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La pugna sobre la prevalencia del estado de alarma o de los poderes de necesidad de la legislación sanitaria como expresión de las diferencias sobre el estado autonómico
En el contexto de la pandemia de la covid-19, algunos sectores doctrinales han entendido que el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (LOMESP) no cumple con la exigencia constitucional de predeterminación normativa, por lo que no puede servir como fundamento para que las Comunidades Autónomas (CCAA) puedan restringir derechos fundamentales. Esta interpretación encomienda en esta última posibilidad al estado de alarma, por lo que sólo el Gobierno central puede adoptar o permitir la adopción de tales medidas, necesarias para proteger la vida de millones de personas frente a un gravísimo riesgo, o bien plantea una reforma del marco legal para precisar con detalle los supuestos habilitantes previstos en la legislación sanitaria [...]
1. INTRODUCCIÓN
2. LOS ARGUMENTOS DE LAS POSICIONES FAVORABLES A LA NECESIDAD DE DECLARAR EL ESTADO DE ALARMA COMO PRESUPUESTO PARA LA AFECTACIÓN GENERAL DE DERECHOS
3. LOS ARGUMENTOS FAVORABLES A LA INTERVENCIÓN AUTONÓMICA Y A LA VIRTUALIDAD DE LOS PODERES DE NECESIDAD QUE OTORGA EL DERECHO DE CRISIS ORDINARIO
4. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PUEDEN ADOPTAR MEDIDAS RESTRICTIVAS DE DERECHOS FUNDAMENTALES NECESARIAS Y PROPORCIONADAS PARA PROTEGER LA VIDA, Y SUJETAS A CONTROL JUDICIAL
5. CODA
- Formato: PDF
- Número de páginas: 12
- Tamaño: 1.095 Kb.
En el contexto de la pandemia de la covid-19, algunos sectores doctrinales han entendido que el artículo 3 de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública (LOMESP) no cumple con la exigencia constitucional de predeterminación normativa, por lo que no puede servir como fundamento para que las Comunidades Autónomas (CCAA) puedan restringir derechos fundamentales. Esta interpretación encomienda en esta última posibilidad al estado de alarma, por lo que sólo el Gobierno central puede adoptar o permitir la adopción de tales medidas, necesarias para proteger la vida de millones de personas frente a un gravísimo riesgo, o bien plantea una reforma del marco legal para precisar con detalle los supuestos habilitantes previstos en la legislación sanitaria [...]
1. INTRODUCCIÓN
2. LOS ARGUMENTOS DE LAS POSICIONES FAVORABLES A LA NECESIDAD DE DECLARAR EL ESTADO DE ALARMA COMO PRESUPUESTO PARA LA AFECTACIÓN GENERAL DE DERECHOS
3. LOS ARGUMENTOS FAVORABLES A LA INTERVENCIÓN AUTONÓMICA Y A LA VIRTUALIDAD DE LOS PODERES DE NECESIDAD QUE OTORGA EL DERECHO DE CRISIS ORDINARIO
4. LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS PUEDEN ADOPTAR MEDIDAS RESTRICTIVAS DE DERECHOS FUNDAMENTALES NECESARIAS Y PROPORCIONADAS PARA PROTEGER LA VIDA, Y SUJETAS A CONTROL JUDICIAL
5. CODA
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