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Análisis de las cuestiones relativas a la negociación colectiva previas a la modificación normativa de junio de 2011
La negociación colectiva es un trabajo esencial y básico de los interlocutores sociales cuya finalidad fundamental es ampliar los derechos de los trabajadores y mejorar sus condiciones de trabajo. Define el ámbito adecuado, ya que es en los sectores y en las empresas donde se regulan de manera adecuada las condiciones de trabajo y los derechos de los trabajadores. Responde a la diversidad, ya que cualquier norma o acuerdo general debe ser adaptado a cada situación concreta. Actúa ante los cambios, siendo la herramienta imprescindible para la asimilación y la adaptación permanente a las transformaciones que se están produciendo tanto en el trabajo como en el capital: nuevas formas de organización del trabajo; nuevos empleos y nuevos sujetos; unidades emergentes de negociación y cambios en la configuración de las empresas.
Collective bargaining is a basic and essential work of the social partners with the primary intent is to expand the rights of workers and improve their working conditions. It defines an appropriate scope, as it is in sectors and enterprises where adequately regulate working conditions and workers' rights; it responds to diversity, since any rule or general agreement should be tailored to each specific situation; it acts to change, being an indispensable tool for assimilation and permanent adaptation to the changes taking place both at work and in the capital: new ways of organizing work, new jobs and new subjects, units and emerging trading changes in business settings.
I. La concertación social.
II. Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2010, 2011 y 2012.
III. Ley 35/2010, de 17 de septiembre.
IV. Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones.
V. Continuación de las negociaciones hasta la ruptura.
VI. Borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma de Negociación Colectiva.
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La negociación colectiva es un trabajo esencial y básico de los interlocutores sociales cuya finalidad fundamental es ampliar los derechos de los trabajadores y mejorar sus condiciones de trabajo. Define el ámbito adecuado, ya que es en los sectores y en las empresas donde se regulan de manera adecuada las condiciones de trabajo y los derechos de los trabajadores. Responde a la diversidad, ya que cualquier norma o acuerdo general debe ser adaptado a cada situación concreta. Actúa ante los cambios, siendo la herramienta imprescindible para la asimilación y la adaptación permanente a las transformaciones que se están produciendo tanto en el trabajo como en el capital: nuevas formas de organización del trabajo; nuevos empleos y nuevos sujetos; unidades emergentes de negociación y cambios en la configuración de las empresas.
Collective bargaining is a basic and essential work of the social partners with the primary intent is to expand the rights of workers and improve their working conditions. It defines an appropriate scope, as it is in sectors and enterprises where adequately regulate working conditions and workers' rights; it responds to diversity, since any rule or general agreement should be tailored to each specific situation; it acts to change, being an indispensable tool for assimilation and permanent adaptation to the changes taking place both at work and in the capital: new ways of organizing work, new jobs and new subjects, units and emerging trading changes in business settings.
I. La concertación social.
II. Acuerdo para el empleo y la negociación colectiva 2010, 2011 y 2012.
III. Ley 35/2010, de 17 de septiembre.
IV. Acuerdo Social y Económico para el crecimiento, el empleo y la garantía de las pensiones.
V. Continuación de las negociaciones hasta la ruptura.
VI. Borrador del Anteproyecto de Ley de Reforma de Negociación Colectiva.