Diccionario panhispánico del español jurídico

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¿Hacia una responsabilidad objetiva del Estado que «no puede» combatir el terrorismo internacional?

por Cocchini, Andrea

Artículo
ISSN: 0212-0747
Pamplona Universidad de Navarra 2019
Ver otros artículos del mismo número: Número 35, 2019

La vertiente siria de la operación Determinación absoluta contra la organización terrorista del Daesh ha vuelto a poner sobre el tapete la licitud de la teoría del Estado que «no quiere o no puede» combatir de manera eficaz las organizaciones terroristas presentes en su territorio. A partir de los atentados del 11-S, la práctica de los Estados ha demostrado una tendencia creciente a ensanchar los límites del derecho de legítima defensa del artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. En el presente estudio se sostiene que, después de una primera ampliación (posterior al 11-S) de la legítima defensa, está dándose una segunda que, fundamentada en la teoría del Estado que «no quiere o no puede», justificaría el recurso a la fuerza militar frente a la responsabilidad objetiva o indirecta del Estado territorial.

Tabla de Contenidos

1. INTRODUCCIÓN. 2. LA REAPARACIÓN DE LA TEORÍA DEL ESTADO QUE «NO QUIERE O NO PUEDE» COMBATIR EL TERRORISMO FRENTE A LA CONSOLIDACIÓN DEL DAESH. 3. LA ATRIBUCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DIRECTA AL ESTADO TERRITORIAL POR LOS ACTOS TERRORISTAS ORIGINADOS BAJO SU JURISDICCIÓN. 4. LA CRISIS SIN REMEDIO DE LOS CRITERIOS TÍPICOS DE ATRIBUCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL FRENTE AL TERRORISMO CONTEMPORÁNEO. 5. LA LEGÍTIMA DEFENSA EN SIRIA: ¿UNA RESPONSABILIDAD OBJETIVA INTERNACIONAL DEL ESTADO QUE «NO PUEDE» COMBATIR EL TERRORISMO EN SU TERRITORIO? 6. CONCLUSIONES. 7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS PRINCIPALES.


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La vertiente siria de la operación Determinación absoluta contra la organización terrorista del Daesh ha vuelto a poner sobre el tapete la licitud de la teoría del Estado que «no quiere o no puede» combatir de manera eficaz las organizaciones terroristas presentes en su territorio. A partir de los atentados del 11-S, la práctica de los Estados ha demostrado una tendencia creciente a ensanchar los límites del derecho de legítima defensa del artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas. En el presente estudio se sostiene que, después de una primera ampliación (posterior al 11-S) de la legítima defensa, está dándose una segunda que, fundamentada en la teoría del Estado que «no quiere o no puede», justificaría el recurso a la fuerza militar frente a la responsabilidad objetiva o indirecta del Estado territorial.

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1. INTRODUCCIÓN. 2. LA REAPARACIÓN DE LA TEORÍA DEL ESTADO QUE «NO QUIERE O NO PUEDE» COMBATIR EL TERRORISMO FRENTE A LA CONSOLIDACIÓN DEL DAESH. 3. LA ATRIBUCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD DIRECTA AL ESTADO TERRITORIAL POR LOS ACTOS TERRORISTAS ORIGINADOS BAJO SU JURISDICCIÓN. 4. LA CRISIS SIN REMEDIO DE LOS CRITERIOS TÍPICOS DE ATRIBUCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD INTERNACIONAL FRENTE AL TERRORISMO CONTEMPORÁNEO. 5. LA LEGÍTIMA DEFENSA EN SIRIA: ¿UNA RESPONSABILIDAD OBJETIVA INTERNACIONAL DEL ESTADO QUE «NO PUEDE» COMBATIR EL TERRORISMO EN SU TERRITORIO? 6. CONCLUSIONES. 7. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS PRINCIPALES.


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