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Términos legales de los requerimientos de información tributaria a los juzgados y tribunales relativos a procedimientos judiciales y sobre los requerimientos a los Colegios de Abogados relativos a informes sobre costas y jura de cuentas informe 5/2014
Tras haberse solicitado al Juzgado Decano de Ponferrada, y más tarde a varios Colegios de Abogados, información concerniente a datos personales de abogados, cuantía percibida de los procedimientos en los que habían participado, identificación de los procedimientos, etc., para presentar a Departamentos Regionales de la Inspección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), se realizó una consulta a la Agencia de Protección de Datos (APD) para comprobar si estos requerimientos eran conformes a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). La misma consulta la realizó el Presidente del Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña a la Autoridad Catalana de Protección de Datos. En ambos casos, la APD concluyó que esos requerimientos estaban amparados por la LOPD, exceptuando aquellos casos en los que los datos de cuantía real de honorarios percibidos no tengan trascendencia tributaria, y que debían referirse a profesionales determinados y no enunciarse de manera genérica a todos los procedimientos de varios años. En este informe se somete a la consideración de la Comisión Jurídica del CGAE la conformidad a Derecho de este tipo de requerimientos de información de la AEAT, para así precisar y valorar los distintos intereses que se ponen en juego -como el deber de información a la Hacienda pública, el derecho a la intimidad o a la privacidad en la protección de datos de carácter personal, el secreto profesional y el derecho de defensa- y el conflicto que se produce entre ellos.
1. Antecedentes e introducción;
2. El deber de información tributaria en el ámbito de la colaboración con la Hacienda Pública;
3. Valoración jurídica del requerimiento realizado por el Departamento Regional de la Inspección de la AEAT dirigido al Juez Decano de Ponferrada;
4. Valoración jurídica del requerimiento realizado por el Departamento Regional de la Inspección de la AEAT al Ilustre Colegio de Procuradores de Málaga;
5. Conclusiones.
- Formato: PDF
- Número de páginas: 33
- Tamaño: 177 Kb.
Tras haberse solicitado al Juzgado Decano de Ponferrada, y más tarde a varios Colegios de Abogados, información concerniente a datos personales de abogados, cuantía percibida de los procedimientos en los que habían participado, identificación de los procedimientos, etc., para presentar a Departamentos Regionales de la Inspección de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), se realizó una consulta a la Agencia de Protección de Datos (APD) para comprobar si estos requerimientos eran conformes a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD). La misma consulta la realizó el Presidente del Consejo de los Ilustres Colegios de Abogados de Cataluña a la Autoridad Catalana de Protección de Datos. En ambos casos, la APD concluyó que esos requerimientos estaban amparados por la LOPD, exceptuando aquellos casos en los que los datos de cuantía real de honorarios percibidos no tengan trascendencia tributaria, y que debían referirse a profesionales determinados y no enunciarse de manera genérica a todos los procedimientos de varios años. En este informe se somete a la consideración de la Comisión Jurídica del CGAE la conformidad a Derecho de este tipo de requerimientos de información de la AEAT, para así precisar y valorar los distintos intereses que se ponen en juego -como el deber de información a la Hacienda pública, el derecho a la intimidad o a la privacidad en la protección de datos de carácter personal, el secreto profesional y el derecho de defensa- y el conflicto que se produce entre ellos.
1. Antecedentes e introducción;
2. El deber de información tributaria en el ámbito de la colaboración con la Hacienda Pública;
3. Valoración jurídica del requerimiento realizado por el Departamento Regional de la Inspección de la AEAT dirigido al Juez Decano de Ponferrada;
4. Valoración jurídica del requerimiento realizado por el Departamento Regional de la Inspección de la AEAT al Ilustre Colegio de Procuradores de Málaga;
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