Diccionario panhispánico del español jurídico

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La efectividad de las pruebas penales obtenidas en el marco de la futura normativa europea relativa a la obtención y conservación de pruebas electrónicas

por Cuadrado Salinas, Carmen

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2021
Ver otros artículos del mismo número: 55

La misma realidad virtual que, en no pocos casos, nos ha servido de tabla de salvación durante los meses de confinamiento que ha sufrido la humanidad en tiempos del COVID-19, y que nos ha permitido comunicarnos con nuestros seres queridos, y para obtener servicios y bienes que de otra forma era imposible adquirir, está dificultando de forma inquietante la investigación y persecución penal del delito y, de forma específica, la obtención de pruebas cuando las mismas se encuentran almacenadas por proveedores de servicios radicados en países no pertenecientes a la UE. La formulación de instrumentos jurídicos a nivel europeo, curiosamente pensados en una era pre COVID, puede servir para paliar estas dificultades de obtención de pruebas de un delito de naturaleza transnacional. En este artículo se analizan las ventajas de dicho diseño, pero también se pone de manifiesto las deficiencias que, en caso de no ser tenidas en cuenta por el legislador europeo, puede dar al traste con la finalidad para la que están previstas.

Tabla de Contenidos

1. Introducción
2. La investigación digital. Su interpretación a la luz (y las sombras) del Convenio Europeo sobre Cibercrimen
3. ¿Reemplazo de la Orden de Investigación Europea?
4. La obtención de pruebas digitales a través de la futura Orden Europea de entrega de pruebas electrónicas
4.1. La designación de representantes legales a los efectos de recabar pruebas para los procesos penales
4.2. Las órdenes europeas de entrega y conservación de pruebas electrónicas a efectos del proceso penal
4.3. A modo de CONCLUSIÓN Breve apunte sobre la espinosa cuestión acerca de la admisibilidad de la prueba obtenida a través de las Órdenes Europeas de Entrega y Conservación de Pruebas Electrónicas
5. BIBLIOGRAFÍA.


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La misma realidad virtual que, en no pocos casos, nos ha servido de tabla de salvación durante los meses de confinamiento que ha sufrido la humanidad en tiempos del COVID-19, y que nos ha permitido comunicarnos con nuestros seres queridos, y para obtener servicios y bienes que de otra forma era imposible adquirir, está dificultando de forma inquietante la investigación y persecución penal del delito y, de forma específica, la obtención de pruebas cuando las mismas se encuentran almacenadas por proveedores de servicios radicados en países no pertenecientes a la UE. La formulación de instrumentos jurídicos a nivel europeo, curiosamente pensados en una era pre COVID, puede servir para paliar estas dificultades de obtención de pruebas de un delito de naturaleza transnacional. En este artículo se analizan las ventajas de dicho diseño, pero también se pone de manifiesto las deficiencias que, en caso de no ser tenidas en cuenta por el legislador europeo, puede dar al traste con la finalidad para la que están previstas.

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1. Introducción
2. La investigación digital. Su interpretación a la luz (y las sombras) del Convenio Europeo sobre Cibercrimen
3. ¿Reemplazo de la Orden de Investigación Europea?
4. La obtención de pruebas digitales a través de la futura Orden Europea de entrega de pruebas electrónicas
4.1. La designación de representantes legales a los efectos de recabar pruebas para los procesos penales
4.2. Las órdenes europeas de entrega y conservación de pruebas electrónicas a efectos del proceso penal
4.3. A modo de CONCLUSIÓN Breve apunte sobre la espinosa cuestión acerca de la admisibilidad de la prueba obtenida a través de las Órdenes Europeas de Entrega y Conservación de Pruebas Electrónicas
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