Diccionario panhispánico del español jurídico

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La guarda de hecho

por Lescano Feria, Patricia Anahí

Libro
ISBN: 9788491482697
Madrid Dykinson 2017

El espectacular aumento de la esperanza de vida se ha visto acompañado de la aparición de enfermedades de los ancianos que no se conocían cuando el Código civil se promulgó, y en un momento en el que el nuestro era, desde luego, otro país. Un país -a decir del maestro Lacruz Berdejo- con más de un 75% de la población viviendo fuera de la gran ciudad, con familias mayoritariamente vertebradas alrededor de la agricultura, la ganadería o la artesanía, ausentes de la sensación de que comenzaba a existir algún núcleo de proletariado industrial, y para quienes el sector servicios era casi cosa de señoritos. Pero añádase a ello que en nuestro siglo XXI, la siempre difícil conciliación de la vida familiar y laboral -auténtica asignatura pendiente de nuestra sociedad- trae consigo que unos niños que salen del colegio a las cinco de la tarde permanezcan muchas horas cuidados por quienes no son ni padres ni tutores. Ambos, vecinos y canguros pagan los platos rotos de un entorno laboral tan deshumanizado como cuenta el prologuista: “hasta el embarazo es visto como una suerte de negativo efecto que hay que impedir o. en su caso, rectificar mediante medidas como el despido de la encinta o su orillamiento de la justa y oportuna promoción profesional”. Pero es que, no muchos años después, con los nietos ya crecidos e independientes, son los abuelos quienes se encuentra en trance de ser protegidos. Sin embargo, la tutela sigue siendo institución de poco atractivo régimen y de escasa raigambre.

Tabla de Contenidos

CAPÍTULO PRIMERO. ELEMENTOS CONFIGURADORES DE LA GUARDA DE HECHO
I. CONCEPTO, CARACTERES Y NATURALEZA JURÍDICA
A. Indefinición legal del fenómeno
B. Notas: fáctica, sobrevenida y transitoria
C. Distinción con otros supuestos
1. Guarda de hecho y delegación de facultades paternas
2. Guarda de hecho y guarda administrativa
3. Guarda de hecho y atribución judicial de la guarda
4. Guarda de hecho y encargado de la guarda en Derecho Penal
5. Guarda de hecho y gestión de negocios ajenos
6. Guarda de hecho y poderes preventivos

II. SUPUESTOS DE GUARDA DE HECHO
III. FASES DE LA GUARDA DE HECHO

IV. SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LA GUARDA DE HECHO
A. El guardado
B. El guardador
1. Inexistencia del deber legal por el guardador de instar el procedimiento de modificación de la capacidad de obrar
2. Deberes: dar información y cumplir con las medidas de control y vigilancia
3. Derechos: la retribución al guardador

CAPÍTULO SEGUNDO. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA GUARDA DE HECHO
I. REGULACIÓN DE LA GUARDA DE HECHO
II. INTERVENCIÓN JUDICIAL, MEDIDAS DE CONTROL Y VIGILANCIA EN LA GUARDA DE HECHO
A. El informe del guardador
B. Las medidas de control y vigilancia

III. VALOR JURÍDICO DE LOS ACTOS REALIZADOS POR EL GUAR-DADOR DE HECHO
A. Ámbito de aplicación del artículo 304 del Código Civil
1. Actos patrimoniales y personales
2. Legitimación procesal del guardador de hecho
B. Requisitos de los actos realizados por el guardador de hecho para su validez
1. El interés del guardado
2. La utilidad de los actos para el guardado
C. La impugnación de los actos realizados por el guardador de hecho
1. El régimen de la anulabilidad de los actos realizados por el guardador de hecho
2. Acción de impugnación de los actos de injerencia del guardador de hecho

IV. LEGITIMACIÓN EX LEGE DEL GUARDADOR DE HECHO PARA ACTUAR EN EL TRÁFICO JURÍDICO
A. Información clínica y consentimiento informado
B. Constitución del patrimonio protegido
C. Procedimiento de reconocimiento de la dependencia
D. Solicitud de información jurídica y económica de relevancia patrimonial y contable del guardado
E. Supuesto discutido: internamiento involuntario en Centros residenciales

V. INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL GUARDADOR

CAPÍTULO TERCERO. GUARDA DE HECHO DE LOS MENORES DE EDAD
I. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR. BREVE REFERENCIA AL MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL

II. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR EN ESPAÑA
A. Sistema normativo de protección del menor
B. Principios del sistema de protección jurídica del menor
C. Actuación administrativa y desamparo
1. Desjudicialización de la protección jurídica de menores
2. La situación de desamparo del menor
D. Guarda de hecho y declaración de desamparo
E. Algunos supuestos de guarda de hecho e intervención administrativa
1. Abandono voluntario y traspaso total a terceros de funciones de guarda
2. Fallecimiento de los progenitores
3. Hipótesis de incapacidad de los padres
F. Acogimiento familiar y guarda de hecho
1. El acogimiento como modalidad de guarda
2. Argumentos para la existencia de un acogimiento independiente de la declaración de desamparo y guarda legal. Regularización de la guarda de hecho
G. Guarda de hecho y adopción

III. ALGUNOS SUPUESTOS DE PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR EN DERECHO COMPARADO
A. Francia: actuación administrativa y judicial en la protección de menores
1. Actuación administrativa frente a una información preocupante sobre un menor
2. Actuación judicial: asistencia educativa, delegación de facultades paternas y tutela
a. Asistencia educativa
b. La delegación de la autoridad paterna
1) La delegación directa
a’ A petición de los padres
b’ A instancia de un tercero
2) La delegación indirecta
a’ La declaración judicial de abandono
b’ Recurso organizado por el artículo L. 224-8 del Code de l’Action Sociale et des Familles
3) Efectos de la delegación
4) Relación entre la delegación de la autoridad paterna y la adopción
c. La tutela de menores
B. Protección jurídica del menor en Italia
1. Affidamento famigliare
2. Abandono y adopción en el ordenamiento italiano
C. A modo de reflexión

CAPÍTULO CUARTO. GUARDA DE HECHO DE LAS PERSONAS MAYORES
I. DISCAPACIDAD E INCAPACIDAD

II. SISTEMA JURÍDICO DE PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
A. Breve referencia a la protección internacional de la discapacidad
B. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
C. Algunos supuestos de protección jurídica no incapacitante
1. Francia
a. Sauvegarde de justice
b. Reforma de la protección jurídica de mayores en 2007. Algunas novedades
2. Alemania: Betreuung
3. Italia: Amministrazione di sostegno
4. Reino Unido: Mental Capacity Act

III. LA INSUFICIENTE REGULACIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN DERECHO PRIVADO ESPAÑOL
IV. LA GUARDA DE HECHO COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CAPÍTULO QUINTO. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL GUARDADOR DE HECHO
I. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL GUARDADOR DE HECHO POR LOS DAÑOS OCASIONADOS AL GUARDADO
A. Responsabilidad general
B. Responsabilidad específica


II. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL GUARDADOR DE HECHO POR LOS DAÑOS QUE OCASIONE EL GUARDADO A TERCEROS
A. Responsabilidad por hecho ajeno. Justificación
1. Fundamentación subjetiva de la responsabilidad por hecho ajeno
a. Por culpa in vigilando
b. Por culpa in educando
2. Fundamentación objetiva de la responsabilidad por hecho ajeno
a. Responsabilidad por el riesgo creado
b. Garantía de la víctima
3. Responsabilidad civil por hecho ajeno como obligación ex lege
B. Enumeración exhaustiva o meramente ejemplificativa de los supuestos contemplados en el artículo 1903 del Código Civil
1. Enumeración taxativa
2. Exégesis analógica
3. Interpretación extensiva
4. Postura intermedia
C. Responsabilidad del guardador de hecho por aplicación extensiva del artículo 1903 del Código Civil
D. Responsabilidad de padres y tutores en el supuesto de guarda de hecho
1. Presupuesto de responsabilidad civil de padres y tutores
a. Los padres deben tener a los hijos «bajo su guarda»
b. El tutor debe tener al tutelado «bajo su autoridad» y habitar en su compañía
2. Responsabilidad civil cuando concurre patria potestad o tutela y guarda de hecho
E. Derecho de repetición

III. LA REGULACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL ÁMBITO PENAL: CÓDIGO PENAL DE 1995 Y LEY ORGÁNICA 5/2000, DE 12 DE ENERO, REGULADORA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES
IV. OTROS POSIBLES RESPONSABLES


