Diccionario panhispánico del español jurídico

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La Decisión marco relativa a la orden de detención europea y su cuestionada validez ante el TJCE. Comentario a la sentencia del TJCE de 3 de mayo de 2007, Advocaten loor de Wereld (303/05)

por Cortés Martín, José Manuel

Artículo
ISSN: 1696-9634
Madrid Iustel 2008
Ver otros artículos del mismo número: 15

n el asunto Advocaten voor de Wereld, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) confirmó la validez de la Decisión marco 2002/584/JAI del Consejo relativa a la orden de detención europea ya los procedimientos de entrega entre Estados miembros. Sobre la licitud del instrumento jurídico elegido, el TJCE declaró la idoneidad de la Decisión marco como instrumento jurídico incluso si la Orden de detención europea podría igualmente haber sido regulada mediante convenio, dado el amplio margen de apreciación de que dispone el Consejo en este ámbito, pudiendo dar prioridad al instrumento jurídico de la Decisión marco cuando se cumplen los requisitos para la adopción de este acto. Tampoco el hecho de que la Orden de detención europea prescinda del control de la doble tipificación con respecto a los delitos enumerados en el artículo 2 (2) de la Decisión marco implica su invalidez en la medida en que no infringe el artículo 6 (2) TUE, más específicamente, los principios de legalidad en material penal o de igualdad y no discriminación. Este fallo del TJCE era muy esperado porque varias jurisdiccionales constitucionales nacionales ya habían analizado la validez de las medidas nacionales de trasposición adoptadas en el marco de sus ordenamientos jurídicos internos para su aplicación.

In the Advocaten voor de Wereld Case, the Court of Justice of the European Communities (ECJ) upheld the validity of the Council Framework Decision 2002/584/JHA on the European arrest warrant and the surrender procedures between Member States. As regards the appropriateness of the legal instrument used, the ECJ stated the suitability of the Framework Decision even if the European arrest warrant could equally have been the subject of a convention. It is within the Council’s discretion to give preference to the legal instrument of the Framework decision in the case where the conditions governing the adoption of such a measure are satisfied. Nor the fact that the European Arrest Warrant should dispenses with verification of double criminality in respect of the offences listed in Article 2(2) of the Framework Decision means that it is invalid inasmuch as it does not breach Article 6(2) EU or, more specifically, the principle of legality of criminal offences and penalties and the principle of equality and non-discrimination. The judgement was strongly expected because several national Constitutional Courts of the Member States had already scrutinized the legality of the national measures adopted within their domestic legal systems for the implementation of this Framework Decision.

Tabla de Contenidos

I.- INTRODUCCIÓN
II. LA DECISIÓN MARCO RELATIVA A LA ORDEN DE DETENCIÓN EUROPEA ANTE LAS JURISDICCIONES NACIONALES
III. EL ASUNTO ADVOCATEN ANTE EL TJCE
III.1. Sobre la compatibilidad formal de la Decisión marco: Su idoneidad como instrumento jurídico para regular la orden de detención y entrega.
III.2. Sobre la compatibilidad material de la Decisión marco con los Derechos fundamentales: Los principios de igualdad y legalidad penal
IV. Conclusiones


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n el asunto Advocaten voor de Wereld, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas (TJCE) confirmó la validez de la Decisión marco 2002/584/JAI del Consejo relativa a la orden de detención europea ya los procedimientos de entrega entre Estados miembros. Sobre la licitud del instrumento jurídico elegido, el TJCE declaró la idoneidad de la Decisión marco como instrumento jurídico incluso si la Orden de detención europea podría igualmente haber sido regulada mediante convenio, dado el amplio margen de apreciación de que dispone el Consejo en este ámbito, pudiendo dar prioridad al instrumento jurídico de la Decisión marco cuando se cumplen los requisitos para la adopción de este acto. Tampoco el hecho de que la Orden de detención europea prescinda del control de la doble tipificación con respecto a los delitos enumerados en el artículo 2 (2) de la Decisión marco implica su invalidez en la medida en que no infringe el artículo 6 (2) TUE, más específicamente, los principios de legalidad en material penal o de igualdad y no discriminación. Este fallo del TJCE era muy esperado porque varias jurisdiccionales constitucionales nacionales ya habían analizado la validez de las medidas nacionales de trasposición adoptadas en el marco de sus ordenamientos jurídicos internos para su aplicación.

In the Advocaten voor de Wereld Case, the Court of Justice of the European Communities (ECJ) upheld the validity of the Council Framework Decision 2002/584/JHA on the European arrest warrant and the surrender procedures between Member States. As regards the appropriateness of the legal instrument used, the ECJ stated the suitability of the Framework Decision even if the European arrest warrant could equally have been the subject of a convention. It is within the Council’s discretion to give preference to the legal instrument of the Framework decision in the case where the conditions governing the adoption of such a measure are satisfied. Nor the fact that the European Arrest Warrant should dispenses with verification of double criminality in respect of the offences listed in Article 2(2) of the Framework Decision means that it is invalid inasmuch as it does not breach Article 6(2) EU or, more specifically, the principle of legality of criminal offences and penalties and the principle of equality and non-discrimination. The judgement was strongly expected because several national Constitutional Courts of the Member States had already scrutinized the legality of the national measures adopted within their domestic legal systems for the implementation of this Framework Decision.

Tabla de Contenidos

I.- INTRODUCCIÓN
II. LA DECISIÓN MARCO RELATIVA A LA ORDEN DE DETENCIÓN EUROPEA ANTE LAS JURISDICCIONES NACIONALES
III. EL ASUNTO ADVOCATEN ANTE EL TJCE
III.1. Sobre la compatibilidad formal de la Decisión marco: Su idoneidad como instrumento jurídico para regular la orden de detención y entrega.
III.2. Sobre la compatibilidad material de la Decisión marco con los Derechos fundamentales: Los principios de igualdad y legalidad penal
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