Diccionario panhispánico del español jurídico

Código de Personal Educativo (Centros Docentes)

por Administración General del Estado

Libro
ISBN: 9788434024106
Tabla de Contenidos

1. NOTA DE AUTOR.

2.- CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:
- Constitución Española (parcial).

3.- NORMAS GENERALES:
- Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
- Ley Orgánica de Universidades.
- Ley Orgánica de Educación.
- Racionalización del gasto público en el ámbito educativo (parcial).
- Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado.

4.-RÉGIMEN PERSONAL UNIVERSITARIO:
- Desarrollo del artículo 45.1 de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria.
- Régimen del profesorado universitario.
- Retribuciones del profesorado universitario.
- Cuantía del componente por méritos docentes.
- Procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora.
- Bases comunes evaluación de la actividad investigadora del personal investigador.
- Procedimiento para la obtención de la evaluación de la ANECA.
- Régimen del profesorado contratado de la U.N.E.D.
- Presentación de solicitudes de evaluación o informe de la ANECA.
- Reglamento de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
- Acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
- Regulación del régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.
- Contratación excepcional de profesores colaboradores.
- Evaluación de la actividad investigadora del personal investigador en formación.
- Estatuto de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
- Órganos adscritos a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
- Obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes.
- Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

5.- RÉGIMEN PERSONAL NO UNIVERSITARIO.

5.1.- PERSONAL DOCENTE:
- Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de F.P.
- Régimen de contratación de profesores especialistas.
- Integración en el Cuerpo de Maestros de Profesores de E.G.B. de Instituciones Penitenciarias.
- Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas.
- Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en cuerpos docentes.
- Títulos universitarios oficiales que habiliten para ejercicio de las profesiones de Profesor.
- Ejercicio de la docencia en educación secundaria obligatoria, el bachillerato y F.P.
- Especialidades de Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Formación inicial del profesorado de centros privados para ejercer la docencia.
- Concurso de traslados de ámbito estatal entre personal de cuerpos docentes.
- Formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica.
- Especialidades del Cuerpo de Maestros con funciones en Educación Infantil y de Primaria.
- Especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
- Especialidades docentes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
- Cualificación de maestros de centros privados de Educación Infantil y Primaria.
- Equivalencia de titulaciones a las exigidas en Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller.

5.2.- DIRECCIÓN DE CENTROS:
- Acreditación para el ejercicio de la Dirección en los centros docentes públicos.
- Características del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva.
- Consolidación del complemento específico de los directores de centros docentes públicos.

5.3.- PERSONAL NO DOCENTE:
- Personal vario que presta servicios en Centros públicos docentes no universitarios.

5.4.- INSPECCIÓN EDUCATIVA:
- Normas de acceso y la provisión de puestos en el Cuerpo de Inspectores de Educación.
- Organización y funcionamiento de la Inspección de Educación.

6.- ENSEÑANZAS RELIGIOSAS:
- Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales.
- Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
- Acuerdo de Cooperación Estado con Federación de Entidades Religiosas Evangélicas (parcial).
- Acuerdo de Cooperación Estado con Federación de Comunidades Israelitas (parcial).
- Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España (parcial).
- Participación de Profesores de enseñanza religiosa en órganos de gobierno de Centros.
- Regulación de la relación laboral de los profesores de religión.

7.- CENTROS DE EDUCACIÓN EN EL EXTERIOR:
- Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior.
- Provisión de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el exterior.
- Permanencia y prórroga de Asesores Técnicos y personal docente destinados en el exterior.
- Acción educativa en el exterior.
- Formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad.
- Suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros.
- Comunicaciones por medios electrónicos convocatorias movilidad y formación de profesorado.

8.- LEGISLACIÓN AUTONOMICA.

PAÍS VASCO:
- Ley del Sistema Universitario Vasco (parcial).

CATALUÑA:
- Ley de Universidades de Cataluña (parcial).
- Ley de Educación (parcial).

GALICIA:
- Ley de convivencia y participación de la comunidad educativa.
- Ley del Sistema universitario de Galicia (parcial).

ANDALUCÍA:
- Ley de Educación de Andalucía (parcial).
- Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (parcial).
- Ley de Reconocimiento de Autoridad del Profesorado.

PRINCIPADO DE ASTURIAS:
- Ley de medidas de autoridad del profesorado.

CANTABRIA:
- Ley de Educación de Cantabria (parcial).

REGIÓN DE MURCIA:
- Ley de Universidades de la Región de Murcia (parcial).
- Ley de Autoridad Docente de la Región de Murcia.

COMUNIDAD VALENCIANA:
- Ley de Autoridad del Profesorado.

ARAGÓN:
- Ley de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón (parcial).
- Ley de autoridad del profesorado de Aragón.

CASTILLA-LA MANCHA:
- Ley de Participación Social en la Educación en Castilla-La Mancha.
- Ley de Educación de Castilla-La Mancha (parcial).
- Ley de autoridad del profesorado.

EXTREMADURA:
- Ley de educación de Extremadura (parcial).

MADRID:
- Ley de Autoridad del Profesor.
- Ley Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid.

CASTILLA Y LEÓN:
Ley de Universidades de Castilla y León (parcial).
Ley de autoridad del profesorado.


  • Número de páginas: 1122

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Tabla de Contenidos

1. NOTA DE AUTOR.

2.- CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA:
- Constitución Española (parcial).

3.- NORMAS GENERALES:
- Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación.
- Ley Orgánica de Universidades.
- Ley Orgánica de Educación.
- Racionalización del gasto público en el ámbito educativo (parcial).
- Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
- Incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado.

