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Relaciones laborales de hecho, nulidad del contrato de trabajo y actividades laborales de causa u objeto ilícitos o contrarios a las buenas costumbres. Comentario a la doctrina judicial sobre el "alterne"
Hace exactamente ahora cuarenta y tres años, el Prof. De la Villa Gil difundió entre los laboralistas españoles la llamada teoría de las “relaciones laborales de hecho”, una construcción del jurista alemán Günther Haupt a partir del año 1941. El trabajo tuvo una acogida considerable incluso entre los privatistas, de lo que es buena prueba la cita expresa que del mismo llevó a cabo el Prof. Federico de Castro y Bravo unos cuantos años después [...]
I. LAS RELACIONES LABORALES DE HECHO.
II. LA NULIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJO POR CAUSA ILÍCITA U OBJETO CONTRARIO A LAS BUENAS COSTUMBRES.
III. LA DOCTRINA JUDICIAL SOBRE EL “ALTERNE”:
1. El campo de las relaciones laborales válidas.
2. El campo de las relaciones laborales inválidas.
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Hace exactamente ahora cuarenta y tres años, el Prof. De la Villa Gil difundió entre los laboralistas españoles la llamada teoría de las “relaciones laborales de hecho”, una construcción del jurista alemán Günther Haupt a partir del año 1941. El trabajo tuvo una acogida considerable incluso entre los privatistas, de lo que es buena prueba la cita expresa que del mismo llevó a cabo el Prof. Federico de Castro y Bravo unos cuantos años después [...]
I. LAS RELACIONES LABORALES DE HECHO.
II. LA NULIDAD DEL CONTRATO DE TRABAJO POR CAUSA ILÍCITA U OBJETO CONTRARIO A LAS BUENAS COSTUMBRES.
III. LA DOCTRINA JUDICIAL SOBRE EL “ALTERNE”:
1. El campo de las relaciones laborales válidas.
2. El campo de las relaciones laborales inválidas.