a la vez, por la exacerbación de las tensiones territoriales, con la metropolización de las capitales regionales, el auge del fenómeno periurbano y la despoblación de las zonas rurales cada vez menos dotadas en servicios públicos y empleos, y por el agotamiento de un modelo de desarrollo basado en la concentración de la actividad productiva, la explotación de los recursos naturales y el aumento de las desigualdades sociales. Si estas evoluciones no son específicas al País Vasco norte, encuentran en él una resonancia particular. El objetivo de este artículo es precisamente dar cuenta de esta manera original de concebir el territorio y de contemplar su ordenación y desarrollo. Esta política se inicia en los años noventa, con la realización de la Prospectiva País Vasco 2010 y la puesta en marcha del binomio Consejo de Desarrollo-Consejo de Electos, y prosigue hasta 2020, con la aprobación de un nuevo pacto de gobernanza de la Comunidad de Aglomeración del País Vasco que determina las relaciones entre la institución representativa del territorio y los organismos asociados, y la aprobación de la Carta de ordenación y desarrollo sostenibles del País Vasco, el Contrato Territorial 2015-2020 en trasfondo. Este periodo se caracteriza por la elaboración y posterior renovación del proyecto de territorio, que ha dado lugar a una contractualización bajo la forma de un Convenio Específico y de Contratos Territoriales; y, por la evolución del dispositivo de gobernanza local que pasa de dicho binomio a la colaboración entre el Comunidad de Aglomeración y el Consejo de Desarrollo.
I. Introducción.
II. El Contrato Territorial País Vasco 2015- 2020.
1. Las características del Contrato Territorial.
2. La elaboración del Contrato Territorial.
3. El diagnóstico territorial.
4. Las operaciones del Contrato Territorial.
III. La renovación del dispositivo de gobernanza territorial.
1. Un nuevo pacto de gobernanza.
2. La Carta de ordenación y desarrollo sostenibles del País Vasco.
IV. Conclusión.
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El contexto actual está marcado, a la vez, por la exacerbación de las tensiones territoriales, con la metropolización de las capitales regionales, el auge del fenómeno periurbano y la despoblación de las zonas rurales cada vez menos dotadas en servicios públicos y empleos, y por el agotamiento de un modelo de desarrollo basado en la concentración de la actividad productiva, la explotación de los recursos naturales y el aumento de las desigualdades sociales. Si estas evoluciones no son específicas al País Vasco norte, encuentran en él una resonancia particular. El objetivo de este artículo es precisamente dar cuenta de esta manera original de concebir el territorio y de contemplar su ordenación y desarrollo. Esta política se inicia en los años noventa, con la realización de la Prospectiva País Vasco 2010 y la puesta en marcha del binomio Consejo de Desarrollo-Consejo de Electos, y prosigue hasta 2020, con la aprobación de un nuevo pacto de gobernanza de la Comunidad de Aglomeración del País Vasco que determina las relaciones entre la institución representativa del territorio y los organismos asociados, y la aprobación de la Carta de ordenación y desarrollo sostenibles del País Vasco, el Contrato Territorial 2015-2020 en trasfondo. Este periodo se caracteriza por la elaboración y posterior renovación del proyecto de territorio, que ha dado lugar a una contractualización bajo la forma de un Convenio Específico y de Contratos Territoriales; y, por la evolución del dispositivo de gobernanza local que pasa de dicho binomio a la colaboración entre el Comunidad de Aglomeración y el Consejo de Desarrollo.
I. Introducción.
II. El Contrato Territorial País Vasco 2015- 2020.
1. Las características del Contrato Territorial.
2. La elaboración del Contrato Territorial.
3. El diagnóstico territorial.
4. Las operaciones del Contrato Territorial.
III. La renovación del dispositivo de gobernanza territorial.
1. Un nuevo pacto de gobernanza.
2. La Carta de ordenación y desarrollo sostenibles del País Vasco.
IV. Conclusión.