Diccionario panhispánico del español jurídico

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La responsabilidad patrimonial de la administración en la contratación pública

por Valenzuela Ortego, Daniel

Artículo
ISSN: 2386-8104
Ver otros artículos del mismo número: 29

La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública se erige como uno de los elementos esenciales del Derecho Administrativo constituyendo una de las garantías principales de los ciudadanos para la reparación de los daños, que el funcionamiento de un servicio público le haya causado, mediante el pago de una indemnización.
Se trata de un sistema que ha evolucionado constantemente desde su previsión original al que nos encontramos en nuestros días, integrado por unos elementos esenciales que debe de reunir la lesión y la existencia de un nexo causal entre los daños y el funcionamiento de la Administración.

Especial atención merece el ámbito de la contratación pública, pues además de tratarse de uno de los principales factores y causantes de las reclamaciones, por parte de los ciudadanos perjudicados, ostenta sus particularidades respecto de la imputación de la responsabilidad a contratistas y concesionarios cuando media la existencia de la ejecución de un contrato público.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.

II. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y LA CONTRATACIÓN PÚBLICA:
1. ORÍGEN NORMATIVO DEL ACTUAL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
2. CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL PRINCIPIO GENERAL DE RESPONSABILIDAD
3. DESARROLLO NORMATIVO POSTERIOR HASTA LA ACTUALIDAD.

III. CARACTERES GENERALES Y ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL:
1. CARACTERES GENERALES.
A) Sistema unitario.
B) Sistema de responsabilidad general.
C) Sistema de responsabilidad directa.
D) Sistema de responsabilidad objetiva.
E) Sistema tendente a la reparación integral.
2. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
A) Elementos subjetivos.
B) Elementos objetivos.

IV. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
1. REGULACIÓN:
2. DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS. IMPUTACIÓN DEL DAÑO.
A) Imputación de la responsabilidad a contratistas y concesionarios.
B) Imputación de la responsabilidad a la Administración Pública.
C) Título de imputación según el tipo de contrato.
3. DAÑOS CAUSADOS A CONTRATISTAS.

V. CONCLUSIONES.

VI. BIBLIOGRAFÍA.

ABREVIATURAS.


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La responsabilidad patrimonial de la Administración Pública se erige como uno de los elementos esenciales del Derecho Administrativo constituyendo una de las garantías principales de los ciudadanos para la reparación de los daños, que el funcionamiento de un servicio público le haya causado, mediante el pago de una indemnización.
Se trata de un sistema que ha evolucionado constantemente desde su previsión original al que nos encontramos en nuestros días, integrado por unos elementos esenciales que debe de reunir la lesión y la existencia de un nexo causal entre los daños y el funcionamiento de la Administración.

Especial atención merece el ámbito de la contratación pública, pues además de tratarse de uno de los principales factores y causantes de las reclamaciones, por parte de los ciudadanos perjudicados, ostenta sus particularidades respecto de la imputación de la responsabilidad a contratistas y concesionarios cuando media la existencia de la ejecución de un contrato público.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN.

II. EVOLUCIÓN HISTÓRICA DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y LA CONTRATACIÓN PÚBLICA:
1. ORÍGEN NORMATIVO DEL ACTUAL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
2. CONSTITUCIONALIZACIÓN DEL PRINCIPIO GENERAL DE RESPONSABILIDAD
3. DESARROLLO NORMATIVO POSTERIOR HASTA LA ACTUALIDAD.

III. CARACTERES GENERALES Y ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL:
1. CARACTERES GENERALES.
A) Sistema unitario.
B) Sistema de responsabilidad general.
C) Sistema de responsabilidad directa.
D) Sistema de responsabilidad objetiva.
E) Sistema tendente a la reparación integral.
2. ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL.
A) Elementos subjetivos.
B) Elementos objetivos.

IV. LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL EN LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.
1. REGULACIÓN:
2. DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS. IMPUTACIÓN DEL DAÑO.
A) Imputación de la responsabilidad a contratistas y concesionarios.
B) Imputación de la responsabilidad a la Administración Pública.
C) Título de imputación según el tipo de contrato.
3. DAÑOS CAUSADOS A CONTRATISTAS.

V. CONCLUSIONES.

VI. BIBLIOGRAFÍA.

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