Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

Crónica de jurisprudencia constitucional

por Martín Delgado, Isaac

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2005
Ver otros artículos del mismo número: 10

El Pleno del Tribunal Constitucional resuelve en esta Sentencia una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley 8/1987, de 8 de Junio, de planes y fondos de pensiones, en la redacción dada por el apartado 23 de la disposición adicional undécima de la Ley 30/1995, de 8 de Noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados. En ella se examina la posible contradicción que puede existir entre las aportaciones de fondos públicos a entidades de previsión social complementarias de la Seguridad Social que contempla el mencionado artículo y lo previsto en los arts. 117.3, 134.2, 14 y 103.3 de la Constitución Española. Concretamente, el precepto cuestionado señala que las Administraciones “podrán promover planes y fondos de pensiones y realizar contribuciones a los mismos, en los términos previstos en la presente Ley y desde su promulgación”. Aunque el tenor literal del artículo fue modificado con posterioridad al planteamiento de la cuestión, no puede afirmarse que ésta haya perdido su objeto, pues aquél sigue resultando de aplicación en el proceso contencioso-administrativo que ha originado la misma [...]

Tabla de Contenidos

I. Constitucionalidad de aportaciones de fondos públicos a entidades de previsión social complementarias de la seguridad social
II. Tutela judicial y derecho al pronunciamiento sobre el fondo
III. Actos confirmatorios de otros anteriores
IV. Tutela judicial y justicia gratuita
V. Contenido del derecho de reunión.
VI. Colegiación obligatoria y derecho de asociación
VII. Recurso de amparo e inadmisión por irregularidades
VIII. Error judicial y tutela judicial efectiva
IX. Extensión de efectos de la sentencia y tutela judicial efectiva
X. Tutela judicial efectiva e interposición de recursos ante órgano jurisdiccional incompetente
XI. Motivación de sentencias y tutela judicial efectiva
XII. Conflicto positivo de competencias en materia de seguridad privada
XIII. Recurso de inconstitucionalidad y adhesión de españa a acuerdos del fmi
XIV. Nuevos argumentos jurídicos en vía jurisdiccional y vulneración del art. 24.1 ce
XV. Autoliquidaciones tributarias
XVI. Denominación de origen “Rioja” y principio de legalidad penal
XVII. Ordenación de los seguros privados, territorialidad y derecho comunitario
XVIII. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta de emplazamiento personal
XIX. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con el derecho a la libertad
XX. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: incongruencia omisiva en la resolución judicial que deniega medida cautelar
XXI. Procedimiento administrativo sancionador: separación entre el órgano instructor y el sancionador como cuestión de mera legalidad
XXII. Vulneración del principio de legalidad en el ámbito sancionador: sanción disciplinaria a funcionario impuesta en virtud de un reglamento anulado por sentencia del Tribunal Supremo que no había sido publicada oficialmente
XXIII. Vulneración del principio de legalidad en el ámbito sancionador: falta disciplinaria muy grave por haber sido sancionado tres veces
XXIV. Vulneración del principio de legalidad en el ámbito sancionador: graduación de las sanciones que se difiere al momento aplicativo
XXV. Competencias sobre educación e igualdad de los españoles en el ejercicio del derecho a la educación
XXVI. Límites a los decretos-leyes: afectación al deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos
XXVII. Derecho a la ejecución de sentencias


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 249 Kb.

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

El Pleno del Tribunal Constitucional resuelve en esta Sentencia una cuestión de inconstitucionalidad planteada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en relación con la Disposición Final Segunda de la Ley 8/1987, de 8 de Junio, de planes y fondos de pensiones, en la redacción dada por el apartado 23 de la disposición adicional undécima de la Ley 30/1995, de 8 de Noviembre, de ordenación y supervisión de los seguros privados. En ella se examina la posible contradicción que puede existir entre las aportaciones de fondos públicos a entidades de previsión social complementarias de la Seguridad Social que contempla el mencionado artículo y lo previsto en los arts. 117.3, 134.2, 14 y 103.3 de la Constitución Española. Concretamente, el precepto cuestionado señala que las Administraciones “podrán promover planes y fondos de pensiones y realizar contribuciones a los mismos, en los términos previstos en la presente Ley y desde su promulgación”. Aunque el tenor literal del artículo fue modificado con posterioridad al planteamiento de la cuestión, no puede afirmarse que ésta haya perdido su objeto, pues aquél sigue resultando de aplicación en el proceso contencioso-administrativo que ha originado la misma [...]

Tabla de Contenidos

I. Constitucionalidad de aportaciones de fondos públicos a entidades de previsión social complementarias de la seguridad social
II. Tutela judicial y derecho al pronunciamiento sobre el fondo
III. Actos confirmatorios de otros anteriores
IV. Tutela judicial y justicia gratuita
V. Contenido del derecho de reunión.
VI. Colegiación obligatoria y derecho de asociación
VII. Recurso de amparo e inadmisión por irregularidades
VIII. Error judicial y tutela judicial efectiva
IX. Extensión de efectos de la sentencia y tutela judicial efectiva
X. Tutela judicial efectiva e interposición de recursos ante órgano jurisdiccional incompetente
XI. Motivación de sentencias y tutela judicial efectiva
XII. Conflicto positivo de competencias en materia de seguridad privada
XIII. Recurso de inconstitucionalidad y adhesión de españa a acuerdos del fmi
XIV. Nuevos argumentos jurídicos en vía jurisdiccional y vulneración del art. 24.1 ce
XV. Autoliquidaciones tributarias
XVI. Denominación de origen “Rioja” y principio de legalidad penal
XVII. Ordenación de los seguros privados, territorialidad y derecho comunitario
XVIII. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: falta de emplazamiento personal
XIX. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en relación con el derecho a la libertad
XX. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva: incongruencia omisiva en la resolución judicial que deniega medida cautelar
XXI. Procedimiento administrativo sancionador: separación entre el órgano instructor y el sancionador como cuestión de mera legalidad
XXII. Vulneración del principio de legalidad en el ámbito sancionador: sanción disciplinaria a funcionario impuesta en virtud de un reglamento anulado por sentencia del Tribunal Supremo que no había sido publicada oficialmente
XXIII. Vulneración del principio de legalidad en el ámbito sancionador: falta disciplinaria muy grave por haber sido sancionado tres veces
XXIV. Vulneración del principio de legalidad en el ámbito sancionador: graduación de las sanciones que se difiere al momento aplicativo
XXV. Competencias sobre educación e igualdad de los españoles en el ejercicio del derecho a la educación
XXVI. Límites a los decretos-leyes: afectación al deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos
XXVII. Derecho a la ejecución de sentencias


  • Formato: PDF
  • Tamaño: 249 Kb.
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior