Diccionario panhispánico del español jurídico

El acompañamiento de hijos y familiares a la consulta médica no constituye un deber inexcusable de carácter público y personal que genere permiso retribuido.

por Viqueira Pérez, Carmen

Artículo
ISSN: 2659-787X
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Al hilo del análisis de la licitud de la normativa empresarial acerca del disfrute de las vacaciones y los permisos, la sentencia resuelve que el acompañamiento a los servicios sanitarios de determinados familiares (menores y familiares no autosuficientes) no constituye para el trabajador el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal y, por ende, no genera el permiso regulado en el art. 37.3.d ET.



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Al hilo del análisis de la licitud de la normativa empresarial acerca del disfrute de las vacaciones y los permisos, la sentencia resuelve que el acompañamiento a los servicios sanitarios de determinados familiares (menores y familiares no autosuficientes) no constituye para el trabajador el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal y, por ende, no genera el permiso regulado en el art. 37.3.d ET.


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