Diccionario panhispánico del español jurídico

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La apreciación de oficio de las consecuencias de la Nulidad. Comentario a la Cuestión prejudicial presentada por el TS en el Auto de 27 de noviembre de 2019

por Martín Fuster, José Manuel

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 53

En este trabajo se abordará la facultad del juez de apreciar de oficio no sólo la nulidad, sino sus consecuencias, examinando su compatibilidad con los principios claves de nuestro derecho procesal como son el principio de reformatio in peius y el de cosa juzgada. Y ello partiendo de la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo en fecha de 27 de noviembre de 2019, donde se plantea si se puede condenar de oficio al banco a devolver todo lo pagado de más por una cláusula suelo declarada nula si solo él recurre la sentencia que limitó esa condena, y siendo el pronunciamiento recurrido sólo lo relativo a las costas.

In this work we will analyze the faculty of the judge to assess of its own motion not only nullity, but its consequences, examining its compatibility with the key principles of our procedural law such as the principle of reformatio in peius and res judicata. And this, starting with the preliminary question raised by the Supreme Court on November 27, 2019, where it ask whether the bank can be sentenced ex officio to return all the overpaid for a floor clause declared void if only he appeals the sentence that limited that sentence, and being the pronouncement appealed only regarding the costs.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. LA CUESTIÓN PREJUDICIAL DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2019.
A. El supuesto del auto.
B. El planteamiento del Tribunal Supremo.
III. COMENTARIO.
A. La admisión de la apreciación de oficio y los principios procesales.
B. Límites a la apreciación de oficio: la cosa juzgada.
C. Apreciación de oficio de las consecuencias de la nulidad.
D. Imposibilidad de modificación del pronunciamiento no recurrido.
IV. CONCLUSIONES.


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En este trabajo se abordará la facultad del juez de apreciar de oficio no sólo la nulidad, sino sus consecuencias, examinando su compatibilidad con los principios claves de nuestro derecho procesal como son el principio de reformatio in peius y el de cosa juzgada. Y ello partiendo de la cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo en fecha de 27 de noviembre de 2019, donde se plantea si se puede condenar de oficio al banco a devolver todo lo pagado de más por una cláusula suelo declarada nula si solo él recurre la sentencia que limitó esa condena, y siendo el pronunciamiento recurrido sólo lo relativo a las costas.

In this work we will analyze the faculty of the judge to assess of its own motion not only nullity, but its consequences, examining its compatibility with the key principles of our procedural law such as the principle of reformatio in peius and res judicata. And this, starting with the preliminary question raised by the Supreme Court on November 27, 2019, where it ask whether the bank can be sentenced ex officio to return all the overpaid for a floor clause declared void if only he appeals the sentence that limited that sentence, and being the pronouncement appealed only regarding the costs.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.
II. LA CUESTIÓN PREJUDICIAL DE 27 DE NOVIEMBRE DE 2019.
A. El supuesto del auto.
B. El planteamiento del Tribunal Supremo.
III. COMENTARIO.
A. La admisión de la apreciación de oficio y los principios procesales.
B. Límites a la apreciación de oficio: la cosa juzgada.
C. Apreciación de oficio de las consecuencias de la nulidad.
D. Imposibilidad de modificación del pronunciamiento no recurrido.
IV. CONCLUSIONES.


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