Diccionario panhispánico del español jurídico

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Flexibilidad interna, modificación contractual y trabajo decente

por Alonso Bravo, Milagros

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 58

El aspecto interno de la flexibilidad se ha convertido en una estructura nuclear en la ordenación de las relaciones laborales. Un modelo normativo que garantice la proporcionalidad de las decisiones empresariales de modificación sustancial de las condiciones de trabajo sitúa la institución en defensa del empleo. El tema que proponemos permitirá perfilar las distorsiones del modelo legal de flexibilidad interna puesto al servicio de la lógica económica.

Tabla de Contenidos

I. El pretendido paradigma de la flexiblidad interna.
II. La decisión empresarial de alterar sustancialmente el contrato de trabajo en interés de empresa.
1. El supuesto de hecho de la modificación sustancial de las condiciones laborales.
2. Las exigencias del modelo constitucional de relaciones laborales para alterar sustancialmente el contrato de trabajo por voluntad unilateral del empresario.
III. El modelo normativo de alteración sustancial de las condiciones de trabajo. Una lectura desde el interés de empresa compatible con la defensa del empleo.
1. La causa de la modificación al servicio de la defensa del empleo.
1.1. La organización unitaria de las decisiones de gestión empresarial. La necesaria presencia de la proporcionalidad.
1.2. El control judicial de la estructura de la causa. La relevancia del juicio de ponderación.
1.3. La organización articulada de las decisiones de gestión empresarial. La prioridad de las estrategias de flexibilidad interna.
2. El procedimiento en las modificaciones sustanciales del contrato. La gestión negociada a la luz de la seguridad en el empleo.
2.1. El periodo de consultas como proceso negociador para la autocomposición de los intereses enfrentados.
2.2. La gestión autónoma de las modificaciones sustanciales de las condiciones laborales en el marco de la Directiva comunitaria de despidos colectivos para eliminar o limitar las condiciones negativas en el empleo.


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El aspecto interno de la flexibilidad se ha convertido en una estructura nuclear en la ordenación de las relaciones laborales. Un modelo normativo que garantice la proporcionalidad de las decisiones empresariales de modificación sustancial de las condiciones de trabajo sitúa la institución en defensa del empleo. El tema que proponemos permitirá perfilar las distorsiones del modelo legal de flexibilidad interna puesto al servicio de la lógica económica.

Tabla de Contenidos

I. El pretendido paradigma de la flexiblidad interna.
II. La decisión empresarial de alterar sustancialmente el contrato de trabajo en interés de empresa.
1. El supuesto de hecho de la modificación sustancial de las condiciones laborales.
2. Las exigencias del modelo constitucional de relaciones laborales para alterar sustancialmente el contrato de trabajo por voluntad unilateral del empresario.
III. El modelo normativo de alteración sustancial de las condiciones de trabajo. Una lectura desde el interés de empresa compatible con la defensa del empleo.
1. La causa de la modificación al servicio de la defensa del empleo.
1.1. La organización unitaria de las decisiones de gestión empresarial. La necesaria presencia de la proporcionalidad.
1.2. El control judicial de la estructura de la causa. La relevancia del juicio de ponderación.
1.3. La organización articulada de las decisiones de gestión empresarial. La prioridad de las estrategias de flexibilidad interna.
2. El procedimiento en las modificaciones sustanciales del contrato. La gestión negociada a la luz de la seguridad en el empleo.
2.1. El periodo de consultas como proceso negociador para la autocomposición de los intereses enfrentados.
2.2. La gestión autónoma de las modificaciones sustanciales de las condiciones laborales en el marco de la Directiva comunitaria de despidos colectivos para eliminar o limitar las condiciones negativas en el empleo.


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