4.-RÉGIMEN PERSONAL UNIVERSITARIO:
- Desarrollo del artículo 45.1 de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria.
- Régimen del profesorado universitario.
- Retribuciones del profesorado universitario.
- Cuantía del componente por méritos docentes.
- Procedimiento para la evaluación de la actividad investigadora.
- Bases comunes evaluación de la actividad investigadora del personal investigador.
- Procedimiento para la obtención de la evaluación de la ANECA.
- Régimen del profesorado contratado de la U.N.E.D.
- Presentación de solicitudes de evaluación o informe de la ANECA.
- Reglamento de la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora.
- Acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.
- Regulación del régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios.
- Contratación excepcional de profesores colaboradores.
- Evaluación de la actividad investigadora del personal investigador en formación.
- Estatuto de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
- Órganos adscritos a la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.
- Obligatoriedad de utilizar medios electrónicos para la presentación de solicitudes.
- Estatuto del personal investigador predoctoral en formación.

5.- RÉGIMEN PERSONAL NO UNIVERSITARIO.

5.1.- PERSONAL DOCENTE:
- Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria y Profesores Técnicos de F.P.
- Régimen de contratación de profesores especialistas.
- Integración en el Cuerpo de Maestros de Profesores de E.G.B. de Instituciones Penitenciarias.
- Cuerpos de Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas.
- Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en cuerpos docentes.
- Títulos universitarios oficiales que habiliten para ejercicio de las profesiones de Profesor.
- Ejercicio de la docencia en educación secundaria obligatoria, el bachillerato y F.P.
- Especialidades de Cuerpos de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
- Formación inicial del profesorado de centros privados para ejercer la docencia.
- Concurso de traslados de ámbito estatal entre personal de cuerpos docentes.
- Formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica.
- Especialidades del Cuerpo de Maestros con funciones en Educación Infantil y de Primaria.
- Especialidades docentes del Cuerpo de Catedráticos de Música y Artes Escénicas.
- Especialidades docentes del Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas.
- Cualificación de maestros de centros privados de Educación Infantil y Primaria.
- Equivalencia de titulaciones a las exigidas en Cuerpos de Profesores y Maestros de Taller.

5.2.- DIRECCIÓN DE CENTROS:
- Acreditación para el ejercicio de la Dirección en los centros docentes públicos.
- Características del curso de formación sobre el desarrollo de la función directiva.
- Consolidación del complemento específico de los directores de centros docentes públicos.

5.3.- PERSONAL NO DOCENTE:
- Personal vario que presta servicios en Centros públicos docentes no universitarios.

5.4.- INSPECCIÓN EDUCATIVA:
- Normas de acceso y la provisión de puestos en el Cuerpo de Inspectores de Educación.
- Organización y funcionamiento de la Inspección de Educación.

6.- ENSEÑANZAS RELIGIOSAS:
- Acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre Enseñanza y Asuntos Culturales.
- Ley Orgánica de Libertad Religiosa.
- Acuerdo de Cooperación Estado con Federación de Entidades Religiosas Evangélicas (parcial).
- Acuerdo de Cooperación Estado con Federación de Comunidades Israelitas (parcial).
- Acuerdo de Cooperación del Estado con la Comisión Islámica de España (parcial).
- Participación de Profesores de enseñanza religiosa en órganos de gobierno de Centros.
- Regulación de la relación laboral de los profesores de religión.

7.- CENTROS DE EDUCACIÓN EN EL EXTERIOR:
- Administración del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el exterior.
- Provisión de las vacantes en centros, programas y asesorías técnicas en el exterior.
- Permanencia y prórroga de Asesores Técnicos y personal docente destinados en el exterior.
- Acción educativa en el exterior.
- Formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad.
- Suscripción de convenios de colaboración con instituciones titulares de centros extranjeros.
- Comunicaciones por medios electrónicos convocatorias movilidad y formación de profesorado.

8.- LEGISLACIÓN AUTONOMICA.

PAÍS VASCO:
- Ley del Sistema Universitario Vasco (parcial).

CATALUÑA:
- Ley de Universidades de Cataluña (parcial).
- Ley de Educación (parcial).

GALICIA:
- Ley de convivencia y participación de la comunidad educativa.
- Ley del Sistema universitario de Galicia (parcial).

ANDALUCÍA:
- Ley de Educación de Andalucía (parcial).
- Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades (parcial).
- Ley de Reconocimiento de Autoridad del Profesorado.

PRINCIPADO DE ASTURIAS:
- Ley de medidas de autoridad del profesorado.

CANTABRIA:
- Ley de Educación de Cantabria (parcial).

REGIÓN DE MURCIA:
- Ley de Universidades de la Región de Murcia (parcial).
- Ley de Autoridad Docente de la Región de Murcia.

COMUNIDAD VALENCIANA:
- Ley de Autoridad del Profesorado.

ARAGÓN:
- Ley de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón (parcial).
- Ley de autoridad del profesorado de Aragón.

CASTILLA-LA MANCHA:
- Ley de Participación Social en la Educación en Castilla-La Mancha.
- Ley de Educación de Castilla-La Mancha (parcial).
- Ley de autoridad del profesorado.

EXTREMADURA:
- Ley de educación de Extremadura (parcial).

MADRID:
- Ley de Autoridad del Profesor.
- Ley Maestra de Libertad de Elección Educativa de la Comunidad de Madrid.

CASTILLA Y LEÓN:
Ley de Universidades de Castilla y León (parcial).
Ley de autoridad del profesorado.


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