Diccionario panhispánico del español jurídico

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Actos administrativos: Notificación: alcance de la expresión "intento de notificación debidamente acreditado" (art. 58.4 LAP)

por Cano Campos, Tomás

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2004
Ver otros artículos del mismo número: 6

La Sentencia del TS de 17 de noviembre 2003, recurso número 128/2002, ponente: Espín Templado (Ref. Iustel: §219777), establece qué ha de entenderse por el “intento de notificación debidamente acreditado” a que alude el art. 58.4 de la Ley 30/1992, y determina el momento en que queda cumplido el intento de notificación en el caso de que la práctica de la notificación se lleve a cabo por correo certificado. A los efectos de entender correctamente la doctrina legal que sienta dicha sentencia es importante recordar los hechos de que la misma trae causa [...]

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I. Notificación: alcance de la expresión “intento de notificación debidamente acreditado” (art. 58.4 LAP) […]


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La Sentencia del TS de 17 de noviembre 2003, recurso número 128/2002, ponente: Espín Templado (Ref. Iustel: §219777), establece qué ha de entenderse por el “intento de notificación debidamente acreditado” a que alude el art. 58.4 de la Ley 30/1992, y determina el momento en que queda cumplido el intento de notificación en el caso de que la práctica de la notificación se lleve a cabo por correo certificado. A los efectos de entender correctamente la doctrina legal que sienta dicha sentencia es importante recordar los hechos de que la misma trae causa [...]

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