¿Indemnización o retroceso? La saga continua: un nuevo paso atrás en la regulación del personal investigador predoctoral.
La figura del personal investigador predoctoral ha estado durante años devaluada y, por tanto, sujeta a un régimen peculiar que venía a precarizar a este colectivo. Posteriormente, el legislador se percató de que la investigación constituía un elemento importante para la sociedad, siendo así esencial para el progreso de la colectividad, de ahí que buscara proveer a este grupo de un estatuto jurídico regulador. A pesar de los avances y de la lucha que este débil sector ha impulsado en los últimos años, todavía no ha logrado una dignificación de sus condiciones de trabajo y, menos aún, un verdadero reconocimiento de su actividad como laboral. De ahí que todavía se cuestionen aspectos tales como el de la indemnización por finalización del contrato predoctoral. El silencio que guarda, en este punto, el Estatuto del personal investigador en formación constituye fiel reflejo de esa falta de voluntad legislativa, lo que ha llevado a efectuar aplicaciones contradictorias por parte de las distintas Universidades Públicas. Ciertamente, se trata ésta de una cuestión sujeta a dudas interpretativas y que se ha visto desvanecida tras la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2020.
La figura del personal investigador predoctoral ha estado durante años devaluada y, por tanto, sujeta a un régimen peculiar que venía a precarizar a este colectivo. Posteriormente, el legislador se percató de que la investigación constituía un elemento importante para la sociedad, siendo así esencial para el progreso de la colectividad, de ahí que buscara proveer a este grupo de un estatuto jurídico regulador. A pesar de los avances y de la lucha que este débil sector ha impulsado en los últimos años, todavía no ha logrado una dignificación de sus condiciones de trabajo y, menos aún, un verdadero reconocimiento de su actividad como laboral. De ahí que todavía se cuestionen aspectos tales como el de la indemnización por finalización del contrato predoctoral. El silencio que guarda, en este punto, el Estatuto del personal investigador en formación constituye fiel reflejo de esa falta de voluntad legislativa, lo que ha llevado a efectuar aplicaciones contradictorias por parte de las distintas Universidades Públicas. Ciertamente, se trata ésta de una cuestión sujeta a dudas interpretativas y que se ha visto desvanecida tras la sentencia del Tribunal Supremo de 13 de octubre de 2020.