Diccionario panhispánico del español jurídico

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La obligación de contratar electrónicamente en la nueva Ley de Contratos del Sector Público y las plataformas de contratación electrónica

por Martínez Fernández, Jorge

Artículo
ISSN: 1696-6759
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Las plataformas de contratación electrónica serán los únicos sistemas capaces de gestionar digitalmente y de forma integral los procesos contractuales de las administraciones públicas. La interoperabilidad entre las aplicaciones o subsistemas informáticos que componen estas plataformas y las aplicaciones de otras administraciones resultará crítica para su adecuado funcionamiento interno. El establecimiento de puntos únicos de acceso a la información, la reutilización de las herramientas informáticas ya desarrolladas en la Plataforma de Contratación del Sector Público y la garantía de prestación conjunta de servicios digitales por las administraciones públicas eliminarán las barreras de acceso a las licitaciones electrónicas.

Tabla de Contenidos

1. Introducción.
2. Obligatoriedad de la contratación electrónica.
2.1. Anticipación de la obligación de contratación electrónica respecto a los plazos previstos a nivel comunitario.
2.2. Extensión de la obligación de contratación electrónica a todos los contratos y no solo a los contratos sujetos a regulación armonizada y a todos los licitadores y contratistas.
2.3. Supuestos en que pueden presentarse ofertas o solicitudes de participación en soporte distinto al electrónico.
2.4. Anticipos de caja fija y expedientes iniciados y contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
2.5. Implementación de la obligación de contratar electrónicamente en el sector público.
3. Las plataformas de contratación electrónica.
3.1. Concepto de plataforma de contratación electrónica.
3.2. Subsistemas de la plataforma de contratación electrónica.
3.3. Subsistema para las relaciones ad intra de la plataforma de contratación electrónica.
3.3.1. Tramitador de expedientes de contratación electrónica.
3.3.2. Interoperabilidad entre aplicaciones informáticas de distintas administraciones públicas con especial referencia al ROLECE.
3.4. Subsistema para las relaciones ad extra de la plataforma de contratación electrónica.
3.4.1. El perfil de contratante.
3.4.2. Herramientas y dispositivos de recepción electrónica de ofertas.
3.4.3. Comunicaciones electrónicas.
4. Conclusiones.


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Las plataformas de contratación electrónica serán los únicos sistemas capaces de gestionar digitalmente y de forma integral los procesos contractuales de las administraciones públicas. La interoperabilidad entre las aplicaciones o subsistemas informáticos que componen estas plataformas y las aplicaciones de otras administraciones resultará crítica para su adecuado funcionamiento interno. El establecimiento de puntos únicos de acceso a la información, la reutilización de las herramientas informáticas ya desarrolladas en la Plataforma de Contratación del Sector Público y la garantía de prestación conjunta de servicios digitales por las administraciones públicas eliminarán las barreras de acceso a las licitaciones electrónicas.

Tabla de Contenidos

1. Introducción.
2. Obligatoriedad de la contratación electrónica.
2.1. Anticipación de la obligación de contratación electrónica respecto a los plazos previstos a nivel comunitario.
2.2. Extensión de la obligación de contratación electrónica a todos los contratos y no solo a los contratos sujetos a regulación armonizada y a todos los licitadores y contratistas.
2.3. Supuestos en que pueden presentarse ofertas o solicitudes de participación en soporte distinto al electrónico.
2.4. Anticipos de caja fija y expedientes iniciados y contratos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley.
2.5. Implementación de la obligación de contratar electrónicamente en el sector público.
3. Las plataformas de contratación electrónica.
3.1. Concepto de plataforma de contratación electrónica.
3.2. Subsistemas de la plataforma de contratación electrónica.
3.3. Subsistema para las relaciones ad intra de la plataforma de contratación electrónica.
3.3.1. Tramitador de expedientes de contratación electrónica.
3.3.2. Interoperabilidad entre aplicaciones informáticas de distintas administraciones públicas con especial referencia al ROLECE.
3.4. Subsistema para las relaciones ad extra de la plataforma de contratación electrónica.
3.4.1. El perfil de contratante.
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3.4.3. Comunicaciones electrónicas.
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