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El sistema de garantías para la restitucion de la dote del Derecho Justinianeo a la codificación civil española
El régimen dotal viene calificado como uno de los más vitales, desarrollados y ricos del ordenamiento jurídico romano. Efectivamente, esta materia estuvo desde su origen hasta el final de su evolución en continuo desarrollo, donde la realidad social va imponiendo un cambio de fisonomía a la institución que se hace, no tanto por vía jurídica (legislativa), sino por obra esencialmente de la costumbre y la jurisprudencia. Pero esta transformación sólo concluye con Justiniano, que acomete una profunda y sorprendente reforma del sistema dotal a través de varias leyes […]
I. DELIMITACIÓN DEL OBJETO DE ESTUDIO
II. EL CRÉDITO PRIVILEGIADO A FAVOR DE LA MUJER PARA LA RESTITUCIÓN DE LA DOTE:
1. Extensión del privilegio dotal a favor de la sponsa y de la minor duodecim annis
2. Graduación del crédito dotal:
2.1. El privilegium fisci
2.2. El privilegio a favor del que realizó los gastos de sepelio
III. LAS ACCIONES REALES RECONOCIDAS POR JUSTINIANO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LA DOTE:
1. La primera intervención legislativa de Justiniano, C.5.12.30 (año 529). Alcance de la reforma
2. Segunda intervención legislativa de Justiniano, C.5.13.1 (año 530): Hipoteca legal sobre el patrimonio del marido para la devolución de la dote
3. Tercera intervención legislativa, C.8.17.12. (año 531). La hipoteca privilegiada
IV. CAUSAS QUE IMPULSARON LA REFORMA DEL SISTEMA DOTAL EN ÉPOCA JUSTINIANEA
V. LA RECEPCIÓN DEL SISTEMA DOTAL ROMANO: DE LAS PARTIDAS A LA CODIFICACIÓN CIVIL ESPAÑOLA:
1. El concepto de dote
2. Titularidad y administración de los bienes dotales constante matrimonio
3. Las garantías para la restitución de la dote. Su evolución
VI. CONCLUSIONES
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El régimen dotal viene calificado como uno de los más vitales, desarrollados y ricos del ordenamiento jurídico romano. Efectivamente, esta materia estuvo desde su origen hasta el final de su evolución en continuo desarrollo, donde la realidad social va imponiendo un cambio de fisonomía a la institución que se hace, no tanto por vía jurídica (legislativa), sino por obra esencialmente de la costumbre y la jurisprudencia. Pero esta transformación sólo concluye con Justiniano, que acomete una profunda y sorprendente reforma del sistema dotal a través de varias leyes […]
I. DELIMITACIÓN DEL OBJETO DE ESTUDIO
II. EL CRÉDITO PRIVILEGIADO A FAVOR DE LA MUJER PARA LA RESTITUCIÓN DE LA DOTE:
1. Extensión del privilegio dotal a favor de la sponsa y de la minor duodecim annis
2. Graduación del crédito dotal:
2.1. El privilegium fisci
2.2. El privilegio a favor del que realizó los gastos de sepelio
III. LAS ACCIONES REALES RECONOCIDAS POR JUSTINIANO PARA LA DEVOLUCIÓN DE LA DOTE:
1. La primera intervención legislativa de Justiniano, C.5.12.30 (año 529). Alcance de la reforma
2. Segunda intervención legislativa de Justiniano, C.5.13.1 (año 530): Hipoteca legal sobre el patrimonio del marido para la devolución de la dote
3. Tercera intervención legislativa, C.8.17.12. (año 531). La hipoteca privilegiada
IV. CAUSAS QUE IMPULSARON LA REFORMA DEL SISTEMA DOTAL EN ÉPOCA JUSTINIANEA
V. LA RECEPCIÓN DEL SISTEMA DOTAL ROMANO: DE LAS PARTIDAS A LA CODIFICACIÓN CIVIL ESPAÑOLA:
1. El concepto de dote
2. Titularidad y administración de los bienes dotales constante matrimonio
3. Las garantías para la restitución de la dote. Su evolución
VI. CONCLUSIONES