Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

Restricciones de derechos fundamentales de los internos en centros penitenciarios

por Solar Calvo, Puerto

Libro
ISBN: 9788490317754
Madrid Dykinson 2013

Supongo que eso que llaman madurar, crecer como persona, hacerse mayor en ideas y planteamientos, implica, entre otras muchas cosas que aún no he descubierto y espero descubrir, sufrir cambios de perspectiva fundamentados no sólo en nuevas teorías aprendidas, sino también en lo sentido y vivido. Y digo sufrir, porque tomándonos el tiempo suficiente para darnos cuenta de ello, el día a día nos confronta con el bagaje acumulado, nos cuestiona acerca del acierto de las posturas que mantenemos, nos obliga, si somos honestos, a dudar de los criterios que utilizamos en cada actuación que llevamos a cabo. Contando con las limitaciones que mi corta experiencia supone, la realidad de las prisiones, tan rica en supuestos y experiencias distintas, me ha obligado a replantearme muchas de las ideas que previamente defendía. Además, un campo de actuación tan controvertido como el de la delincuencia y sus consecuencias, de actualidad mediática recurrente, no puede más que generar discusiones apasionadas en las que los principios y orígenes de lo que manteníamos se ven constantemente influenciados. Siendo así las cosas, continúo defendiendo como fundamental la necesidad de que las personas presas sean tratadas en ese orden, primero como personas y luego como presas. Me reitero en lo acertado del sistema español, que prima la función resocializadora sobre la meramente represiva. E invito, con el mayor respeto, a que todas aquellas voces que critican el sistema actual por su carácter atemperado y escasamente rígido, pasen un pequeño periodo de internamiento en cualquiera de nuestras prisiones. Sólo así se puede vivir de primera mano lo que suponen no sólo las limitaciones meramente materiales que todo encarcelamiento conlleva, sino las de carácter simbólico y consecuencia brutal que dejan huella indeleble en la mente de quien las sufre. Pues, a pesar de la literatura en contra, contamos con un sistema penal y de ejecución lo suficientemente duro. Y sin embargo, hoy reconozco, y he aquí la evolución personal a la que antes aludía, que nuestra Legislación Penitenciaria también comete errores. Algo falla en el sistema de primacía del tratamiento. Algo no acaba de encajar en una norma que permite reconducir restricciones de derechos fundamentales a meros resultados tratamentales. En este sentido, las siguientes páginas exponen el análisis crítico de todo ello. Por un lado, suponen el repaso a las diferentes formas de restringir los derechos fundamentales de los internos en prisión, - distinguiendo el régimen disciplinario, los medios coercitivos, restricciones propias del Fichero FIES, limitaciones regimentales del Art. 75 RP y las estrictamente tratamentales del primer grado -. Pero ello desde un destacado prisma general en que las carencias detectadas se dan la mano con la interpretación que se hace del sistema de individualización científica y primacía del tratamiento

Tabla de Contenidos

I. PRESENTACIÓN
II. RELACIÓN ENTRE RÉGIMEN Y TRATAMIENTO EN LA LOGP
III. RESTRICCIONES DE DERECHOS Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO
IV. OTRAS RESTRICCIONES DE DERECHOS
V. PERSPECTIVAS DE FUTURO: APLICACIÓN DE LA MEDIACIÓN EN EL ÁMBITO PENITENCIARIO
VI. CONCLUSIÓN


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 408 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Supongo que eso que llaman madurar, crecer como persona, hacerse mayor en ideas y planteamientos, implica, entre otras muchas cosas que aún no he descubierto y espero descubrir, sufrir cambios de perspectiva fundamentados no sólo en nuevas teorías aprendidas, sino también en lo sentido y vivido. Y digo sufrir, porque tomándonos el tiempo suficiente para darnos cuenta de ello, el día a día nos confronta con el bagaje acumulado, nos cuestiona acerca del acierto de las posturas que mantenemos, nos obliga, si somos honestos, a dudar de los criterios que utilizamos en cada actuación que llevamos a cabo. Contando con las limitaciones que mi corta experiencia supone, la realidad de las prisiones, tan rica en supuestos y experiencias distintas, me ha obligado a replantearme muchas de las ideas que previamente defendía. Además, un campo de actuación tan controvertido como el de la delincuencia y sus consecuencias, de actualidad mediática recurrente, no puede más que generar discusiones apasionadas en las que los principios y orígenes de lo que manteníamos se ven constantemente influenciados. Siendo así las cosas, continúo defendiendo como fundamental la necesidad de que las personas presas sean tratadas en ese orden, primero como personas y luego como presas. Me reitero en lo acertado del sistema español, que prima la función resocializadora sobre la meramente represiva. E invito, con el mayor respeto, a que todas aquellas voces que critican el sistema actual por su carácter atemperado y escasamente rígido, pasen un pequeño periodo de internamiento en cualquiera de nuestras prisiones. Sólo así se puede vivir de primera mano lo que suponen no sólo las limitaciones meramente materiales que todo encarcelamiento conlleva, sino las de carácter simbólico y consecuencia brutal que dejan huella indeleble en la mente de quien las sufre. Pues, a pesar de la literatura en contra, contamos con un sistema penal y de ejecución lo suficientemente duro. Y sin embargo, hoy reconozco, y he aquí la evolución personal a la que antes aludía, que nuestra Legislación Penitenciaria también comete errores. Algo falla en el sistema de primacía del tratamiento. Algo no acaba de encajar en una norma que permite reconducir restricciones de derechos fundamentales a meros resultados tratamentales. En este sentido, las siguientes páginas exponen el análisis crítico de todo ello. Por un lado, suponen el repaso a las diferentes formas de restringir los derechos fundamentales de los internos en prisión, - distinguiendo el régimen disciplinario, los medios coercitivos, restricciones propias del Fichero FIES, limitaciones regimentales del Art. 75 RP y las estrictamente tratamentales del primer grado -. Pero ello desde un destacado prisma general en que las carencias detectadas se dan la mano con la interpretación que se hace del sistema de individualización científica y primacía del tratamiento

Tabla de Contenidos

I. PRESENTACIÓN
II. RELACIÓN ENTRE RÉGIMEN Y TRATAMIENTO EN LA LOGP
III. RESTRICCIONES DE DERECHOS Y RÉGIMEN DISCIPLINARIO
IV. OTRAS RESTRICCIONES DE DERECHOS
V. PERSPECTIVAS DE FUTURO: APLICACIÓN DE LA MEDIACIÓN EN EL ÁMBITO PENITENCIARIO
VI. CONCLUSIÓN


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 408 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

Otros usuarios también leyeron