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Sanidad: integración de la cirugía estética en la especialidad médica denominada cirugía plástica, estética y reparadora; régimen de la adaptación y venta al público de productos sanitarios; la posición de las oficinas de farmacia en la ejecución de la medidas urgentes de contención del gasto farmacéutico y racionalización del uso de los medicamentos; relación de los enfermeros/as y el resto del personal sanitario en relación con la normativa por la que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios
Los casos de errores médicos surgidos en los últimos años en determinadas clínicas privadas en operación de carácter estético motivaron -junto a otras circunstancias que a continuación se referirán- la adopción de una serie de medidas destinadas a garantizar la protección de la salud de los pacientes que se someten a dicho tipo de tratamientos.
Entre estas medidas se encuentra el Real Decreto 139/2003, de 7 de febrero, por el que se actualiza la regulación de la formación médica especializada, que incluye en la
formación de los cirujanos residentes en técnicas de la estética al llevar a cabo una redenominación de la especialidad de Cirugía Plástica y Reparadora por la de Cirugía
Plástica, Estética y Reparadora [...]
I. Integración de la cirugía estética en la especialidad médica denominada cirugía plástica, estética y reparadora a través del real decreto 139/2003, de 7 de febrero (SSTS de 15 de junio de 2005)
II. Régimen de la adaptación y venta al público de productos sanitarios: requisito de titulación para los responsables de ortopedias (STS de 5 de julio de 2005)
III. La posición de las oficinas de farmacia en la ejecución de la medidas urgentes de contención del gasto farmacéutico y racionalización del uso de los medicamentos (SSTS de 15 de junio de 2005)
IV. La relación de los enfermeros/as y el resto del personal sanitario conforme se deriva del real decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (STS de 6 de julio de 2005)
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Los casos de errores médicos surgidos en los últimos años en determinadas clínicas privadas en operación de carácter estético motivaron -junto a otras circunstancias que a continuación se referirán- la adopción de una serie de medidas destinadas a garantizar la protección de la salud de los pacientes que se someten a dicho tipo de tratamientos.
Entre estas medidas se encuentra el Real Decreto 139/2003, de 7 de febrero, por el que se actualiza la regulación de la formación médica especializada, que incluye en la
formación de los cirujanos residentes en técnicas de la estética al llevar a cabo una redenominación de la especialidad de Cirugía Plástica y Reparadora por la de Cirugía
Plástica, Estética y Reparadora [...]
I. Integración de la cirugía estética en la especialidad médica denominada cirugía plástica, estética y reparadora a través del real decreto 139/2003, de 7 de febrero (SSTS de 15 de junio de 2005)
II. Régimen de la adaptación y venta al público de productos sanitarios: requisito de titulación para los responsables de ortopedias (STS de 5 de julio de 2005)
III. La posición de las oficinas de farmacia en la ejecución de la medidas urgentes de contención del gasto farmacéutico y racionalización del uso de los medicamentos (SSTS de 15 de junio de 2005)
IV. La relación de los enfermeros/as y el resto del personal sanitario conforme se deriva del real decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios (STS de 6 de julio de 2005)