Diccionario panhispánico del español jurídico

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Jubilación parcial y personal estatutario

por Salinas Molina, Fernando

Artículo
ISSN: 1696-6759
Ver otros artículos del mismo número: 22

El personal estatutario de los servicios de salud está encuadrado en el RGSS y sus normas no contienen distinción alguna en cuanto a las prestaciones a las que puedan tener acceso los trabajadores por cuenta ajena y/o el personal estatutario. En especial, no excluyen el acceso a la jubilación parcial del personal estatutario. Un sector doctrinal y la jurisprudencia unificadora han cuestionado tal posibilidad, en base a la inexistencia de desarrollo reglamentario específico para este colectivo. En este estudio se defiende, por el contrario, tal posibilidad de acceso en base, esencialmente, a que las normas reglamentarias en materia de seguridad social sobre la jubilación parcial (RD 1131/2002) son plenamente aplicables al personal estatutario y a que no se debe esperar un desarrollo reglamentario en los aspectos de la relación de servicios, pues está regulada de forma completa en normas de rango legal, en concreto en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003).

Tabla de Contenidos

1. Notas generales: concepto, normativa y finalidad.
2. Líneas básicas sobre la situación profesional y de seguridad social del empleado por cuenta ajena a su vez jubilado parcial y sobre la situación profesional, en su caso, del empleado relevista.
3. Contratos de trabajo o relaciones de servicio simultáneos, en su caso, con la jubilación parcial: contrato a tiempo parcial del jubilado parcial y contrato de relevo del trabajador relevista: interrelaciones e interconexiones.
3.1. Contrato a tiempo parcial del jubilado parcial.
3.2. Contrato de relevo del trabajador relevista.
4. Prestación contributiva de jubilación parcial.
4.1. Presupuestos generales de acceso.
4.2. Solicitud, tramitación, reconocimiento condicionado y efectos.
4.3. Hecho causante.
4.4. Compatibilidades.
4.5. Incompatibilidades.
4.6. Suspensión.
4.7. Extinción.
5. Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud y la jubilación parcial: normas afectantes a la jubilación del personal estatutario: aspectos funcionariales y de seguridad social.
6. Jubilación parcial del personal estatutario en la jurisprudencia unificadora: inaplicabilidad: la STS/IV de 22 de julio de 2009, con doctrina seguida por LA STS/IV de 9 de diciembre de 2009.
6.1. Circunstancias concretas del litigio objeto de análisis.
6.2. Contenido de la sentencia desestimatoria de la pretensión de jubilación parcial del personal estatutario.
7. La defensa de la aplicabilidad de la jubilación parcial al personal estatutario contenida en el voto particular a la STS/IV de 22 de julio de 2009.
7.1. Incidencia del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.
7.2. La no incidencia en la aplicabilidad de la jubilación parcial al personal estatutaria como consecuencia de lo dispuesto en las ulteriores ley 7/2007 del estatuto básico del empleado público y ley 40/2007 de 4 de diciembre de medidas en materia de seguridad social.
7.3. Conclusiones que se efectúan en el voto particular.


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El personal estatutario de los servicios de salud está encuadrado en el RGSS y sus normas no contienen distinción alguna en cuanto a las prestaciones a las que puedan tener acceso los trabajadores por cuenta ajena y/o el personal estatutario. En especial, no excluyen el acceso a la jubilación parcial del personal estatutario. Un sector doctrinal y la jurisprudencia unificadora han cuestionado tal posibilidad, en base a la inexistencia de desarrollo reglamentario específico para este colectivo. En este estudio se defiende, por el contrario, tal posibilidad de acceso en base, esencialmente, a que las normas reglamentarias en materia de seguridad social sobre la jubilación parcial (RD 1131/2002) son plenamente aplicables al personal estatutario y a que no se debe esperar un desarrollo reglamentario en los aspectos de la relación de servicios, pues está regulada de forma completa en normas de rango legal, en concreto en el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003).

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1. Notas generales: concepto, normativa y finalidad.
2. Líneas básicas sobre la situación profesional y de seguridad social del empleado por cuenta ajena a su vez jubilado parcial y sobre la situación profesional, en su caso, del empleado relevista.
3. Contratos de trabajo o relaciones de servicio simultáneos, en su caso, con la jubilación parcial: contrato a tiempo parcial del jubilado parcial y contrato de relevo del trabajador relevista: interrelaciones e interconexiones.
3.1. Contrato a tiempo parcial del jubilado parcial.
3.2. Contrato de relevo del trabajador relevista.
4. Prestación contributiva de jubilación parcial.
4.1. Presupuestos generales de acceso.
4.2. Solicitud, tramitación, reconocimiento condicionado y efectos.
4.3. Hecho causante.
4.4. Compatibilidades.
4.5. Incompatibilidades.
4.6. Suspensión.
4.7. Extinción.
5. Estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud y la jubilación parcial: normas afectantes a la jubilación del personal estatutario: aspectos funcionariales y de seguridad social.
6. Jubilación parcial del personal estatutario en la jurisprudencia unificadora: inaplicabilidad: la STS/IV de 22 de julio de 2009, con doctrina seguida por LA STS/IV de 9 de diciembre de 2009.
6.1. Circunstancias concretas del litigio objeto de análisis.
6.2. Contenido de la sentencia desestimatoria de la pretensión de jubilación parcial del personal estatutario.
7. La defensa de la aplicabilidad de la jubilación parcial al personal estatutario contenida en el voto particular a la STS/IV de 22 de julio de 2009.
7.1. Incidencia del estatuto marco del personal estatutario de los servicios de salud.
7.2. La no incidencia en la aplicabilidad de la jubilación parcial al personal estatutaria como consecuencia de lo dispuesto en las ulteriores ley 7/2007 del estatuto básico del empleado público y ley 40/2007 de 4 de diciembre de medidas en materia de seguridad social.
7.3. Conclusiones que se efectúan en el voto particular.


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