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El espectacular aumento de la esperanza de vida se ha visto acompañado de la aparición de enfermedades de los ancianos que no se conocían cuando el Código civil se promulgó, y en un momento en el que el nuestro era, desde luego, otro país. Un país -a decir del maestro Lacruz Berdejo- con más de un 75% de la población viviendo fuera de la gran ciudad, con familias mayoritariamente vertebradas alrededor de la agricultura, la ganadería o la artesanía, ausentes de la sensación de que comenzaba a existir algún núcleo de proletariado industrial, y para quienes el sector servicios era casi cosa de señoritos. Pero añádase a ello que en nuestro siglo XXI, la siempre difícil conciliación de la vida familiar y laboral -auténtica asignatura pendiente de nuestra sociedad- trae consigo que unos niños que salen del colegio a las cinco de la tarde permanezcan muchas horas cuidados por quienes no son ni padres ni tutores. Ambos, vecinos y canguros pagan los platos rotos de un entorno laboral tan deshumanizado como cuenta el prologuista: “hasta el embarazo es visto como una suerte de negativo efecto que hay que impedir o. en su caso, rectificar mediante medidas como el despido de la encinta o su orillamiento de la justa y oportuna promoción profesional”. Pero es que, no muchos años después, con los nietos ya crecidos e independientes, son los abuelos quienes se encuentra en trance de ser protegidos. Sin embargo, la tutela sigue siendo institución de poco atractivo régimen y de escasa raigambre.

Tabla de Contenidos

CAPÍTULO PRIMERO. ELEMENTOS CONFIGURADORES DE LA GUARDA DE HECHO
I. CONCEPTO, CARACTERES Y NATURALEZA JURÍDICA
A. Indefinición legal del fenómeno
B. Notas: fáctica, sobrevenida y transitoria
C. Distinción con otros supuestos
1. Guarda de hecho y delegación de facultades paternas
2. Guarda de hecho y guarda administrativa
3. Guarda de hecho y atribución judicial de la guarda
4. Guarda de hecho y encargado de la guarda en Derecho Penal
5. Guarda de hecho y gestión de negocios ajenos
6. Guarda de hecho y poderes preventivos

II. SUPUESTOS DE GUARDA DE HECHO
III. FASES DE LA GUARDA DE HECHO

IV. SUJETOS QUE INTERVIENEN EN LA GUARDA DE HECHO
A. El guardado
B. El guardador
1. Inexistencia del deber legal por el guardador de instar el procedimiento de modificación de la capacidad de obrar
2. Deberes: dar información y cumplir con las medidas de control y vigilancia
3. Derechos: la retribución al guardador

CAPÍTULO SEGUNDO. RÉGIMEN JURÍDICO DE LA GUARDA DE HECHO
I. REGULACIÓN DE LA GUARDA DE HECHO
II. INTERVENCIÓN JUDICIAL, MEDIDAS DE CONTROL Y VIGILANCIA EN LA GUARDA DE HECHO
A. El informe del guardador
B. Las medidas de control y vigilancia

III. VALOR JURÍDICO DE LOS ACTOS REALIZADOS POR EL GUAR-DADOR DE HECHO
A. Ámbito de aplicación del artículo 304 del Código Civil
1. Actos patrimoniales y personales
2. Legitimación procesal del guardador de hecho
B. Requisitos de los actos realizados por el guardador de hecho para su validez
1. El interés del guardado
2. La utilidad de los actos para el guardado
C. La impugnación de los actos realizados por el guardador de hecho
1. El régimen de la anulabilidad de los actos realizados por el guardador de hecho
2. Acción de impugnación de los actos de injerencia del guardador de hecho

IV. LEGITIMACIÓN EX LEGE DEL GUARDADOR DE HECHO PARA ACTUAR EN EL TRÁFICO JURÍDICO
A. Información clínica y consentimiento informado
B. Constitución del patrimonio protegido
C. Procedimiento de reconocimiento de la dependencia
D. Solicitud de información jurídica y económica de relevancia patrimonial y contable del guardado
E. Supuesto discutido: internamiento involuntario en Centros residenciales

V. INDEMNIZACIÓN POR LOS DAÑOS Y PERJUICIOS OCASIONADOS AL GUARDADOR

CAPÍTULO TERCERO. GUARDA DE HECHO DE LOS MENORES DE EDAD
I. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR. BREVE REFERENCIA AL MARCO NORMATIVO INTERNACIONAL

II. PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR EN ESPAÑA
A. Sistema normativo de protección del menor
B. Principios del sistema de protección jurídica del menor
C. Actuación administrativa y desamparo
1. Desjudicialización de la protección jurídica de menores
2. La situación de desamparo del menor
D. Guarda de hecho y declaración de desamparo
E. Algunos supuestos de guarda de hecho e intervención administrativa
1. Abandono voluntario y traspaso total a terceros de funciones de guarda
2. Fallecimiento de los progenitores
3. Hipótesis de incapacidad de los padres
F. Acogimiento familiar y guarda de hecho
1. El acogimiento como modalidad de guarda
2. Argumentos para la existencia de un acogimiento independiente de la declaración de desamparo y guarda legal. Regularización de la guarda de hecho
G. Guarda de hecho y adopción

III. ALGUNOS SUPUESTOS DE PROTECCIÓN JURÍDICA DEL MENOR EN DERECHO COMPARADO
A. Francia: actuación administrativa y judicial en la protección de menores
1. Actuación administrativa frente a una información preocupante sobre un menor
2. Actuación judicial: asistencia educativa, delegación de facultades paternas y tutela
a. Asistencia educativa
b. La delegación de la autoridad paterna
1) La delegación directa
a’ A petición de los padres
b’ A instancia de un tercero
2) La delegación indirecta
a’ La declaración judicial de abandono
b’ Recurso organizado por el artículo L. 224-8 del Code de l’Action Sociale et des Familles
3) Efectos de la delegación
4) Relación entre la delegación de la autoridad paterna y la adopción
c. La tutela de menores
B. Protección jurídica del menor en Italia
1. Affidamento famigliare
2. Abandono y adopción en el ordenamiento italiano
C. A modo de reflexión

CAPÍTULO CUARTO. GUARDA DE HECHO DE LAS PERSONAS MAYORES
I. DISCAPACIDAD E INCAPACIDAD

II. SISTEMA JURÍDICO DE PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
A. Breve referencia a la protección internacional de la discapacidad
B. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
C. Algunos supuestos de protección jurídica no incapacitante
1. Francia
a. Sauvegarde de justice
b. Reforma de la protección jurídica de mayores en 2007. Algunas novedades
2. Alemania: Betreuung
3. Italia: Amministrazione di sostegno
4. Reino Unido: Mental Capacity Act

III. LA INSUFICIENTE REGULACIÓN DE LA DISCAPACIDAD EN DERECHO PRIVADO ESPAÑOL
IV. LA GUARDA DE HECHO COMO INSTRUMENTO DE APOYO A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

CAPÍTULO QUINTO. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL GUARDADOR DE HECHO
I. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL GUARDADOR DE HECHO POR LOS DAÑOS OCASIONADOS AL GUARDADO
A. Responsabilidad general
B. Responsabilidad específica


II. RESPONSABILIDAD CIVIL DEL GUARDADOR DE HECHO POR LOS DAÑOS QUE OCASIONE EL GUARDADO A TERCEROS
A. Responsabilidad por hecho ajeno. Justificación
1. Fundamentación subjetiva de la responsabilidad por hecho ajeno
a. Por culpa in vigilando
b. Por culpa in educando
2. Fundamentación objetiva de la responsabilidad por hecho ajeno
a. Responsabilidad por el riesgo creado
b. Garantía de la víctima
3. Responsabilidad civil por hecho ajeno como obligación ex lege
B. Enumeración exhaustiva o meramente ejemplificativa de los supuestos contemplados en el artículo 1903 del Código Civil
1. Enumeración taxativa
2. Exégesis analógica
3. Interpretación extensiva
4. Postura intermedia
C. Responsabilidad del guardador de hecho por aplicación extensiva del artículo 1903 del Código Civil
D. Responsabilidad de padres y tutores en el supuesto de guarda de hecho
1. Presupuesto de responsabilidad civil de padres y tutores
a. Los padres deben tener a los hijos «bajo su guarda»
b. El tutor debe tener al tutelado «bajo su autoridad» y habitar en su compañía
2. Responsabilidad civil cuando concurre patria potestad o tutela y guarda de hecho
E. Derecho de repetición

III. LA REGULACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL EN EL ÁMBITO PENAL: CÓDIGO PENAL DE 1995 Y LEY ORGÁNICA 5/2000, DE 12 DE ENERO, REGULADORA DE LA RESPONSABILIDAD PENAL DE LOS MENORES
IV. OTROS POSIBLES RESPONSABLES


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