Diccionario panhispánico del español jurídico

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El futuro espacio europeo de justicia penal

por Sanz Hermida, Ágata María

Artículo
ISSN: 1696-9642
Madrid Iustel 2004
Ver otros artículos del mismo número: 4

La consecución de una política criminal coordinada con alcance transnacional es una necesidad que ha venido impuesta por el devenir de las relaciones entre Estados y, específicamente, por la propia evolución de la actual UE. Efectivamente, la creciente internacionalización de las relaciones humanas -que ha posibilitado la evasión de delincuentes al extranjero y el desarrollo de una delincuencia típicamente internacional (falsificación de moneda, tráfico de drogas, trata de seres humanos, terrorismo...)- junto con la idea, reforzada tras la II Guerra Mundial, de protección de bienes jurídicos “universales” ha evidenciado las limitaciones de la actuación del ius puniendi del Estado y la necesidad de establecer parcelas específicas de colaboración con otros Estados. Desde esta perspectiva la cooperación entre Estados se erige en elemento indispensable en la lucha contra el crimen; el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales, en su piedra angular1 ; la aproximación de legislaciones en algunos aspectos de este ámbito, en mecanismo de facilitación de la consecución de aquellos objetivos; y finalmente, la protección de los derechos humanos, en garantía de su buen funcionamiento [...]

Tabla de Contenidos

I. LA CONSTRUCCIÓN DEL ESPACIO EUROPEO DE JUSTICIA PENAL
II. EL ESPACIO EUROPEO DE JUSTICIA PENAL EN EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN EUROPEA
1. Las competencias de la Unión
2. Los instrumentos jurídicos: la superación del sistema del Tercer Pilar
3. Los elementos fundamentales
3.1. La cooperación en materia penal
3.2. Las garantías mínimas de la justicia
III. CONCLUSIÓN


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La consecución de una política criminal coordinada con alcance transnacional es una necesidad que ha venido impuesta por el devenir de las relaciones entre Estados y, específicamente, por la propia evolución de la actual UE. Efectivamente, la creciente internacionalización de las relaciones humanas -que ha posibilitado la evasión de delincuentes al extranjero y el desarrollo de una delincuencia típicamente internacional (falsificación de moneda, tráfico de drogas, trata de seres humanos, terrorismo...)- junto con la idea, reforzada tras la II Guerra Mundial, de protección de bienes jurídicos “universales” ha evidenciado las limitaciones de la actuación del ius puniendi del Estado y la necesidad de establecer parcelas específicas de colaboración con otros Estados. Desde esta perspectiva la cooperación entre Estados se erige en elemento indispensable en la lucha contra el crimen; el principio de reconocimiento mutuo de las resoluciones judiciales, en su piedra angular1 ; la aproximación de legislaciones en algunos aspectos de este ámbito, en mecanismo de facilitación de la consecución de aquellos objetivos; y finalmente, la protección de los derechos humanos, en garantía de su buen funcionamiento [...]

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I. LA CONSTRUCCIÓN DEL ESPACIO EUROPEO DE JUSTICIA PENAL
II. EL ESPACIO EUROPEO DE JUSTICIA PENAL EN EL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN EUROPEA
1. Las competencias de la Unión
2. Los instrumentos jurídicos: la superación del sistema del Tercer Pilar
3. Los elementos fundamentales
3.1. La cooperación en materia penal
3.2. Las garantías mínimas de la justicia
III. CONCLUSIÓN


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