Diccionario panhispánico del español jurídico

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La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Duque vs. Colombia: derechos pensionales de pareja del mismo sexo

por Bermúdez Alarcón, Katerine

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2017
Ver otros artículos del mismo número: 45

La sentencia del caso Ángel Alberto Duque vs. República de Colombia, proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 26 de febrero de 2016, refiere a la negación de la pensión de sobrevivientes que hizo un fondo de pensiones a un homosexual debido a que para el momento en que él solicitó esa prestación, la ley colombiana no permitía que parejas del mismo sexo recibieran este tipo de derecho. El demandante interpuso acción de tutela en la que indicó que por ser una persona portadora de VIH y no obtener pensión de sobrevivientes quedaría sin servicio de salud; la sentencia de tutela y la decisión de impugnación consideraron que la tutela no era el medio procedente para reclamar este derecho y que el demandante debía acudir a la jurisdicción ordinaria. El señor Duque no acudió a la vía judicial ordinaria, pese a lo cual, la Corte Interamericana consideró que él sí había agotado los recursos internos en tanto, frente a derechos como la vida y la integridad personal, el Estado colombiano ha manifestado que la acción de tutela es el mecanismo adecuado para la protección inmediata de derechos fundamentales y por ello, en la medida que el señor Duque acudió al fondo de pensiones y este le negó la pensión y los jueces de tutela consideraron que debería acudir a los medios judiciales ordinarios, esto constituía un agotamiento de los recursos jurisdiccionales internos. Durante el trámite de la petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, antes de que se profiriera el Informe de Admisibilidad, el Estado colombiano informó a la Comisión que hubo un cambio en el ordenamiento jurídico porque a partir de la sentencia de la Corte Constitucional C-338 de 2008, las parejas del mismo sexo sí tienen derecho a la pensión de sobrevivientes y por ello, era razonable que a partir de ese momento, el Señor Duque acudiera al fondo de pensiones para solicitar la pensión conforme a la jurisprudencia y por ello, no estaban agotados los recursos internos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que Colombia es responsable internacional por negar la pensión de Ángel Alberto Duque desde 2002, en tanto, con esto se viola el derecho a la igualdad y no discriminación previsto en el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A su vez, en la medida que la jurisprudencia colombiana evolucionó dentro del trámite del caso, permitiendo el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes para parejas del mismo sexo, la Corte consideró que no contaba con elementos para encontrar una violación al deber de adoptar disposiciones de derecho interno para hacer efectivos los derechos y libertades. Además, no encontró que Colombia fuera responsable frente al derecho a las garantías judiciales y a la protección judicial porque no pudo concluir que no existan recursos efectivos ni que las actuaciones de las autoridades judiciales afligieran la protección judicial del señor Duque. Así como, Tampoco declaró la responsabilidad del Estado colombiano de la violación de los derechos a integridad personal y a la vida porque no se demostró que el señor Duque hubiera sufrido afectación en su salud o que el Estado le haya dejado de proveer asistencia médica.

Duque
V. Colombia, which was brought before the Inter-American Court of Human Rights, concerns the refusal to recognize the right of a homosexual person to a survivor´s pension. At the time, Colombian law did not give same-sex couple this right. The claimant –Angel Alberto Duque– filed a writ for protection of his constitutional rights to obtain the pension. The ruling and appeal held that the writ was not the appropriate form to use in a pension request and that the defendant should follow regular judicial procedures. The Colombian Constitutional Court subsequently did not review the case. The Inter-American Commission on Human Rights brought the case before the Inter-American Court after Colombia had failed to comply with the Commission´s recommendations of 2014. The Inter-American Court declared that Colombia, in having denied the survivor´s pension to Duque since 2002, had violated his right to equality and non-discrimination provided by the American Convention on Human Rights. The Court stated that Colombia had provided access to survivor´s pensions only to heterosexual couples and had failed to provide an “objective and reasonable justification” for the differential treatment. The Court ordered that the State ensure that Duque receive priority processing for his survivor´s pension application.

