Diccionario panhispánico del español jurídico

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Uso (y abuso) de la potestad sancionadora de la administración contra el discurso de odio en España

por Guardia Hernández, Juan José

Artículo
ISSN: 1696-9669
Madrid IUSTEL 2022
Ver otros artículos del mismo número: 58

El mayor uso de la policía administrativa para combatir el discurso del odio constituye una controvertida novedad. Parece iniciarse un cambio de paradigma. Una nueva legislación no contempla ya al poder judicial como el garante último de los derechos fundamentales. El garante será ahora las Administraciones públicas. Se estudia las causas de esta paulatina sustitución y las amenazas que ello pueden conllevar a la libertad religiosa. La jurisdicción contencioso-administrativa está corrigiendo esta hiperactividad sancionadora con una incipiente jurisprudencia garantista

Tabla de Contenidos

I. RESERVA A LOS TRIBUNALES DE LA APRECIACIÓN DE LOS DELITOS MEDIANTE UNAS LEYES PENALES GARANTISTAS
1.1 Antecedentes históricos
1.2 La rueda del tiempo: ¿vuelta al pasado?
1.2.1 actividad de policía administrativa
1.2.2 Derecho penal y Derecho administrativo sancionador
1.2.3 La potestad sancionadora y CE
II. CAUSAS DE LA EXPANSIÓN DE LAS POTESTADES SANCIONADORAS
2.1 Motivos propuestos por la doctrina
2.2. Otros posibles motivos
2.2.1 El garantismo penal
2.2.2 Desgaste reputacional del Poder judicial
III. CASO DEL COLEGIO JUAN PABLO II DE ALCORCÓN
3.1. Antecedentes
3.2. Argumentos del recurrente
3.3. Ratio decidendi y consideraciones obiter dicta Sentencia 289/2018 de 11 de octubre de 2018
3.4. ¿Por qué no se planteó una cuestión de inconstitucionalidad?
3.5. Recursos contra la sentencia: ¿por qué no se interpuso recurso de casación?
IV. CASO REVELATION TV EUROPE S.L.
4.1. Antecedentes
4.2. Argumentos de la mercantil recurrente
4.3. Falta de tipicidad de la resolución de la CNMC
4.3.1. Ratio decidendi de la sentencia
4.3.2 No son admisibles cláusulas sancionatorias generales
CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFIA


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El mayor uso de la policía administrativa para combatir el discurso del odio constituye una controvertida novedad. Parece iniciarse un cambio de paradigma. Una nueva legislación no contempla ya al poder judicial como el garante último de los derechos fundamentales. El garante será ahora las Administraciones públicas. Se estudia las causas de esta paulatina sustitución y las amenazas que ello pueden conllevar a la libertad religiosa. La jurisdicción contencioso-administrativa está corrigiendo esta hiperactividad sancionadora con una incipiente jurisprudencia garantista

Tabla de Contenidos

I. RESERVA A LOS TRIBUNALES DE LA APRECIACIÓN DE LOS DELITOS MEDIANTE UNAS LEYES PENALES GARANTISTAS
1.1 Antecedentes históricos
1.2 La rueda del tiempo: ¿vuelta al pasado?
1.2.1 actividad de policía administrativa
1.2.2 Derecho penal y Derecho administrativo sancionador
1.2.3 La potestad sancionadora y CE
II. CAUSAS DE LA EXPANSIÓN DE LAS POTESTADES SANCIONADORAS
2.1 Motivos propuestos por la doctrina
2.2. Otros posibles motivos
2.2.1 El garantismo penal
2.2.2 Desgaste reputacional del Poder judicial
III. CASO DEL COLEGIO JUAN PABLO II DE ALCORCÓN
3.1. Antecedentes
3.2. Argumentos del recurrente
3.3. Ratio decidendi y consideraciones obiter dicta Sentencia 289/2018 de 11 de octubre de 2018
3.4. ¿Por qué no se planteó una cuestión de inconstitucionalidad?
3.5. Recursos contra la sentencia: ¿por qué no se interpuso recurso de casación?
IV. CASO REVELATION TV EUROPE S.L.
4.1. Antecedentes
4.2. Argumentos de la mercantil recurrente
4.3. Falta de tipicidad de la resolución de la CNMC
4.3.1. Ratio decidendi de la sentencia
4.3.2 No son admisibles cláusulas sancionatorias generales
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