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La prohibición del uso del velo islámico y los derechos garantizados en el CEDH afectados por la prohibición. Comentario a la Sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos de 10 de noviembre de 2005, Leyla Sahin c. Turquía
I. EL USO DEL VELO EN EL DERECHO COMPARADO EUROPEO
II. PRINCIPALES HECHOS DEL ASUNTO LEYLA SAHIN
III. EL ARTÍCULO 9 DEL CONVENIO:
1. Prevista por la ley
2. “Necesaria en una sociedad democrática”:
2.1. Principios generales.
2.2. Aplicación de estos principios al asunto concreto.
2.3. Opinión disidente de la juez Tulkens
IV. ARTÍCULO 2 DEL PROTOCOLO N. º 1:
1. Principios generales
2. Aplicación de los principios al caso concreto
3. Opinión disidente de la Juez Tulkens
V. CONSIDERACIONES FINALES
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I. EL USO DEL VELO EN EL DERECHO COMPARADO EUROPEO
II. PRINCIPALES HECHOS DEL ASUNTO LEYLA SAHIN
III. EL ARTÍCULO 9 DEL CONVENIO:
1. Prevista por la ley
2. “Necesaria en una sociedad democrática”:
2.1. Principios generales.
2.2. Aplicación de estos principios al asunto concreto.
2.3. Opinión disidente de la juez Tulkens
IV. ARTÍCULO 2 DEL PROTOCOLO N. º 1:
1. Principios generales
2. Aplicación de los principios al caso concreto
3. Opinión disidente de la Juez Tulkens
V. CONSIDERACIONES FINALES