Tabla de Contenidos

I. Igualdad de género y orientación sexual.
II. Extractos de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


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La sentencia del caso Ángel Alberto Duque vs. República de Colombia, proferida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el 26 de febrero de 2016, refiere a la negación de la pensión de sobrevivientes que hizo un fondo de pensiones a un homosexual debido a que para el momento en que él solicitó esa prestación, la ley colombiana no permitía que parejas del mismo sexo recibieran este tipo de derecho. El demandante interpuso acción de tutela en la que indicó que por ser una persona portadora de VIH y no obtener pensión de sobrevivientes quedaría sin servicio de salud; la sentencia de tutela y la decisión de impugnación consideraron que la tutela no era el medio procedente para reclamar este derecho y que el demandante debía acudir a la jurisdicción ordinaria. El señor Duque no acudió a la vía judicial ordinaria, pese a lo cual, la Corte Interamericana consideró que él sí había agotado los recursos internos en tanto, frente a derechos como la vida y la integridad personal, el Estado colombiano ha manifestado que la acción de tutela es el mecanismo adecuado para la protección inmediata de derechos fundamentales y por ello, en la medida que el señor Duque acudió al fondo de pensiones y este le negó la pensión y los jueces de tutela consideraron que debería acudir a los medios judiciales ordinarios, esto constituía un agotamiento de los recursos jurisdiccionales internos. Durante el trámite de la petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, antes de que se profiriera el Informe de Admisibilidad, el Estado colombiano informó a la Comisión que hubo un cambio en el ordenamiento jurídico porque a partir de la sentencia de la Corte Constitucional C-338 de 2008, las parejas del mismo sexo sí tienen derecho a la pensión de sobrevivientes y por ello, era razonable que a partir de ese momento, el Señor Duque acudiera al fondo de pensiones para solicitar la pensión conforme a la jurisprudencia y por ello, no estaban agotados los recursos internos. La Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que Colombia es responsable internacional por negar la pensión de Ángel Alberto Duque desde 2002, en tanto, con esto se viola el derecho a la igualdad y no discriminación previsto en el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. A su vez, en la medida que la jurisprudencia colombiana evolucionó dentro del trámite del caso, permitiendo el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes para parejas del mismo sexo, la Corte consideró que no contaba con elementos para encontrar una violación al deber de adoptar disposiciones de derecho interno para hacer efectivos los derechos y libertades. Además, no encontró que Colombia fuera responsable frente al derecho a las garantías judiciales y a la protección judicial porque no pudo concluir que no existan recursos efectivos ni que las actuaciones de las autoridades judiciales afligieran la protección judicial del señor Duque. Así como, Tampoco declaró la responsabilidad del Estado colombiano de la violación de los derechos a integridad personal y a la vida porque no se demostró que el señor Duque hubiera sufrido afectación en su salud o que el Estado le haya dejado de proveer asistencia médica.

Duque
V. Colombia, which was brought before the Inter-American Court of Human Rights, concerns the refusal to recognize the right of a homosexual person to a survivor´s pension. At the time, Colombian law did not give same-sex couple this right. The claimant –Angel Alberto Duque– filed a writ for protection of his constitutional rights to obtain the pension. The ruling and appeal held that the writ was not the appropriate form to use in a pension request and that the defendant should follow regular judicial procedures. The Colombian Constitutional Court subsequently did not review the case. The Inter-American Commission on Human Rights brought the case before the Inter-American Court after Colombia had failed to comply with the Commission´s recommendations of 2014. The Inter-American Court declared that Colombia, in having denied the survivor´s pension to Duque since 2002, had violated his right to equality and non-discrimination provided by the American Convention on Human Rights. The Court stated that Colombia had provided access to survivor´s pensions only to heterosexual couples and had failed to provide an “objective and reasonable justification” for the differential treatment. The Court ordered that the State ensure that Duque receive priority processing for his survivor´s pension application.

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I. Igualdad de género y orientación sexual.
II. Extractos de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.


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